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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 775-2017-IN Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo de
8/22/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 775-2017-IN Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo de
Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo de Invalidez y Protección de los Bomberos Voluntarios del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 775-2017-IN Lima, 21 de agosto de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprueba el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2017, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: Ministerio del Interior; por lo que a través de la Resolución Ministerial Nº 1810-2016-IN,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 775-2017-IN
Lima, 21 de agosto de 2017
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprueba el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2017, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: Ministerio del Interior; por lo que a través de la Resolución Ministerial Nº 1810-2016-IN, del 29 de diciembre de 2016, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 007: Ministerio del Interior, por la suma de S/ 9 693 628 491,00 (Nueve mil seiscientos noventa y tres millones seiscientos veintiocho mil cuatrocientos noventa y uno y 00/100 Soles) por toda fuente de financiamiento;
Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en su Quincuagésima Quinta Disposición Complementaria Final, crea el Fondo de Invalidez y Protección de los Bomberos Voluntarios del Perú, hasta por la suma de S/ 1 000 000,00 (Un millón y 00/100 Soles), con cargo al presupuesto institucional del Ministerio del Interior, para el financiamiento de una subvención única a ser otorgada a favor de los bomberos del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú o sus sobrevivientes, en caso de invalidez permanente o fallecimiento en actos de servicio;
Que, la referida Disposición Complementaria Final autoriza al Ministerio del Interior, realizar transferencias financieras a favor del referido Fondo hasta por S/ 1
000 000,00 (Un millón y 00/100 Soles), que se aprueban mediante resolución del titular y se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, mediante el Oficio Nº 143-2017 CGBVP/CG, la Comandancia General del Cuerpo General de Bomberos
Voluntarios del Perú, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, solicita la transferencia de recursos a favor del Fondo de Invalidez y Protección del Bombero Voluntario del Perú;
Que, a través del Informe Nº 000340-2017/ IN/OGPP/OPP de fecha 04 de agosto de 2017, la Oficina de Planificación Operativa y Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio del Interior, comunica la disponibilidad de créditos presupuestarios en la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración, genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias de la fuente de financiamiento 1 Recursos Ordinarios, hasta de S/ 1
000 000,00 (Un millón y 00/100 Soles) que posibilita la transferencia de recursos financieros a favor del Fondo de Invalidez y Protección de los Bomberos Voluntarios del Perú;
Estando a lo propuesto por la Oficina General de Planificación y Presupuesto mediante Oficio Nº 002326-2017/IN/OGPP de fecha 07 de agosto de 2017; y, de acuerdo con el Informe Nº 001244-2017/IN/OGAJ de fecha 16 de agosto de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;
De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;
y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo
Nº 004-2017-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo de Invalidez y Protección de los Bomberos Voluntarios del Perú Autorícese la Transferencia Financiera del Pliego 007:
Ministerio del Interior, hasta por la suma de UN MILLON
Y 00/100 SOLES (S/ 1 000 000,00), con cargo a los recursos asignados a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración, en la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo de Invalidez y Protección de los Bomberos Voluntarios del Perú, destinados al financiamiento de una subvención única a ser otorgada a favor de los bomberos del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú o sus sobrevivientes, en caso de invalidez permanente o fallecimiento en actos de servicio.
Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal, del Pliego 007: Ministerio del Interior, Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Producto:
3999999 Sin Producto, Actividad 5000001 Planeamiento y Presupuesto, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1º de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos, debiendo considerar en su aplicación la normatividad correspondiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS
Ministro del Interior
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