9/23/2017

RESOLUCIÓN DE CONTRALORIA N° 353-2017-CG Dejan sin efecto designación de Jefe del Órgano de Control

Dejan sin efecto designación de Jefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Loreto, a que se refiere la Res. Nº 350-2017-CG y establecen que se mantiene vigente designación dispuesta mediante la Res. Nº 178-2017-CG RESOLUCIÓN DE CONTRALORIA Nº 353-2017-CG Lima, 22 de Setiembre de 2017 Visto, la Hoja Informativa Nº 00006-2017-CG/GCH, emitida por la Gerencia Central de Capital Humano; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785,
Dejan sin efecto designación de Jefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Loreto, a que se refiere la Res. Nº 350-2017-CG y establecen que se mantiene vigente designación dispuesta mediante la Res. Nº 178-2017-CG
RESOLUCIÓN DE CONTRALORIA Nº 353-2017-CG
Lima, 22 de Setiembre de 2017
Visto, la Hoja Informativa Nº 00006-2017-CG/GCH, emitida por la Gerencia Central de Capital Humano;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General, en su condición de Ente Técnico Rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones;

Que, el artículo 19 de la referida Ley Nº 27785, modificada por la Ley Nº 28557, dispone que este Organismo Superior de Control, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, nombra mediante concurso público de méritos a los Jefes de los Órganos de Control Institucional, y hasta un veinticinco por ciento (25%) de los mismos, por designación directa del personal profesional de la Contraloría General;
asimismo, establece que los jefes de los Órganos de Control Institucional pueden ser trasladados a otra plaza por necesidad de servicio;

Que, los literales a) y b) del numeral 7.2.2 de la Directiva Nº 007-2015-CG/PROCAL "Directiva de los Órganos de Control Institucional", cuya versión actualizada fue aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 353-2015-CG y modificada mediante Resoluciones de Contraloría Nros. 458-2016-CG y 209-2017-CG, establecen las modalidades a través de las cuales se efectúa la designación, tales como, por concurso público de méritos y por designación directa del personal profesional de la Contraloría General de la República;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 350-2017-CG, se designó, entre otros, al Jefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Loreto;

Que, de acuerdo al documento del visto, por necesidad de servicio, resulta conveniente disponer las acciones de personal respecto a la Jefatura del Órgano de Control Institucional, de la entidad mencionada en el considerando precedente;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 007-2015-CG/PROCAL "Directiva de los Órganos de Control Institucional" cuya versión actualizada fue aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 353-2015-CG y modificada mediante Resoluciones de Contraloría Nros.

458-2016-CG y 209-2017-CG; y, en el numeral 7.1. del artículo 7 y numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS "Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General";

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto, con eficacia anticipada al 21 de setiembre de 2017, la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Loreto, a la que se refiere la Resolución de Contraloría Nº 350-2017-CG de 20 de setiembre de 2017.

Artículo 2.- Establecer que la designación del Jefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Loreto, dispuesta por Resolución de Contraloría Nº 178-2017-CG de 12 de mayo de 2017, se mantiene vigente para todos sus efectos.

Artículo 3.- El Departamento de Recursos Humanos y el Departamento de Gestión de Órganos de Control Institucional de la Contraloría General de la República, dispondrán y adoptarán las demás acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELSON SHACK YALTA
Contralor General de la República

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