9/15/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 426-2017-PRODUCE

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 426-2017-PRODUCE 13 de setiembre de 2017 VISTOS: El Oficio 322-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERU.CE, del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando Nº 1027-2017-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 442-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017,

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 426-2017-PRODUCE
13 de setiembre de 2017
VISTOS: El Oficio 322-2017-PRODUCE/INNÓVATE
PERU.CE, del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando Nº 1027-2017-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 442-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se emite la Resolución Ministerial Nº 475-2016- PRODUCE, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 157-2012-EF se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de
TREINTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 DÓLARES
AMERICANOS (US$ 35 000 000,00), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, en el ámbito del Ministerio de la Producción, que tiene como objetivo general, impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; teniendo como objetivos específicos incrementar la innovación en los procesos productivos empresariales, impulsar el emprendimiento innovador y facilitar la absorción y adaptación de tecnologías para las empresas;

Que, asimismo la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente, dispone que el "Proyecto Innovación para la Competitividad" se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP Nº 159771 y Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE, y el Consejo Directivo a cargo de su ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción, respetando las condiciones de gobernanza y adecuado balance entre los representantes públicos, privados y académicos que lo integran;

Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias financieras y las subvenciones mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, debiéndose contar con el Informe favorable previo de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces;
precisando que dicha Resolución Ministerial se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, la citada Disposición Complementaria Final, dispone que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; los cuales, bajo responsabilidad, deben ser destinados a los fines para los cuales se autoriza su transferencia u otorgamiento; asimismo, el Ministerio de la Producción, mediante resolución de su titular, debe establecer los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y jurídicas privadas, así como para la evaluación de los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo señalado anteriormente;

Que, con Oficio Nº 322-2017-PRODUCE/INNÓVATE
PERU.CE, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, y el Informe Nº 065-2017-PRODUCE/ INNÓVATEPERU/UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, sustenta la necesidad de autorizar para otorgar subvenciones a favor de las personas naturales y jurídicas privadas, hasta por la suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL
CIENTO CINCUENTA Y CINCO Y 60/100 SOLES (S/ 3
308 155,60), en las fuentes de financiamiento 1: Recursos Ordinarios por la suma de S/ 2 477 416,96 y 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por la suma de S/ 830 738,64, destinadas a cofinanciar la ejecución de los instrumentos: i) 07 "Proyectos de Investigación Aplicada"
- IA; ii) 08 "Proyectos para Equipamiento Científico de Laboratorios" - ECL; iii) 02 "Proyectos Preparación para Acreditación de Laboratorios" - PPAL; iv) 02 "Proyectos Apoyo de Actividades de Extensionismo Tecnológico" -
ET; v) 01 "Proyecto Fortalecimiento de Incubadoras" - FI;
vi) 01 "Beca de Repatriación de Investigadores" - BRI; vii)
03 "Proyectos de Emprendimientos Dinámicos y de Alto Impacto" -EDAI; viii) 05 "Proyectos de Emprendedores Innovadores" - EI; ix) 26 "Proyectos de Innovación de Empresas Individuales" - PITEI; x) 02 "Proyectos de Popularización de la Ciencia, Tecnología, Innovación y Emprendimiento" - PCTI; xi) 01 "Proyecto Innovación Tecnológica de Alto Impacto" - ITAI; y, xii) 01 "Proyecto de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico en Problemas de Interés Público" - IAPIP, conforme se detalla en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; precisando, que los beneficiarios de los recursos vienen cumpliendo con los compromisos establecidos en los convenios y contratos suscritos;

Que, por Memorando Nº 1027-2017-PRODUCE/ OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe Nº 442-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por la suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHO
MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO Y 60/100 SOLES (S/ 3 308 155,60), en las fuentes de financiamiento 1:

Recursos Ordinarios por la suma de S/ 2 477 416,96 y 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por la suma de S/ 830 738,64, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, destinadas a cofinanciar los instrumentos señalados en el párrafo precedente, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización para el otorgamiento de Subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, con cargo a la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de
TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL CIENTO
CINCUENTA Y CINCO Y 60/100 SOLES (S/ 3 308
155,60), en las fuentes de financiamiento 1: Recursos Ordinarios por la suma de S/ 2 477 416,96 y 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por la suma de S/ 830 738,64, destinadas a cofinanciar la ejecución de los instrumentos: i) "Proyectos de Investigación Aplicada"
- IA; ii) "Proyectos para Equipamiento Científico de Laboratorios" - ECL; iii) "Proyectos para la Preparación para Acreditación de Laboratorios" - PPAL; iv) "Proyectos de Apoyo de Actividades de Extensionismo Tecnológico"
- ET; v) "Proyectos de Fortalecimiento de Incubadoras" -
FI; vi) "Becas de Repatriación de Investigadores" - BRI;
vii) "Proyectos de Emprendimientos Dinámicos y de Alto Impacto" - EDAI; viii) "Proyectos de Emprendedores Innovadores" - EI; ix) "Proyectos de Innovación de Empresas Individuales" - PITEI; x) "Proyectos de Popularización de la Ciencia, Tecnología, Innovación y Emprendimiento" - PCTI; xi) "Proyectos Innovación Tecnológica de Alto Impacto" - ITAI; y, xii) "Proyectos de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico en Problemas de Interés Público" - IAPIP, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE, y lo dispuesto en la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017.

Artículo 2.- Financiamiento Las subvenciones autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Proyecto 2160305: Innovación para la Competitividad, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito.

Artículo 3.- Monitoreo Disponer que la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realiza el otorgamiento de las referidas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017.

Artículo 4.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o quien haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción; así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 6.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN
Ministro de Agricultura y Riego Encargado del Despacho del Ministerio de la Producción

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