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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 142-2017-INGEMMET/PCD Declaran la caducidad de diversos derechos
10/20/2017
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 142-2017-INGEMMET/PCD Declaran la caducidad de diversos derechos
Declaran la caducidad de diversos derechos mineros por el no pago oportuno del derecho de vigencia correspondiente a los años 2016 y 2017 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 142-2017-INGEMMET/PCD Lima, 17 de octubre de 2017 VISTOS el Informe Nº 1689-2017-INGEMMET/DDV/L de fecha 28/09/2017 de la Dirección de Derecho de Vigencia y el Informe Nº 7882-2017-INGEMMET-DCM-UTN de fecha 13/10/2017 de la Dirección de Concesiones Mineras; CONSIDERANDO: Que, el artículo 59 del Texto Único Ordenado de la Ley General
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 142-2017-INGEMMET/PCD
Lima, 17 de octubre de 2017
VISTOS el Informe Nº 1689-2017-INGEMMET/DDV/L de fecha 28/09/2017 de la Dirección de Derecho de Vigencia y el Informe Nº 7882-2017-INGEMMET-DCM-UTN de fecha 13/10/2017 de la Dirección de Concesiones Mineras;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 59 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería establece que produce la caducidad de denuncios, petitorios y concesiones mineras, el no pago oportuno del derecho de vigencia o de la penalidad, según sea el caso, durante dos años consecutivos;
Que, en cumplimiento del inciso 4 del artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico-INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, mediante Informe Nº 1689-2017-INGEMMET/DDV/L la Dirección de Derecho de Vigencia propuso la relación de derechos mineros en causal de caducidad, por el no pago oportuno del derecho de vigencia de los años 2016 y 2017, los cuales están comprendidos en los listados aprobados por las Resoluciones de Presidencia Nº 100-2016-INGEMMET/ PCD y Nº 115-2017-INGEMMET/PCD, publicadas en el diario oficial El Peruano el 29/08/2016 y 31/08/2017
respectivamente y puestos a disposición en la página web del INGEMMET;
Que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 96 del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería el INGEMMET
declara colectivamente la caducidad de las concesiones mineras cuyos titulares pertenezcan al régimen general o al de la pequeña minería y minería artesanal en Lima Metropolitana, así como de los denuncios y petitorios mineros cuyo trámite tenga a su cargo;
Que, la Sexta Disposición Complementaria Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece que los procedimientos especiales no deben imponer condiciones menos favorables a los administrados que las previstas en dicha Ley, a fin de garantizar el debido procedimiento;
Que, en consecuencia, conforme a las modalidades de notificación y su orden de prelación establecidas en la Ley citada, corresponde notificar personalmente la presente resolución y complementariamente publicarla en el diario oficial El Peruano para mejorar las posibilidades de participación de los administrados, De conformidad con los artículos 66 y 105 literal h) del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM con el visado de la Dirección de Concesiones Mineras y la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar la caducidad por el no pago oportuno del derecho de vigencia correspondiente a los años 2016 y 2017 de los 3,726 derechos mineros que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Poner a disposición de los interesados la relación de derechos mineros indicados en el Artículo Primero en la página web del INGEMMET, www.ingemmet.gob.pe, así como en el Boletín del diario oficial El Peruano.
Artículo Tercero.- Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, remítase a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para su inscripción.
Notifíquese, publíquese y regístrese.
OSCAR BERNUY VERAND
Presidente del Consejo Directivo
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