10/25/2017

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 145-2017-CONCYTEC-P Aprueban transferencias financieras a favor de

Aprueban transferencias financieras a favor de diversas entidades públicas y personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 145-2017-CONCYTEC-P Lima, 23 de octubre de 2017 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 030- 2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 418- 2017-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y el Informe Nº 233-2017-CONCYTEC-OGPP , del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación T ecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que,
Aprueban transferencias financieras a favor de diversas entidades públicas y personas jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 145-2017-CONCYTEC-P
Lima, 23 de octubre de 2017
VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 030- 2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 418- 2017-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y el Informe Nº 233-2017-CONCYTEC-OGPP , del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación T ecnológica - CONCYTEC; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 044-2017-CONCYTEC-P se aprueba la Directiva
Nº 003-2017-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", modificada mediante Resolución de Presidencia Nº 128-2017-CONCYTEC-P , (en adelante, la Directiva);

Que, conforme al Numeral 6.1 de la Directiva, el FONDECYT es responsable del proceso y la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia financiera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar. El FONDECYT
es responsable de verificar cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos - Legales que remita al CONCYTEC;

Que, mediante Oficio Nº 418-2017-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de transferencias financieras por un monto total de S/ 622,199.76, a favor de los ganadores del Esquema Financiero EF-023, denominado "Fortalecimiento de Programas de Maestría en Universidades Peruanas", Convocatoria-II-MINEDU, conforme a la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 153-2015-FONDECYT-DE y a la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 153-2016-FONDECYT-DE; y del Esquema Financiero EF-033 denominado "Fortalecimiento de Programas de Doctorado en Universidades Peruanas", Convocatoria 2015-II-MINEDU, conforme a la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 157-2015-FONDECYT-DE;

Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 030-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, en adelante el Informe Técnico Legal, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT
determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para la aprobación de transferencias financieras, a favor de las siguientes entidades públicas y personas jurídicas privadas: Universidad Nacional de Ingeniería (S/ 27,392.00); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 74,929.10); de la Universidad Nacional de Ingeniería (S/ 68,446.40); de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas (S/ 110,044.00); de la Universidad Nacional de Trujillo (S/ 46,860.00); de la Universidad Nacional de Ingeniería (S/ 92,407.22); de la Universidad Nacional de Ingeniería (S/ 99,574.20) y de la Universidad Nacional de Ingeniería (S/ 102,546.84), por el importe total ascendente a S/ 622,199.76, para cofinanciar proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el Informe Técnico Legal, los referidos órganos adjuntan los Certificados de Crédito Presupuestario Nº 0000000666 y Nº 000000667;

Que, el Numeral 4.2 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y legalmente realizar la Transferencia Financiera para cofinanciar los proyectos de las instituciones públicas e instituciones privadas aprobadas mediante Convenios de Subvención suscritas por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, señalando que para tal efecto se ha verificado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados, establecidos en las Bases de los concursos aprobados, en los convenios suscritos por el FONDECYT y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha verificado que las Transferencias Financieras cuentan con el Convenio correspondiente debidamente suscrito y plenamente vigente, dentro del marco legal normativo vigente sobre la materia;

Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 030-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados convenios y contratos, y en la normativa vigente sobre la materia;

Que, mediante Informe Nº 233-2017-CONCYTEC-OGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable, por lo que concluye que la aprobación de las transferencias financieras solicitadas por el FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual se cofinanciarán los programas y proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 030-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM;

Que, con Informe Nº 123-2017-CONCYTEC-OGAJ-MPT, el mismo que la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC hace suyo a través del Proveído 290-2017-CONCYTEC-OGAJ, se indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 030-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y en el Informe Nº 233-2017-CONCYTEC-OGPP, se habría cumplido con lo dispuesto en la Directiva;

Con la visación del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y del Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del
FONDECYT;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Supremo Nº 026-2014-CPM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; y la Resolución de Presidencia Nº 044-2017-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva Nº 003-2017-CONCYTEC-OGPP denominada "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016";

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar transferencias financieras, por la suma total de S/ 622,199.76 (Seiscientos Veintidós Mil Ciento Noventa y Nueve y 76/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al siguiente detalle:

Tipo de Cofinanciamiento Universidad Programa / Proyecto Desembolso Transferencia Financiera Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas Maestría en Producción Animal 110,044.00
Universidad Nacional de Trujillo Maestría en Arqueología Sudamericana, mención en Modelización, Experimentación y Técnicas Analíticas 46,860.00
Universidad Nacional de Ingeniería Maestría en Ciencias con mención en Matemática Aplicada 68,446.40
Maestría en Ciencias con mención en Química 92,407.22
Maestría en Ciencias con mención en Energética 99,574.20
Maestría en Ciencias en Ingeniería Electrónica con mención en Procesamiento Digital de Señales e Imágenes 102,546.84
Doctorado en Física 27,392.00
Universidad Nacional Agraria La Molina Programa Doctoral en Ciencia de Alimentos 74,929.10
Total S/ 622,199.76
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3.- Encargar al Responsable del Portal de Transparencia la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO
Presidenta

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