10/05/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0675/RE-2017 Aprueban Bases para el Proceso de Ratificación de los

Aprueban Bases para el Proceso de Ratificación de los actuales Traductores Públicos Juramentados RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0675/RE-2017 Lima, 4 de octubre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 18093 se creó el cargo de Traductor Público Juramentado para la traducción de documentos para uso y servicio de particulares que será ejercido por profesionales libres; Que, el artículo 15 del Reglamento de los Traductores Públicos Juramentados, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 126-2003-RE,
Aprueban Bases para el Proceso de Ratificación de los actuales Traductores Públicos Juramentados
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0675/RE-2017
Lima, 4 de octubre de 2017
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Ley Nº 18093 se creó el cargo de Traductor Público Juramentado para la traducción de documentos para uso y servicio de particulares que será ejercido por profesionales libres;

Que, el artículo 15 del Reglamento de los Traductores Públicos Juramentados, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 126-2003-RE, establece que cada tres (3)
años y en la misma época en que se efectúa el proceso de selección, se llevará a cabo la ratificación para que los Traductores Públicos Juramentados puedan mantener tal título;

Que, en virtud de ello, mediante Resolución Ministerial Nº 0105-2017/RE, de 2 de febrero de 2017, se nombró a los integrantes de la Comisión Supervisora del Proceso de Ratificación de los Traductores Públicos Juramentados, encargados de su evaluación y ratificación;

Que, la Comisión Supervisora se encargó de elaborar y revisar íntegramente el proyecto de Bases del Proceso de Ratificación de los Traductores Públicos Juramentados, recogiendo observaciones y recomendaciones efectuadas por cada uno de sus miembros;

Que, en virtud de lo señalado y a fin de dar inicio al proceso de ratificación, resulta necesario aprobar las Bases para el Proceso de Ratificación de los actuales Traductores Públicos Juramentados;

Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135 2010-RE;
y, el Reglamento de Traductores Públicos Juramentados, aprobado por Decreto Supremo Nº 126-2003-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación Aprobar las Bases para el Proceso de Ratificación de los actuales Traductores Públicos Juramentados, las cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", en el Portal de Transparencia y Portal de Transparencia Estándar del Ministerio de Relaciones Exteriores, para su difusión y cumplimiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores
COMISIÓN SUPERVISORA DEL PROCESO DE
RATIFICACIÓN DE LOS TRADUCTORES PÚBLICOS
JURAMENTADOS
BASES DEL PROCESO DE RATIFICACIÓN DE
TRADUCTORES PÚBLICOS JURAMENTADOS 2017
BASE LEGAL
- Decreto Ley Nº 18093, que crea el cargo de Traductor Público para documentos del servicio y uso de particulares.
- Decreto Legislativo Nº 712, que modifica dos artículos del Decreto Ley Nº 18093, Ley de Traductores Públicos Juramentados.
- Decreto Supremo Nº 126-2003-RE, que aprueba el Reglamento de Traductores Públicos Juramentados.
- Resolución Ministerial Nº 0497/RE, de 30 de junio de 2004, que aprueba el Manual de Procedimientos de Traductores Públicos Juramentados.
- Resolución Ministerial Nº 0105/RE, de 02 de febrero de 2017, que nombra a los integrantes de la Comisión Supervisora del Proceso de Ratificación de los Traductores Públicos Juramentados.
- Resolución Ministerial Nº 0322/RE, de 26 de abril de 2017, que aprueba el Manual de Procedimientos de Traductores Públicos Juramentados.

CONVOCATORIA
El Proceso de Ratificación de los Traductores Públicos Juramentados 2017 se dará inicio mediante la convocatoria que realiza la Comisión Supervisora del Proceso de Ratificación de los Traductores Públicos Juramentados (en adelante la Comisión Supervisora)
mediante la publicación de las Bases en el Diario Oficial "El Peruano".

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
Para participar en el proceso de ratificación, todos los Traductores Públicos Juramentados deberán presentar en la Mesa de Partes del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicada en Jirón Lampa Nº 545, distrito Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima (primer sótano), en el horario de 8:30 am a 16:30 pm horas y dentro de los veintidós (22) días hábiles siguientes a la publicación de la Convocatoria Oficial, los siguientes documentos:
- solicitud simple dirigida al Presidente de la Comisión de Supervisora del Proceso de Ratificación de los Traductores Públicos Juramentados;
- las fotocopias debidamente autenticadas por el fedatario de este Ministerio, de las constancias de desempeño profesional, diplomas, volumen de traducciones realizadas, así como toda otra documentación que acredite su nivel académico y experiencia profesional;
- las Declaraciones Juradas de Información Personal del Traductor Público Juramentado (ver Anexo Nº 01) y de Experiencia Profesional Práctica del Traductor Público Juramentado (ver Anexo Nº 02), debidamente fechadas y firmadas.

La Comisión Supervisora se reserva el derecho de constatar la veracidad de la documentación presentada.

ASPECTOS QUE SE TENDRÁN EN
CONSIDERACIÓN EN EL PROCESO DE RATIFICACIÓN
a) No haber sido sancionado por falta grave (artículos 46, 47 y 48 del Reglamento de Traductores Públicos Juramentados, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 126-2003-RE).
b) Haber cumplido con actualizar por cada combinación lingüística, es decir, por cada idioma, el Fondo de Garantía depositado en el Banco de la Nación. Dicho fondo está destinado exclusivamente a cubrir embargos por responsabilidad derivada del ejercicio de las funciones de Traductor Público Juramentado y debe ser equivalente a diez (10) remuneraciones mínimas vitales vigentes al mes de febrero del año 2017. El Traductor Público Juramentado deberá presentar la copia del comprobante que acredite el depósito realizado ante el Banco de la Nación, conjuntamente con la documentación requerida.

La Comisión Supervisora verificará que los Traductores Públicos Juramentados hayan cumplido con realizar la actualización del Fondo de Garantía en el Banco de la Nación, en concordancia con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento de Traductores Públicos Juramentados.

DEL PROCESO DE RATIFICACIÓN
El Proceso de Ratificación de los Traductores Públicos Juramentados comprenderá los siguientes aspectos:
a) evaluación del desempeño profesional b) perfeccionamiento profesional permanente c) visita de inspección d) evaluación de traducción (por idioma y por dirección)
Los cuatro (4) aspectos serán calificados numéricamente de acuerdo a la tabla que se adjunta (ver Anexo Nº 03, Anexo Nº 04 y Anexo Nº 05) y se deberá obtener, como mínimo, un puntaje de sesenta y cinco (65)
puntos sobre un total de cien (100) puntos.

Sin perjuicio de lo anterior, el Traductor Público Juramentado deberá obtener, como mínimo en la visita de inspección, un puntaje de veintiséis (26) puntos sobre un total de cuarenta (40) puntos, de acuerdo a los factores contenidos en el documento que se adjunta (ver Anexo
Nº 04).

La evaluación de traducción se sujetará a lo establecido en el Protocolo adjunto (ver Anexo Nº 05). El puntaje mínimo será de veinte (20) puntos sobre un total de treinta (30) puntos.

Para ser ratificado se requiere alcanzar los tres (3)
puntajes mínimos descritos anteriormente. Los resultados
de la evaluación emitidos por la Comisión Supervisora serán inapelables.

Una vez concluido el proceso de evaluación, la Comisión Supervisora dará a conocer los resultados mediante la publicación de la Resolución Ministerial pertinente en el Diario Oficial El Peruano, la misma que también deberá ser publicada en el portal del Ministerio de Relaciones Exteriores y notificada mediante comunicación electrónica y por mensajería particular a cada uno de los Traductores Públicos Juramentados ratificados.

DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
PROFESIONAL Y DEL PERFECCIONAMIENTO
PROFESIONAL PERMANENTE
El Traductor Público Juramentado presentará en la Mesa de Partes del Ministerio de Relaciones Exteriores la documentación correspondiente a los últimos cinco años, que acrediten estos dos aspectos, la cual será revisada y evaluada por la Comisión Supervisora a fin de corroborar su capacidad, preparación e interés en la especialidad de traducción.

DE LA VISITA DE INSPECCIÓN
La Comisión Supervisora designará a los miembros que realizarán la visita de inspección. La visita de inspección tiene por objeto constatar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Reglamento de Traductores Públicos Juramentados, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 126-2003-RE; en el Manual de Procedimientos de Traductores Públicos Juramentados, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0497/ RE, el 30 de junio de 2004 (aplicable a las traducciones efectuadas hasta el 26 de abril de 2017); y en el actual Manual de Procedimientos de Traductores Públicos Juramentados, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0322/RE, el 26 de abril de 2017.

Asimismo, se verificará que el Traductor Público Juramentado realice sus labores en una oficina especialmente acondicionada para el ejercicio de la profesión y cuente con los elementos necesarios para garantizar la seguridad de los archivos y documentación en trámite.

Cuando la visita de inspección deba realizarse fuera de la capital de la República, la Comisión Supervisora coordinará con las Oficinas Desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores el apoyo en dicha gestión. En caso no exista Oficina Desconcentrada en ese lugar, se delegará a un funcionario diplomático para que realice dicha visita.

DE LA EVALUACIÓN DE TRADUCCIÓN
Durante el proceso de ratificación, la Comisión Supervisora designará a un Grupo Ad Hoc de Supervisión de la Evaluación de Traducción que se les tomará a los Traductores Públicos Juramentados que se presenten en los idiomas y direcciones para los cuales han sido nombrados. Igualmente, la Comisión Supervisora designará a un Grupo Ad Hoc de Evaluación que se encargará de calificar dichas traducciones conforme a los criterios previstos en el Protocolo adjunto (ver Anexo
Nº 05).

ANEXO Nº 01
DECLARACIÓN JURADA DE INFORMACIÓN
PERSONAL DEL TRADUCTOR PÚBLICO
JURAMENTADO
La Comisión Supervisora del Proceso de Ratificación de los Traductores Públicos Juramentados se reserva el derecho de constatar la veracidad de la documentación presentada.

Yo, .............................................................................
............................................., identificado(a) con DNI Nº ..
..................................... y Nº de Registro.......................

DECLARO BAJO JURAMENTO lo siguiente:
a) Que mis datos personales y los datos de contacto de las oficinas destinadas al ejercicio de mi cargo como Traductor(a) Público(a) Juramentado(a) son los detallados a continuación:

Nombres y apellidos Domicilio Sede de oficina principal Sede de oficina dependiente Correos Electrónicos Teléfono fijo Celular b) Que no he sido condenado(a) por delito doloso desde mi designación y/o última ratificación como Traductor(a) Público(a) Juramentado(a).
c) Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 6º del Reglamento de Traductores Públicos Juramentados, aprobado mediante Decreto Supremo Nº126-2003-RE, no soy miembro de los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial o de los Gobiernos Regionales, ni servidor público ni Notario Público.

Asimismo, declaro que conozco y cumplo con lo establecido en el Reglamento de Traductores Públicos Juramentados, aprobado mediante Decreto Supremo 126-2003-RE; en el Manual de Procedimientos de Traductores Públicos Juramentados, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0497/RE, el 30 de junio de 2004 (aplicable a las traducciones efectuadas hasta el 26 de abril de 2017);
y en el actual Manual de Procedimientos de Traductores Públicos Juramentados, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0322/RE, el 26 de abril de 2017. Igualmente, declaro que conozco el texto de las presentes bases y doy fe de la veracidad de los datos que proporciono.

Lima,......... de........................... de 2017.
..................................................................

Firma
ANEXO Nº 02
DECLARACIÓN JURADA DE EXPERIENCIA
PROFESIONAL PRÁCTICA DEL TRADUCTOR
PÚBLICO JURAMENTADO
Yo, .....................................................................
........................................................... Identificado(a)
con DNI Nº........................................................
. y Nº de Registro...................... DECLARO BAJO
JURAMENTO que en el término de los últimos cinco (5)
años he cumplido con realizar traducciones oficiales en: (Sírvase subrayar el idioma y la dirección, e indicar las cantidades en letras y números)
Idioma 2013 2014 2015 2016 2017
Inglés (directa)
Inglés (inversa)
Francés (directa)
Francés (inversa)
Italiano (directa)
Italiano (inversa)
Alemán (directa)
Alemán (inversa)
Portugués (directa)
Portugués (inversa)
Ruso (directa)
Ruso (inversa)
Japonés (directa)
Japonés (inversa)
Idioma 2013 2014 2015 2016 2017
Chino (directa)
Chino(inversa)
Polaco (directa)
Polaco (inversa)
En fe de lo cual suscribo la presente en Lima, el..........
de.......................... de 2017.
------------------------------------------------ Firma y Nº de Registro
ANEXO Nº 03
PROCESO DE RATIFICACIÓN DE LOS
TRADUCTORES PÚBLICOS JURAMENTADOS 2017
FACTORES, CRITERIOS Y PUNTAJES PARA LA
CALIFICACIÓN DE EXPEDIENTES DE RATIFICACIÓN
TABLA DE PUNTAJE
A. EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO PROFESIONAL (PUNTAJE MÁXIMO: 40 PUNTOS - 40 %)
A.1. EXPERIENCIA PROFESIONAL PRÁCTICA (PUNTAJE MÁXIMO: 5 PUNTOS)
PÁGINAS TRADUCIDAS - INGLÉS (Directa y/o Inversa)
PUNTOS
100 a 500 páginas por año 0,5 por año 501 a más páginas por año 1 por año
PÁGINAS TRADUCIDAS- ITALIANO -
PORTUGUÉS (Directa y/o Inversa)
PUNTOS
50 a 200 páginas por año 0,5 por año 201 a más páginas por año 1 por año
PÁGINAS TRADUCIDAS - ALEMÁN -
FRANCÉS (Directa y/o Inversa)
PUNTOS
10 a 50 páginas por año 0,5 por año 51 a más páginas por año 1 por año
PÁGINAS TRADUCIDAS - RUSO, CHINO, JAPONÉS, POLACO (Directa y/o Inversa)
PUNTOS
1 a 20 páginas por año 0,5 por año 21 a más páginas por año 1 por año Criterios:
- Se califica por cada lengua y dirección en función de los índices de los tomos de traducciones oficiales efectivamente realizadas, debiendo presentar la declaración jurada adjunta de experiencia profesional.
- Se calificará la producción de los últimos cinco (5)
años.
- El puntaje no es acumulable.

A.2. PERTENENCIA A AGREMIACIONES DE
TRADUCCIÓN (PUNTAJE MÁXIMO: 3 PUNTOS)
TIPO DE AGREMIACIONES PUNTOS
Asociaciones de traducción 3
Criterios:
- La pertenencia se acreditará mediante constancia de habilitación por la institución a la que se hace referencia.
- El puntaje no es acumulable.

A.3. PROYECCIÓN SOCIAL ACADÉMICA Y
SERVICIO AD HONOREM A LA COMUNIDAD (PUNTAJE MÁXIMO: 2 PUNTOS)
TIPO DE ACTIVIDAD PUNTOS
Servicios de traducción gratuita a la comunidad o cargos relacionados a la traducción ad honorem 2
Criterios:
- Se acreditará mediante documento (carta, constancia, certificado) expedido por la institución beneficiada.
- Se calificarán los servicios o cargos desempeñados los últimos cinco (5) años.
- El puntaje no es acumulable.

A.4. RESULTADO DE LA EVALUACIÓN DE
TRADUCCIÓN (PUNTAJE MÁXIMO: 30 PUNTOS)
La evaluación de traducción se realizará en los idiomas y las direcciones para los cuales han sido nombrados (ver Anexo Nº 05).

B. EVALUACIÓN DEL PERFECCIONAMIENTO
PROFESIONAL PERMANENTE (PUNTAJE MÁXIMO:

20 PUNTOS - 20%)
B.1. GRADOS Y TÍTULOS (PUNTAJE MÁXIMO: 4
PUNTOS)
NIVEL ACADÉMICO PUNTOS
Estudios Superiores No Universitarios 1
Grado Académico de Bachiller 1
Título Profesional (Licenciatura) 1,5
Estudios de Maestría 2
Grado de Magíster 2,5
Estudios de Doctorado 3
Grado de Doctor 4
Criterios:
- El Título y/o Grado debe acreditarse mediante la presentación de la fotocopia autenticada por la universidad que lo expidió.
- Los estudios sin título ni grado se sustentarán con las fotocopias legalizadas notarialmente de los certificados de estudios de la institución de origen.
- El puntaje no es acumulable.

B.2. EXPERIENCIA DOCENTE EN TRADUCCIÓN (PUNTAJE MÁXIMO: 4 PUNTOS)
AÑOS PUNTOS
1 a 5 años 2
Más de 5 años 4
Criterios:
- Los docentes acreditarán esta información con una constancia emitida por las instituciones académicas correspondientes.
- El puntaje no es acumulable.

B.3. PUBLICACIONES DE TRADUCCIONES O
RELACIONADAS A LA TRADUCCIÓN (PUNTAJE
MÁXIMO: 7 PUNTOS)
PUBLICACIONES PUNTOS
1 a 4 publicaciones 3,5
5 publicaciones a más 7
Criterios:
- Cada publicación de traducción o relacionada a la traducción se acreditará con fotocopias de las tapas e índices.
- Se calificará la producción de los últimos cinco (5)
años.
- El puntaje no es acumulable.

B.4. CAPACITACIÓN EN TRADUCCIÓN (PUNTAJE
MÁXIMO: 5 PUNTOS)
EVENTOS ACADÉMICOS PUNTOS
Conferencia, simposio, congreso o cursos talleres a nivel nacional (asistente) - mínimo 12 horas 0,5
Conferencia, simposio, congreso o cursos talleres a nivel internacional (asistente) - mínimo 12 horas 1
Conferencia, simposio, congreso o cursos talleres a nivel nacional (ponente)
1,5
Conferencia, simposio, congreso o cursos talleres a nivel internacional (ponente)
2
Criterios:
- La participación y asistencia se acreditará mediante fotocopia simple del documento que certifique el nivel de participación.
- Se calificará la participación y asistencia de los últimos cinco (5) años (del 2013 al 2017).
- El puntaje no es acumulable entre eventos académicos del mismo nivel de los cuatro señalados (nivel 1: asistente a eventos académicos nacionales, nivel 2: asistente a eventos académicos internacionales, nivel 3: ponente en eventos académicos nacionales y nivel 4:
ponente en eventos académicos internacionales), pero sí son acumulables los puntos obtenidos en cada uno de esos niveles.

C. RESULTADO DE LA EVALUACIÓN DE LA VISITA
DE INSPECCIÓN (PUNTAJE MÁXIMO: 40 PUNTOS - 40%)
Ver Anexo Nº 04
ANEXO Nº 04
EVALUACIÓN DE LA VISITA DE INSPECCIÓN
En la visita de inspección, cuando se trate de documentación emitida hasta el 26 de abril de 2017, la Comisión Supervisora del Proceso de ratificación de los Traductores Públicos Juramentados (en adelante la Comisión Supervisora) aplicará lo establecido en el Manual de Procedimientos de Traductores Públicos Juramentados, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0497-2014/RE, el 30 de junio de 2004. Asimismo, para la documentación emitida a partir del 27 de abril de 2017, la Comisión Supervisora aplicará lo establecido en el Manual de Procedimientos de Traductores Públicos Juramentado, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0322-2017/RE, el 26 de abril de 2017.

CALIFICACIÓN: Cada factor de evaluación equivale a dos (2) puntos, excepto los factores 10, 11, 12 y 13, que equivalen a tres (3) puntos cada uno. De esta manera, el puntaje total por este rubro es de cuarenta (40) puntos.

En caso de constatar observaciones y faltas adicionales a las incluidas en el presente listado, se restarán los puntos señalados en la tabla que aparece al final de este rubro.

1 Guarda copia fotostática de los documentos en lengua de origen que le son confiados (con fecha de recepción estampada con sello fechador).

SÍ NO
2 Cuenta con un recibo, ficha u otro documento para el cliente que acredite la recepción de los documentos.

SÍ NO
3 Entrega las traducciones en hojas con membrete de Traductor Público Juramentado.

SÍ NO
4 Coloca en la parte superior derecha de la primera página de las traducciones efectuadas el texto "TRADUCCIÓN OFICIAL"
en la lengua correspondiente (sello o impresión).

SÍ NO
5 Estampa en la parte superior derecha de las traducciones, así como en las copias de las traducciones, el número correlativo anual que corresponde a cada traducción.

SÍ NO
6 Estampa al pie de la última página el sello con el siguiente tenor en la lengua correspondiente: "El infrascrito, Traductor Público Juramentado, certifica que la presente traducción es fiel y correcta del texto original en idioma............ adjunto. Esta traducción no debe de interpretarse como reconocimiento de la autenticidad del documento traducido. En fe de lo cual firmo y sello en.... a los... días del mes de.......de.........".

SÍ NO
7 Firma con su patronímico y estampa su sello y rúbrica al pie de la certificación (declaración jurada).

SÍ NO
8 Estampa su sello de pos firma y rúbrica en el margen izquierdo de cada página de traducción.

SÍ NO
9 Une los documentos traducidos a sus originales por el ángulo superior izquierdo mediante un esquinero triangular de cartulina, pasando por él una cinta que se anuda y cuyos extremos son unidos mediante una etiqueta autoadhesiva de papel platina que lleva estampada sobre ella un sello en alto relieve con su patronímico y el texto "TRADUCCIÓN
OFICIAL", pudiendo sustituirse este procedimiento por el anillado o espiralado en traducciones voluminosas. (Color de cinta: _________)
SÍ NO
10 Empasta en tomos por año calendario las copias de las traducciones oficiales acompañadas de las copias de los documentos originales.

SÍ NO
11 Empasta los tomos anuales de las traducciones con un máximo de cuatrocientas (400) hojas por tomo.

SÍ NO
12 Guarda las copias de las traducciones oficiales manteniendo un orden numérico correlativo anual por cada idioma.

SÍ NO
13 Guarda copias de las traducciones oficiales firmadas y selladas que se entregan al cliente (fotocopia o reimpresión).

SÍ NO
14 Cumple con lo establecido en el Artículo 25º del Reglamento del Traductor Público Juramentado en relación con las traducciones sin valor oficial.
- Estampa en cada página de las traducciones sin valor oficial, en la parte superior derecha, un sello negro en el idioma correspondiente con el siguiente tenor:
"TRADUCIDO SIN LEGALIZACIONES OFICIALES", seguido de otro sello negro que dice: "TRADUCCIÓN
SIMPLE SIN VALOR OFICIAL".
- Estampa al pie de la última página, una vez concluida la traducción sin valor oficial, un sello en el idioma correspondiente con el siguiente tenor: "infrascrito certifica que la presente traducción es fiel y correcta del texto en idioma..........adjunto. Esta traducción no debe interpretarse como reconocimiento de la autenticidad del documento traducido. ..............................
de...................de 20...."
SÍ NO
15 La oficina destinada al ejercicio de la función de Traductor Público Juramentado cuenta con todo el equipamiento necesario para garantizar la seguridad de las instalaciones, archivos y documentación en trámite.

SÍ NO
16 Guarda copia de la solicitud de licencia y/o constancias de licencia otorgadas, así como del acta de cierre y reapertura del libro de registro.

SÍ NO
17 Mantiene los libros de registro en buen estado de conservación. SÍ NO
18 Cuenta con una infraestructura adecuada para la atención al público.

SÍ NO
Observaciones y faltas:
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------OBSERVANCIA DEL REGLAMENTO Y DE LOS MANUALES DE
PROCEDIMIENTOS Y VISITA DE INSPECCIÓN
CRITERIOS PUNTOS
Por cada observación adicional constatada - 1
Faltas adicionales por incumplimiento de las normas reglamentarias - 2
PUNTAJE TOTAL OBTENIDO: ________ puntos.
---------------------------------------- ---------------------------------------- REPRESENTANTE DE LA REPRESENTANTE DE LA
COMISIÓN SUPERVISORA COMISIÓN SUPERVISORA
ANEXO Nº 05
PROTOCOLO DE LA EVALUACIÓN DE TRADUCCIÓN
PARA LA RATIFICACIÓN DE LOS TRADUCTORES
PÚBLICOS JURAMENTADOS
La evaluación de traducción para la ratificación de los Traductores Públicos Juramentados (TPJ) tiene por objetivo constatar, por escrito, su capacidad para trasladar un mensaje de una lengua a otra mediante una equivalencia natural y exacta (Nida y Taber, 1969/1986).

Con este fin, se elabora el presente protocolo con directrices específicas para su desarrollo.

1. La Comisión Supervisora del Proceso de Ratificación de los TPJ (en adelante «Comisión Supervisora»)
acordará la fecha de la evaluación con una anticipación de 15 días calendario y deberá efectuar las siguientes designaciones:

1.1. Grupo Ad Hoc de Supervisión de la Evaluación (GS): estará integrado por un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores y dos representantes de las universidades que imparten la carrera de traducción e interpretación que forman parte de la Comisión Supervisora.

1.2. Grupo Ad Hoc de Evaluación (GE): estará integrado por expertos calificados de acuerdo a los idiomas, quienes elaborarán y calificarán las evaluaciones de traducción. Los miembros de la Comisión Supervisora no podrán integrar el GE.

2. De la evaluación de traducción:

2.1. La evaluación de traducción será elaborada por la GE dos días antes de su aplicación.

2.2. El texto de la evaluación de traducción será de tipología informativo-expositiva y se debe garantizar que el documento no cuente con traducción en Internet.

2.3. El texto tendrá entre 200 y 220 palabras.

2.4. El tiempo para realizar la traducción será de 30
minutos.

2.5. Se permitirá el uso de diccionarios.

2.6. Estará terminantemente prohibido el uso de celulares y cualquier otro dispositivo virtual.

2.7. Solamente se utilizarán útiles básicos, sin cartuchera.

2.8. La evaluación de traducción se llevará a cabo en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores.

2.9. El examinado recibirá una fotocopia del texto que deberá traducir, un papel membretado con punta desglosable en la que llenará sus datos.

2.10. En cuanto termine la evaluación de traducción, un miembro del GS cortará la punta y le asignará un número correlativo que no debe ser visto por el examinado.

2.11. Al finalizar la evaluación de traducción, luego de hacer tres fotocopias para entregar una a cada miembro encargado de la corrección, todas las hojas con el texto a traducir y el texto traducido deberán ser guardadas en un sobre manila.

2.12. Las evaluaciones de traducción serán entregadas por el GS al GE en un sobre cerrado.

3. La Comisión Supervisora y el GS darán instrucciones específicas a los TPJ sobre el protocolo a seguir dos días antes de la celebración de la evaluación de traducción.

4. De la corrección de la evaluación de traducción:

4.1. El GE asumirá la responsabilidad de la corrección de la evaluación de traducción, en concordancia con el baremo de corrección que aparece al final del presente Protocolo.

El GE estará compuesto por 3 miembros y contará con un mínimo de 2 colaboradores/evaluadores por cada lengua.

Asimismo, contará con la colaboración de un representante de una Embajada peruana en el país más representativo de las 9 lenguas incluidas en las Bases del Proceso de Ratificación de los Traductores Públicos Juramentados.

4.2. El GE y sus colaboradores deberán firmar un compromiso de absoluta confidencialidad.

4.3. La evaluación de traducción en una lengua determinada será corregida por el GE y sus colaboradores, en caso de que no haya acuerdo respecto de la puntuación, la Comisión Supervisora nombrará a un dirimente.

4.4. Los miembros encargados de la evaluación de traducción deberán entregar las correcciones con el puntaje respectivo dentro de las 48 horas de finalizada la evaluación.

4.5. La puntuación de la evaluación de traducción será sobre 30. La mínima aprobatoria será 20 puntos.

4.6. Las evaluaciones de traducción, según los idiomas y direcciones, serán corregidas por traductores profesionales y en ejercicio de la profesión; así como por un representante de una Embajada peruana conforme al inciso 5.1.

4.7. Las correcciones de las evaluaciones de traducción, en los idiomas en los que no haya traductores profesionales, serán realizadas por dos expertos seleccionados por la Comisión de Supervisión y contarán con el apoyo de un representante de una Embajada peruana conforme al inciso 5.1.

4.8. Para la corrección de las evaluaciones de traducción, se utilizará el Baremo que se lee al final de este documento.

4.9. Al finalizar la corrección, el GE entregará las evaluaciones de traducción calificadas a la Comisión Supervisora.

4.10. La calificación obtenida de esta evaluación es inapelable.

5. La Comisión Supervisora, luego de recibir los resultados del GE, deberá publicarlos conforme a las Bases del Proceso de Ratificación de los Traductores Públicos Juramentados.

BAREMO DE CORRECCIÓN (*)
I. INADECUACIONES QUE AFECTAN LA
COMPRENSIÓN DEL TEXTO ORIGINAL
• CONTRASENTIDO
- desconocimiento lingüístico (CSL)
- desconocimiento extralingüístico (temático-cultural) (CSEXT) (CS) (-3)
• FALSO SENTIDO
- desconocimiento lingüístico (FSL)
- desconocimiento extralingüístico (FSEXT) (FS) (-1,5)
• SIN SENTIDO
- incomprensible (SSa)
- falta de claridad (SSb) (SS) (-2,25)
• ADICIÓN INNECESARIA (AD) (-0,75)
• SUPRESIÓN INNECESARIA (SUP) (-0,75)
• ALUSIONES EXTRALINGÜÍSTICAS NO
SOLUCIONADAS (EXT) (-0,75)
• NO MISMO SENTIDO
- matiz no reproducido, exageración/ reducción - concreto/abstracto abstracto/concreto - ambigüedad - falta de precisión (NMS) (-0,75)
• INADECUACIÓN DE VARIACIÓN
LINGÜÍSTICA
- inadecuación de registro lingüístico formal/ informal (RL)
- inadecuación de estilo (IEST)
- inadecuación de dialecto social (IDS)
- inadecuación de registro geográfico (IRG)
- inadecuación de registro temporal (IRT)
- inadecuación de idiolecto (ID) (VL) (-0,75)
II. INADECUACIONES QUE AFECTAN LA EXPRESIÓN
EN LA LENGUA DE LLEGADA
• ORTOGRAFÍA Y PUNTUACIÓN (OP) (-3)
• GRAMÁTICA (morfología y sintaxis)
• errores gramaticales (GRa)
- usos no idiomáticos (abuso de la pasiva, de los pronombres personales y sujeto, etc.) (GRb) (GR) (-3)
• LÉXICO
- barbarismos, calcos (LEXa)
- usos inadecuados (registro inadecuado, regionalismos, inexactitudes, etc. (LEXb) (LEX) (-3)
• TEXTUAL
• incoherencia (TEXTa)
- mal encadenamiento discursivo, uso inadecuado de conectores (TEXTb) (TEXT) (-3)
• ESTILÍSTICA
- formulación no idiomática, defectuosa, poco clara (ESTa)
- falta de eufonía, estilo "pesado" /estilo "telegráfico", pleonasmos, falta de riqueza expresiva, etc. (ESTb) (EST) (-3)
III. INADECUACIONES FUNCIONALES
• INADECUACIÓN A LA FUNCIÓN
TEXTUAL PRIORITARIA DEL ORIGINAL (NFT) (-3)
• INADECUACIÓN A LA FUNCIÓN DE LA
TRADUCCIÓN (NFTR) (-3)
IV. ACIERTOS
• BUENA EQUIVALENCIA (B) (+1.5)
• MUY BUENA
EQUIVALENCIA (MB) (+1.5) (*) Adaptación del Baremo de Corrección y Baremo de Corrección de Traducciones Directas de Hurtado Albir, Amparo (1995).

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