7/20/2023

Lista Oficial Especies Forestales RDE D000163-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Aprueban la Lista Oficial de Especies Forestales RDE D000163-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE Magdalena del Mar, 18 de julio del 2023 VISTO: El Informe Técnico Nº D00053-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DIV de la Dirección de Inventario y Valorización de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Técnico D000177-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Memorando Nº D000483-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS de la Dirección …
Poder Ejecutivo, Cultura
Aprueban la Lista Oficial de Especies Forestales
RDE D000163-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE
Magdalena del Mar, 18 de julio del 2023
VISTO:

El Informe Técnico Nº D00053-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DIV de la Dirección de Inventario y Valorización de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Técnico D000177-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Memorando Nº D000483-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre;
y el Informe Legal Nº D000311-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO
Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (ahora, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI);

Que, el artículo 14 de la Ley en mención, establece que una de las funciones del SERFOR es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre;

Que, asimismo, el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, establece que el SERFOR desarrolla, gestiona y conduce el Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre - SNIFFS, con participación de las entidades pertinentes, como instrumento que contribuye a las actividades de administración, conservación y aprovechamiento sostenible, prevención, monitoreo, supervisión y control del patrimonio;

Que, en mérito a lo señalado y con el objeto de estandarizar la denominación científica de las especies forestales para un mejor registro en el SNIFFS y su monitoreo, el SERFOR mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 118-2019-MINAGRI-SERFOR-DE, aprobó la "Lista Oficial de Especies Forestales";

Que, asimismo, mediante el artículo 4 de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 118-2019-MINAGRI-SERFOR-DE, se encargó a la Dirección de Inventario y Valoración de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y Fauna Silvestre, continuar con las evaluaciones para la actualización de la referida Lista;

Que, en ese sentido, la Dirección de Inventario y Valoración de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre evidencia la necesidad de actualizar las denominaciones aprobadas, entre otros aspectos, la cual se encuentra sustentada en el Informe Técnico Nº D00053-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DIV;

Que, sobre la base del Informe Técnico señalado precedentemente, la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, mediante el Informe Técnico Nº
D000177-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR, sustenta la necesidad de aprobar una nueva lista oficial de especies forestales, la cual contiene setecientas treinta y cuatro (734) especies forestales, con sus respectivas denominaciones, así como determinadas disposiciones que coadyuvan en su aplicación;

Que, asimismo, proponen que para efectos del control forestal en el transporte de productos maderables transformados, las Autoridades Regionales Forestales y de Fauna Silvestre, ante la duda en la identificación de la especie que se transporta, deben considerar de manera excepcional su coincidencia a nivel de los siguientes géneros: Aniba (con excepción de Aniba rosaeodora), Brosimum, Ficus, Iryanthera, Nectandra, Ocotea, Otoba, Ormosia, Parkia, Pouteria, Protium, Schizolobium y Virola, permitiendo continuar con el transporte de los productos maderables transformados;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal del Vistos y bajo el sustento técnico contenido en el Informe Técnico Nº D000177-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR, concluye que su contenido y presentación son concordantes con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y sus Reglamentos, por lo que resulta legalmente viable expedir la Resolución de Dirección Ejecutiva que disponga la aprobación del citado proyecto normativo;

Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General (e) de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, el Reglamento para la Gestión de las Plantaciones Forestales y los Sistemas Agroforestales, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2015-MINAGRI, el Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la "Lista Oficial de Especies Forestales", que como anexo forma parte integrante de la presente resolución, cuyo objetivo es la estandarización de las denominaciones de las especies forestales, las mismas que serán utilizadas para la gestión de los recursos forestales a nivel nacional.

Artículo 2.- Precisar que, para efectos del control forestal en el transporte de productos maderables transformados, las Autoridades Regionales Forestales y de Fauna Silvestre, ante la duda en la identificación de la especie que se transporta, deben considerar de manera excepcional su coincidencia a nivel de género, para los siguientes géneros: Aniba (con excepción de Aniba rosaeodora), Brosimum, Ficus, Iryanthera, Nectandra, Ocotea, Otoba, Ormosia, Parkia, Pouteria, Protium, Schizolobium y Virola, permitiendo continuar con el transporte de los productos maderables transformados.

Artículo 3.- La "Lista Oficial de Especies Forestales"
aprobada en el artículo 1 de la presente resolución no habilita el otorgamiento de derechos de acceso o aprovechamiento sostenible de los recursos forestales, maderables o no maderables, ni afecta las prohibiciones o restricciones que para tales efectos establece la legislación vigente.

Artículo 4.- Encargar a la Dirección de Inventario y Valoración de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre la actualización de la "Lista Oficial de Especies Forestales" aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, considerando una actualización periódica de mínimo cada cuatro (04) años.

Artículo 5.- Dejar sin efecto la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 118-2019-MINAGRI-SERFOR-DE.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como ésta y su Anexo en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (www.serfor. gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO GONZALES ZÚÑIGA GUZMÁN
Director Ejecutivo Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RDE D000163-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE Aprueban la Lista Oficial de Especies Forestales
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
  • Numero : D000163-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-07-20
  • Fecha de aplicacion : 2023-07-21

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