10/07/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1400-2017 DE/EP

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1400-2017 DE/EP Jesús María, 5 de octubre de 2017 VISTA: La Hoja Informativa Nº 296/DRIE/DPTO RESOL del 02 de octubre de 2017, del Comandante General del Ejército. CONSIDERANDO: Que, en el Entendimiento Nº 6 del Anexo Nº 03 del Acta de la XI Reunión Bilateral de Estado Mayor entre el Ejército del Perú y el Ejército de Argentina, de fecha 09 de julio de 2015, se acordó que para el año 2017 la posibilidad de que el Ejército Argentino reciba un intercambio

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1400-2017 DE/EP
Jesús María, 5 de octubre de 2017
VISTA:

La Hoja Informativa Nº 296/DRIE/DPTO RESOL del 02 de octubre de 2017, del Comandante General del Ejército.

CONSIDERANDO:

Que, en el Entendimiento Nº 6 del Anexo Nº 03 del Acta de la XI Reunión Bilateral de Estado Mayor entre el Ejército del Perú y el Ejército de Argentina, de fecha 09 de julio de 2015, se acordó que para el año 2017 la posibilidad de que el Ejército Argentino reciba un intercambio de personal integrante del Instituto de Formación de Oficiales durante cinco (05) días en el mes de octubre, de una comitiva integrada por (01) Oficial Subalterno Instructor y un (01) Cadete, ambos de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi" en el Colegio Militar de la Nación; asimismo, se estableció que el financiamiento de alojamiento y alimentación serán asumidos por el país anfitrión;

Que, mediante FAX Nº 082/D6/M/17 del 26 de abril de 2017, el Director General de Organización y Doctrina del Ejército Argentino, hace extensiva una invitación al Agregado de Defensa y Militar de la República del Perú en la República Argentina, para la ejecución de la actividad de "Intercambio de Personal Integrante del Instituto de Formación de Oficiales", de un (01) Oficial Instructor y un (01) Cadete de la Escuela Militar de Chorrillos Coronel Francisco Bolognesi "CFB" al Colegio Militar de la Nación, (ciudad El Palomar - Provincia de Buenos Aires), República Argentina del 09 de octubre de 2017 al 15 de octubre de 2017;

Que, mediante FAX Nº 129/D6/M/17 del 26 de abril de 2017, el Director General de Organización y Doctrina del Ejército Argentino, comunica al Agregado de Defensa y Militar de la República del Perú en la República Argentina, que la invitación contemplada en el considerando precedente ha sido modificado debiendo asistir al Intercambio de Personal Integrante del Instituto de Formación de Oficiales", un (01) Oficial Instructor y dos (02) Cadetes de la Escuela Militar de Chorrillos Coronel Francisco Bolognesi "CFB" al Colegio Militar de la Nación, ubicado en la ciudad El Palomar - Provincia de Buenos Aires, República Argentina del 09 de octubre de 2017 al 15 de octubre de 2017;

Que, mediante Hoja de Recomendación Nº 102/ DIEDOCE/C-5.b del 03 de julio de 2017, el General de Ejército Comandante General del Ejército, propuso la designación del Cadete IV año EP Duberli MENA
DELGADO y del Cadete IV año EP José Luis CAPUÑAY
FARRO, de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi", para visitar el Colegio Militar de la Nación, ubicado en la ciudad El Palomar, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, del 09 al 15 de octubre de 2017, periodo que incluye la fecha de salida y retorno al país;

Que, conforme a lo señalado en el Dictamen Nº 2804-2017/OAJE/L-1., del 02 de octubre de 2017, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Cadete IV
año EP Duberli MENA DELGADO y del Cadete IV año EP José Luis CAPUÑAY FARRO, de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi", para visitar el Colegio Militar de la Nación, ubicado en la ciudad El Palomar, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, con el objetivo de intercambiar conocimientos, habilidades, destrezas y valores, estrechando los lazos de amistad y confianza mutua; de la misma manera, permitirá dar cumplimiento al Entendimiento Nº 06 del Área Educación - Cursos e Instructores del Anexo 03 del Acta de la XI
Reunión Bilateral de Estado Mayor entre el Ejército del Perú y el Ejército de Argentina;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del mencionado Entendimiento, el referido Intercambio se desarrollará durante cinco (05) días, por lo que en observancia a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, corresponde otorgar viáticos por los días que dure el evento;

Que, en observancia a lo acordado en el Entendimiento Nº 06 del Anexo 03 del Acta de la XI Reunión Bilateral de Estado Mayor entre el Ejército del Perú y el Ejército de Argentina y FAX Nº 129/D6/M/17 del 26 de abril de 2017, del Director General de Organización y Doctrina del Ejército Argentino, donde se establece que los gastos de alojamiento, alimentación y transporte local serán asumidos por el país anfitrión; en consecuencia, conforme a lo señalado en el Dictamen mencionado en el considerando precedente, corresponde otorgar viáticos hasta por un veinte por ciento (20 %) del que corresponde
a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba los porcentajes máximos de viáticos, en función de la escala detallada en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa;

Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración del Jefe del Sub Director de Desarrollo Profesional de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército del 17 de agosto de 2017, los gastos de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta y viáticos, hasta un veinte por ciento (20%), que ocasione la participación del personal militar en el mencionado evento se efectuarán con cargo al presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, de conformidad a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, y del artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, y los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército, y;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria; aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Cadete IV año EP Duberli MENA DELGADO, identificado con DNI Nº 73580637 y al Cadete IV año EP
José Luis CAPUÑAY FARRO, identificado con DNI Nº 70336421; de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi", para visitar el Colegio Militar de la Nación, ubicado en la ciudad El Palomar, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, en el periodo comprendido del 09 de octubre de 2017 al 15 de octubre de 2017, periodo que incluye la fecha de salida y retorno al país.

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 003:

Ejército Peruano, Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes de Ida y Vuelta:

US$ 1 000.00 x 02 personas (incluye TUUA) US$. 2 000.00
Viáticos:

US$ 370.00 x 05 días x 02 personas x 20% US$. 740.00
Total a pagar en Dólares Americanos US$. 2 740.00
Artículo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, de la presente Resolución, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El personal militar designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013.

Artículo 5.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Defensa

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