10/05/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 282-2017-MINAM Modifican el T exto Único de Procedimientos

Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 282-2017-MINAM Lima, 3 de octubre de 2017 Vistos; el Informe Nº 47-2017-MINAM/SG/OGDAC, de la Oficina de Gestión Documental y Atención a la Ciudadanía; el Memorando Nº 615-2017-MINAM/ SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 247-2017-MINAM/SG/OGPP/ OPM, de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe Nº 396-2017-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General
Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 282-2017-MINAM
Lima, 3 de octubre de 2017
Vistos; el Informe Nº 47-2017-MINAM/SG/OGDAC, de la Oficina de Gestión Documental y Atención a la Ciudadanía; el Memorando Nº 615-2017-MINAM/ SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 247-2017-MINAM/SG/OGPP/ OPM, de la Oficina de Planeamiento y Modernización;
el Informe Nº 396-2017-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2010-MINAM
se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Ambiente, el mismo que ha sido modificado mediante Resolución Ministerial Nº 273-2011-MINAM; Resolución Ministerial Nº 040-2012-MINAM; Resolución Ministerial Nº 224-2012-MINAM; Resolución Ministerial Nº 170-2013-MINAM; Decreto Supremo Nº 011-2014-MINAM;

Decreto Supremo Nº 007-2015-MINAM; Resolución Ministerial Nº 363-2015-MINAM; Resolución Ministerial Nº 316-2016-MINAM; Resolución Ministerial Nº 319-2016-MINAM; Resolución Ministerial Nº 390-2016-MINAM; Resolución Ministerial Nº 133-2017-MINAM; y, Resolución Ministerial Nº 190-2017-MINAM;

Que, el numeral 39.3 del artículo 39 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial.

Asimismo, el numeral 43.5 del artículo 43 del citado Texto Único Ordenado señala que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector;

Que, el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1353, que crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fortalece el régimen de protección de datos personales y la regulación de la gestión de intereses, señala que el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública es un órgano resolutivo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que constituye la última instancia administrativa en materia de transparencia y derecho al acceso a la información pública a nivel nacional. Asimismo, mediante dicha norma se modifica el procedimiento de acceso a la información pública establecido en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, conforme a su Texto
Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM;

Que, bajo ese marco normativo, la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Nº 247-2017-MINAM/SG/ OGPP/OPM, sustenta la necesidad de modificar el TUPA del Ministerio del Ambiente a fin de actualizar la base legal, el plazo y la instancia de resolución del recurso de apelación, del procedimiento 1 - Acceso a la información pública que produzca o posea la entidad, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 1353;

Con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Gestión Documental y Atención a la Ciudadanía;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; y, el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- De la modificación del procedimiento 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Ambiente Modificar el procedimiento 1 - Acceso a la información pública que produzca o posea la entidad, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2010-MINAM y sus modificatorias; conforme al detalle contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal del Diario Oficial El Peruano (www.elperuano.com.pe); en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano. gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELSA GALARZA CONTRERAS
Ministra del Ambiente

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