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RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4023-2017-MP-FN Amplían la competencia territorial de la
11/07/2017
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4023-2017-MP-FN Amplían la competencia territorial de la
Amplían la competencia territorial de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Ayabaca - Suyo al distrito de Sapillica RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 4023-2017-MP-FN Lima, 6 de noviembre de 2017 VISTOS: El Oficio Nº 292-2017-CPGF-MP-FN-FRAA, cursado por el señor Frank Robert Almanza Altamirano, fiscal superior, presidente del Equipo de Trabajo encargado de diseñar, implementar y evaluar el "Plan Piloto del Programa de Fiscales Comunales y Vecinales del Ministerio Público" en el Distrito
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 4023-2017-MP-FN
Lima, 6 de noviembre de 2017
VISTOS:
El Oficio Nº 292-2017-CPGF-MP-FN-FRAA, cursado por el señor Frank Robert Almanza Altamirano, fiscal superior, presidente del Equipo de Trabajo encargado de diseñar, implementar y evaluar el "Plan Piloto del Programa de Fiscales Comunales y Vecinales del Ministerio Público"
en el Distrito Fiscal de Sullana, mediante el cual solicita ampliar la competencia de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Ayabaca-Suyo, y;
El Oficio Nº 617-2017-MP-FN-ETI-NCPP/ST, a través del cual la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal emite opinión al respecto;
CONSIDERANDO:
Primero: Conforme al artículo primero de la Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 062-2011-MP-FN-JFS, de 28 de junio de 2011, se creó el Distrito Fiscal de Sullana, conformando diversos despachos fiscales, entre ellos, la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayabaca, la Fiscalía Provincial Mixta de Ayabaca y la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Ayabaca-Suyo.
Segundo: El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa Nº 396-2010-CE-PJ, de 2 de diciembre de 2010, modificada con la Resolución Administrativa Nº 297-2011-CE-PJ, creó el Distrito Judicial de Sullana, conformando, entre otros, un Juzgado Especializado Penal y dos Juzgados de Paz Letrados en la Provincia de Ayabaca, con competencia en toda la provincia (Ayabaca, Lagunas, Jilili, Sapillica, Sicchez, Montero, Suyo y Paimas), con excepción de los distritos de Pacaipampa y Frías.
Tercero: El presidente del Equipo de Trabajo encargado de diseñar, implementar y evaluar el "Plan Piloto del Programa de Fiscales Comunales y Vecinales del Ministerio Público" en el Distrito Fiscal de Sullana, mediante el oficio de visto, remite la propuesta de ampliación de la competencia territorial de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Ayabaca - Suyo de la presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Sullana, a través de la cual señala que el distrito de Sapillica, se encuentra ubicado a cinco horas aproximadamente desde el distrito de Ayabaca.
Sin embargo, el distrito de Sapillica, se encuentra a una distancia de 39 kilómetros de distancia del distrito de Suyo (dos horas de distancia aproximadamente en vehículo), lugar donde funciona la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Ayabaca - Suyo.
Cuarto: La Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal, mediante el Oficio Nº 617-2017-MP-FN-ETI-NCPP/ST comparte la opinión de incorporar el distrito de Sapillica a la competencia territorial de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Ayabaca - Suyo.
Quinto: En atención a lo expuesto, contando con la opinión favorable de la Secretaria Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal, es necesario ampliar la competencia de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Ayabaca-
Suyo al distrito de Sapillica, con la finalidad de brindar facilidades para el acceso de la población a los servicios de justicia.
En consecuencia, conforme a lo dispuesto por el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052-Ley Orgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- EXCLUIR al distrito de Sapillica de la competencia territorial de la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayabaca y de la Fiscalía Provincial Mixta de Ayabaca.
Artículo Segundo.- AMPLIAR la competencia territorial de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Ayabaca-Suyo al distrito de Sapillica que forma parte de la provincia Ayabaca.
Artículo Tercero.- FACULTAR a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Sullana, conforme a lo establecido en el artículo 77º, literal g) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2009, disponga las medidas destinadas para regular la carga procesal de acuerdo a lo dispuesto en los artículos precedentes.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Sullana, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Sullana, Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal, Gerencia General, Oficina de Racionalización y Estadística y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
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