11/22/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 649-2017-MINEDU
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 649-2017-MINEDU Lima, 21 de noviembre de 2017 Visto, el Expediente Nº LB22017-INT-0167701 que contiene el Informe Nº 0438-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y el Informe Nº 1112-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1252, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1341, en adelante la
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 649-2017-MINEDU
Lima, 21 de noviembre de 2017
Visto, el Expediente Nº LB22017-INT-0167701 que contiene el Informe Nº 0438-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y el Informe Nº 1112-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1252, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1341, en adelante la Ley, se dispone la creación del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. Posteriormente se aprueba su Reglamento mediante Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, el cual fue modificado por el Decreto Supremo Nº 104-2017-EF y el Decreto Supremo Nº 248-2017-EF, en adelante el Reglamento;
Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley, establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas;
así como, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional (GR)
o Gobierno Local (GL);
Que, el literal h) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento, establece que es función de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, registrar a los órganos del Sector que realizarán las funciones de UF
y UEI, así como a sus Responsables, en el aplicativo que disponga la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones;
Que, el artículo 9 del Reglamento, establece que las UEI son las Unidades Ejecutoras presupuestales. Así mismo, pueden ser cualquier órgano o entidad o empresa adscrita de un Sector del Gobierno Nacional, Gobierno Regional o Gobierno Local sujetos al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, incluyendo a los programas creados por norma expresa en el ámbito de éstos, que no requieren necesariamente ser unidades ejecutoras presupuestales, pero que por su especialidad realizan las funciones previstas en el citado artículo;
Que, el numeral 4.5 de la "Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones", aprobada con Resolución Directoral Nº 001-2017- EF/63.01, modificada por la Resolución Directoral Nº 004-2017-EF/63.01, en adelante la Directiva, dispone que la UEI es la unidad orgánica de una entidad o de una empresa sujeta al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, designada por el OR y registrada por la OPMI para cada inversión en el aplicativo informático del Banco de Inversiones junto con su Responsable, mediante el Formato Nº 03: Registro de la Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones, siendo que por su especialidad realiza las funciones de UEI establecidas por la normatividad de dicho Sistema;
Que, en virtud de la Quinta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, se dispone que la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas realizará las funciones previstas en calidad de rector del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones para la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, en tanto se aprueben los documentos para la reestructuración organizativa institucional, conforme a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1252;
Que, mediante Oficio Nº 110-2017-EF/63.06, la Dirección General de Inversión Pública, señala que el numeral 5.6 del artículo 5 de la Ley que establece el perfil profesional para el responsable de la OPMI y de la UF, no abarca a las UEI; sin perjuicio de ello, recomienda tener presente el numeral 4.5 del artículo 4 de la Directiva, donde se establece que las Unidades Ejecutoras de Inversiones serán designadas por el Órgano Resolutivo de su sector y serán registradas por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Banco de Inversiones, mediante el Formato Nº 3, Registro de Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones;
Que, a través del Informe Nº 0438-2017-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI, el responsable de la OPMI del Sector Educación designado mediante la Resolución Ministerial Nº 291-2017-MINEDU, señala que las propuestas presentadas por i) Instituto Peruano del Deporte - IPD
y ii) Proyecto "Apoyo a la formación profesional para la inserción laboral en el Perú: Consolidación y Ampliación:
APROLAB II" (APROLAB II) cumplen con lo dispuesto en las normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, habiéndose verificado que las funciones que realizan actualmente en su calidad de unidades ejecutoras presupuestales, guardan concordancia con las funciones que asume una UEI; en consecuencia, otorga su conformidad y recomienda que los antes referidos, así como los responsables propuestos sean designados por el Órgano Resolutivo del sector;
para lo cual adjunta el Formato Nº 03 de cada una de las UEI para su registro en el Banco de Inversiones;
Con el visado del Viceministro de Gestión Institucional, de la Secretaria General, del Secretario de Planificación Estratégica, de la Jefa de la Unidad de Programación e Inversiones, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, y su modificatoria; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, y sus modificatorias; la Directiva Nº 001-2017-EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2017-EF/63.01, y su modificatoria; y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar a las siguientes Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Educación, y sus responsables, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, según se detalla a continuación:
Nº Dirección / Entidad Unidades de Ejecución de Inversiones Responsable 1
Instituto Peruano del Deporte (IPD)
Oficina de Infraestructura Mario César Hon-dermann Gálvez 2
Proyecto "Apoyo a la for-mación profesional para la inserción laboral en el Perú: Consolidación y Ampliación: APROLAB
II" (APROLAB II)
Proyecto "Apoyo a la formación profesional para la inserción laboral en el Perú: Consolidación y Ampliación: APROLAB II"
Daniel Alfaro Paredes Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación, registre en el aplicativo informático del Banco de Inversiones, a las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Educación y sus responsables designados mediante la presente resolución, así como remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
IDEL VEXLER T.
Ministro de Educación
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