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RESOLUCIÓN SUPREMA N° 273-2017-RE Autorizan a los Ministerios de Relaciones Exteriores, Educación y
11/24/2017
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 273-2017-RE Autorizan a los Ministerios de Relaciones Exteriores, Educación y
Autorizan a los Ministerios de Relaciones Exteriores, Educación y Comercio Exterior y Turismo, a efectuar el pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 273-2017-RE Lima, 23 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2017", donde se detallan las entidades y montos a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2017; Que,
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 273-2017-RE
Lima, 23 de noviembre de 2017
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2017", donde se detallan las entidades y montos a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2017;
Que, el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30518, establece que las cuotas internacionales contenidas en el Anexo "B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2017"
podrán ser modificadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores;
Que, en virtud de ello, mediante Decreto Supremo Nº 053-2017-RE, se modificó el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2017 de la Ley Nº 30518 -
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego Presupuestario 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, respecto al pago de la cuota a favor de la Corte Penal Internacional - CPI;
Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores;
Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor de la Corte Penal Internacional - CPI, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago;
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30518 -
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores, a efectuar el pago de la siguiente cuota:
PLIEGO PRESUPUESTARIO
MONTO (soles)
PERSONA JURÍDICA
008: MINISTERIO DE
{E}RELACIONES EXTERIORES
2 670 440.00
CORTE PENAL
INTERNACIONAL - CPI
Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3.- Equivalencia en moneda extranjera Disponer que la equivalencia en moneda extranjera sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.
Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores
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