12/09/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0852/RE-2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0852/RE-2017 Lima, 7 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, en el marco de las normas del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza (DDF) desarrolla dentro de sus funciones, actividades y acciones destinadas a promover el desarrollo y la integración fronteriza como parte de la Política Exterior del país; Que, la Oficina Desconcentrada en el departamento de Piura, ha informado sobre la propuesta de la Sección Nacional del Comité
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0852/RE-2017
Lima, 7 de diciembre de 2017
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de las normas del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza (DDF) desarrolla dentro de sus funciones, actividades y acciones destinadas a promover el desarrollo y la integración fronteriza como parte de la Política Exterior del país;
Que, la Oficina Desconcentrada en el departamento de Piura, ha informado sobre la propuesta de la Sección Nacional del Comité de Frontera Piura - Loja, a fin de realizar el 11 de diciembre de 2017 la XII Reunión del Comité de Frontera Piura - Loja, que por la alternancia de las sedes de las reuniones, corresponde esta vez realizarla en la ciudad de Loja, Provincia de Loja, República del Ecuador;
Que, la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, tiene previsto participar en la XII Reunión del Comité de Frontera Piura - Loja, por lo que se ha coordinado oportunamente con las autoridades regionales del departamento de Piura los temas de agenda y programa, a fin de encaminar convenientemente el funcionamiento de dicho mecanismo de desarrollo e integración fronteriza con la República del Ecuador;
Que, la Dirección de Desarrollo e Integración Fronterizo, en su condición de Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza, realiza el seguimiento y coordinación de estos mecanismos de integración fronteriza y de la relación bilateral con los países fronterizos, lo que permite contar con los insumos necesarios para organizar y reportar a las instancias correspondientes a nivel nacional;
Que, es necesaria la participación del Subdirector de Desarrollo Fronterizo, de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América, así como del Director de la Oficina Desconcentrada en el departamento de Piura;
Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.º
3519, del Despacho Viceministerial, de 4 de diciembre de 2017; y la Memoranda (DDF) N.º DDF01041/2017, de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de 28 de noviembre de 2017; y (OPP) N.º OPP01627/2017, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 6 de diciembre de 2017, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje;
De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.º 135-2010-RE; y, la Ley N.º 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos a la ciudad de Loja, Provincia de Loja, República del Ecuador, para participar el 11 de diciembre de 2017 en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando su salida del país del 10 al 12 de diciembre de 2017.
- Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Marco Antonio Santivañez Pimentel, Subdirector de Desarrollo Fronterizo, de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América;
- Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Julio César Cadenillas Londoña, Director de la Oficina Desconcentrada de Relaciones Exteriores en el departamento de Piura.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0000917 Implementación de los Planes de Desarrollo Fronterizo, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Pasajes aéreos
US$
Viáticos por día
US$
Número de días Total viáticos
US$
Marco Antonio Santivañez Pimentel 198.00 370.00 1 + 1 740.00
Nombres y Apellidos Viáticos por día
US$
Número de días Total viáticos
US$
Julio César Cadenillas Londoña 370.00 1 + 1 740.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores
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