12/21/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 527-2017-MEM/DM Autorizan la publicación del Proyecto de Decreto Supremo

Autorizan la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que modifica los artículos 20, 50 y 51 del Reglamento para el Cierre de Minas, aprobado por D.S. Nº 033-2005-EM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 527-2017-MEM/DM Lima, 20 de diciembre de 2017 VISTOS: El Informe Nº 1810-2017-MEM-DGM/DNM de la Dirección Normativa de Minería, de la Dirección General de Minería, y el Informe Nº 620-2017-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 del Reglamento de Organización
Autorizan la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que modifica los artículos 20, 50 y 51 del Reglamento para el Cierre de Minas, aprobado por D.S. Nº 033-2005-EM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 527-2017-MEM/DM
Lima, 20 de diciembre de 2017
VISTOS: El Informe Nº 1810-2017-MEM-DGM/DNM de la Dirección Normativa de Minería, de la Dirección General de Minería, y el Informe Nº 620-2017-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM establece entre las funciones generales del Ministerio de Energía y Minas la de dictar la normatividad general de alcance nacional en las materias de su competencia;

Que, la Ley Nº 28090, Ley que Regula el Cierre de Minas, establece las obligaciones y procedimientos que deben cumplir los titulares de la actividad minera para la elaboración, presentación e implementación del Plan de Cierre de Minas y la constitución de las garantías ambientales correspondientes, que aseguren el cumplimiento de las inversiones que comprende, con sujeción a los principios de protección, preservación y recuperación del medio ambiente y con la finalidad de mitigar los impactos negativos a la salud de la población, el ecosistema circundante y la propiedad;

Que, mediante Informe Nº 1810-2017-MEM-DGM/ DNM de la Dirección Normativa Minera, la Dirección General de Minería sustenta el Proyecto de Decreto Supremo que modifica los artículos 20, 50 y 51 del Reglamento para el Cierre de Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-EM;

Que, en atención a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas generales que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, con el fin de recibir comentarios de los interesados, sobre la medida propuesta;

Que, en ese sentido, corresponde disponer la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que modifica los artículos 20, 50 y 51 del Reglamento para el Cierre de Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-EM, en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas, otorgando a los interesados un plazo de diez (10) días hábiles para la remisión, por escrito o vía electrónica, de los comentarios y sugerencias;

De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM
y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que modifica los artículos 20, 50 y 51 del Reglamento para el Cierre de Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-EM y su Exposición de Motivos.

Artículo 2.- Establecer un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, a fin de que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Minería, sito en Avenida De Las Artes Sur Nº 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; o, vía internet a la siguiente dirección de correo electrónico mvasquez@minem.gob.pe.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y del proyecto señalado en el artículo 1, en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Energía y Minas

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.