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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0074-2018-MINAGRI Delegan acciones correspondientes a la Gestión de la

Delegan acciones correspondientes a la Gestión de la Continuidad Operativa del Ministerio en la Dirección General de Articulación Intergubernamental - DGAI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0074-2018-MINAGRI Lima, 16 de febrero de 2018 VISTOS: La Nota Nº 290-2017-MINAGRI-DVPA/DGAI-DIGERID, y el Memorándum Nº 038-2018-MINAGRI-DVPA/DGAI-DIGERID de la Dirección General de Articulación Intergubernamental-DGAI; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 034-2014-PCM, se aprueba el Plan Nacional
Delegan acciones correspondientes a la Gestión de la Continuidad Operativa del Ministerio en la Dirección General de Articulación Intergubernamental - DGAI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0074-2018-MINAGRI
Lima, 16 de febrero de 2018
VISTOS:

La Nota Nº 290-2017-MINAGRI-DVPA/DGAI-DIGERID, y el Memorándum Nº 038-2018-MINAGRI-DVPA/DGAI-DIGERID de la Dirección General de Articulación Intergubernamental-DGAI; y,
CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº 034-2014-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - PLANAGERD 2014-2021, el cual se encuentra enmarcado en la Visión y Misión del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y constituye el documento orientador de la planificación de la gestión del riesgo de desastres, en cada ámbito jurisdiccional y territorial de los tres niveles de gobierno en el país, considerando la gestión por resultados articulada con el desarrollo de programas presupuestales; asimismo, como Objetivos Estratégicos a cumplir, se encuentra el Objetivo Específico 5.2: Desarrollar la Gestión de Continuidad Operativa del Estado;

Que, por Resolución Ministerial Nº 028-2015-PCM, se aprobaron los Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa de las Entidades Pública en los tres niveles de Gobierno, estableciendo en su artículo 2, que las entidades públicas implementarán la Gestión de la Continuidad Operativa, adecuándola a su alcance y a la complejidad de sus operaciones y servicios, bajo responsabilidad de su máxima autoridad, mediante la ejecución del Plan de Continuidad Operativa respectivo, aprobado por el Titular de la Entidad;

Que, conforme se dispone en el artículo 4 de la mencionada Resolución Ministerial, el cronograma para la implementación de la Gestión de la Continuidad Operativa, se presentará a la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.1 del artículo 6, de los referidos Lineamientos, corresponde al Titular de la Entidad delegar las acciones correspondientes a la Gestión a la Continuidad Operativa, en la unidad orgánica que tenga funciones afines al objeto de los citados lineamientos, en función a su estructura orgánica y la complejidad de sus operaciones y servicios;

Que, el artículo 53 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y modificatorias, establece que la Dirección General de Articulación Intergubernamental-DGAI, es el órgano encargado, entre otros, de conducir, promover y articular las acciones asociadas a Defensa Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, teniendo en consideración las normas citadas en los considerandos precedentes, es conveniente delegar las acciones correspondientes a la Gestión de la Continuidad Operativa del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, a que se refiere la Resolución Ministerial Nº 028-2015-PCM, en la Dirección General de Articulación Intergubernamental-DGAI;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado a Ministerio de Agricultura y Riego por la Ley Nº 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y modificatorias, la Resolución Ministerial Nº 028-2015-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Gestión de Continuidad Operativa de las entidades públicas en los tres Niveles de Gobierno;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegar las acciones correspondientes a la Gestión de la Continuidad Operativa del Ministerio de Agricultura y Riego en la Dirección General de Articulación Intergubernamental-DGAI, conforme a lo dispuesto en los Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa de las entidades públicas, aprobados por Resolución Ministerial Nº 028-2015-PCM.

Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Articulación Intergubernamental - DGAI, elabore la programación del cronograma para la implementación de la Gestión de la Continuidad Operativa, conforme dispone el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 028-2015-PCM.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ARISTA
Ministro de Agricultura y Riego

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