2/04/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 040-2018-VIVIENDA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 040-2018-VIVIENDA Lima, 2 de febrero de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-MIMDES, se dictaron medidas para el funcionamiento de las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social, aprobándose la conformación de su Directorio, el mismo que está integrado, entre otros, por un representante designado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 327-2008-VIVIENDA de fecha

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 040-2018-VIVIENDA
Lima, 2 de febrero de 2018
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-MIMDES, se dictaron medidas para el funcionamiento de las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social, aprobándose la conformación de su Directorio, el mismo que está integrado, entre otros, por un representante designado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 327-2008-VIVIENDA de fecha 22 de julio de 2008, se designó a la señora Ledinelva Ruiz Valles, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública y Junta de Participación Social de Moyobomba; siendo necesario dar por concluida la citada designación y, asimismo, designar a su reemplazo;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y el Decreto Supremo Nº 004-2010-MIMDES;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora Ledinelva Ruiz Valles, efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 327-2008-VIVIENDA.

Artículo 2.- Designar a la señora Yovani Olivera Leiva, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Moyobamba.

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para los fines pertinentes.

Artículo 4.- Disponer que la Oficina General de Estadística e Informática publique la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BRUCE
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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