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DECRETO SUPREMO N° 071-2018-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
3/29/2018
DECRETO SUPREMO N° 071-2018-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Instituto Nacional de Estadística e Informática y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil DECRETO SUPREMO Nº 071-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional,
DECRETO SUPREMO Nº 071-2018-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), hasta por el monto de
OCHO MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 8 000 000,00), con cargo a los recursos a los que hace referencia el artículo 44 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, previo cumplimiento de las acciones que debe efectuar el INEI para generar datos y cartografía orientados a mejorar metodologías y los procedimientos del Sistema Nacional de Focalización y el seguimiento de la política de desarrollo e inclusión social, las que se establecen mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social.
Estas modificaciones presupuestarias se autorizan hasta el primer trimestre del Año Fiscal 2018, debiéndose emitir el Decreto Supremo correspondiente dentro de dicho plazo;
Que, la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, autoriza a realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional en favor del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), hasta por el monto de VEINTIDOS MILLONES y 00/100 SOLES (S/ 22 000 000,00), con cargo a los recursos a los que hace referencia el artículo 44 de la Ley Nº 28411, en el marco del Programa Presupuestal 079: Acceso de la Población a la Identidad a cargo del RENIEC, previo cumplimiento de las acciones que debe efectuar el RENIEC, las que se establecen mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social. Dichas modificaciones presupuestarias se autorizan hasta el primer trimestre del Año Fiscal 2018, debiéndose emitir el Decreto Supremo correspondiente dentro de dicho plazo;
Que, las citadas disposiciones complementarias finales establecen que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sobre la información remitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), debe enviar un informe al Ministerio de Economía y Finanzas en el que se validen las acciones realizadas por dichas entidades, en el marco de lo establecido en las citadas disposiciones y los montos correspondientes a ser transferidos;
Que, mediante los Decretos Supremos Nº 001-2018-MIDIS y Nº 002-2018-MIDIS, se establecen las acciones que deben realizar el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), en cumplimiento de la Quincuagésima Tercera y Vigésima Primera Disposiciones Complementarias Finales de la Ley Nº 30693, respectivamente;
Que, mediante Oficio Nº 270-2018-MIDIS/SG, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social remite al Ministerio de Economía y Finanzas el Informe Nº 091-2018-MIDIS/VMPES/DGFO, sustentado por el Informe Nº 084-2018-MIDIS-VMPES/DGFO-DDF, en el cual la Dirección General de Focalización de dicho Ministerio valida las acciones realizadas por el INEI, en el marco del Decreto Supremo Nº 001-2018-MIDIS, y determina el monto a ser transferido a favor del INEI;
asimismo, remite el Informe Nº 406-2018-MIDIS/SG/ OGPPM, de su Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el cual señala que se ha cumplido con las acciones establecidas por lo que se solicita tramitar la autorización para la Transferencia de Partidas, hasta por la suma de OCHO MILLONES Y
00/100 SOLES (S/ 8 000 000,00) con cargo a los recursos al que hace referencia el artículo 44 de la Ley Nº 28411;
Que, mediante Oficio Nº 266-2018-MIDIS/SG, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social remite al Ministerio de Economía y Finanzas el Informe Nº 082-2018-MIDIS/VMPES/DGFO, sustentado por el Informe Nº 077-2018-MIDIS/VMPES/DGFO-DDF, en el cual la Dirección General de Focalización de dicho Ministerio valida las acciones realizadas por el RENIEC, en el marco del Decreto Supremo Nº 002-2018-MIDIS, y determina el monto a ser transferido a favor del RENIEC;
asimismo, remite el Informe Nº 386-2018-MIDIS/SG/ OGPPM, de su Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el cual indica que se ha cumplido con las acciones establecidas, por lo que se solicita tramitar la autorización para la Transferencia de Partidas, hasta por la suma de VEINTIDOS MILLONES
Y 00/100 SOLES (S/ 22 000 000,00) con cargo a los recursos al que hace referencia el artículo 44 de la Ley
Nº 28411;
Que, el artículo 45 de la Ley Nº 28411, establece que las Transferencias o Habilitaciones que se efectúen
con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de TREINTA
MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 30 000 000,00) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del pliego Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (RENIEC), para financiar las actividades indicadas en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo dispuesto en la Quincuagésima Tercera y Vigésima Primera Disposiciones Complementarias Finales de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de TREINTA MILLONES Y 00/100
SOLES (S/ 30 000 000,00) a favor de los pliegos Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), para financiar la generación de datos y cartografía orientados a mejorar metodologías y los procedimientos del Sistema Nacional de Focalización y el seguimiento de la política de desarrollo e inclusión social; y las actividades en el marco del Programa Presupuestal 0079: Acceso de la Población a la Identidad, respectivamente, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE:
2.0 Reserva de Contingencia 24 881 180.00
-------------------GASTO DE CAPITAL
2.0 Reserva de Contingencia 5 118 820,00
------------------- TOTAL EGRESOS 30 000 000.00
===========
A LA
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 002 : Instituto Nacional de Estadística e Informática UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Estadística e Informática CATEGORÍA PRESUPUESTAL : Acciones centrales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 400 000
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios ACTIVIDAD 5001960 : Elaboración de Marcos Muéstrales y Cartografía
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 4 731 180.00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 118 820.00
ACTIVIDAD 5001955 : Elaboración de Estadísticas Departamentales
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 350 000.00
ACTIVIDAD 5001976 : Encuesta Nacional de Hogares
GASTO CORRIENTES
2.3 Bienes y servicios 1 400 000.00
TOTAL PLIEGO 002 8 000 000.00
==========
PLIEGO 033 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil PROGRAMA PRESUPUESTAL 0079 : Acceso de la Población a la Identidad PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 3 000 000,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 000 000,00
PRODUCTO 3000217 : Población con Documento Nacional de Identidad ACTIVIDAD 5001695 : Otorgamiento de Documento Nacional de Identidad FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 6 500 000,00
PRODUCTO 3000221 : Población Cuenta con Acceso a Certificación Digital ACTIVIDAD 5001699 : Generación y Entrega de Certificación Digital FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 1 000 000,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 500 000,00
PRODUCTO 3000465 : Población de 0-3 Años con Documento Nacional de Identidad - Apoyo Social ACTIVIDAD 5003312 : Proceso de Emisión del DNI de la Población de 0-3 años FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 4 500 000,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 500 000,00
PRODUCTO 3000466 : Población de 4-17 Años con Documento Nacional de Identidad - Apoyo Social ACTIVIDAD 5003313 : Proceso de Emisión del DNI de la Población de 4-17 Años FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 1 000 000,00
PRODUCTO 3000467 : Población de 18-64 Años con Documento Nacional de Identidad - Apoyo Social
ACTIVIDAD 5003354 : Proceso de Emisión del DNI de la Población de 18-64 Años FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 1 000 000,00
PRODUCTO 3000468 : Población de 65 a más con Documento Nacional de Identidad - Apoyo Social ACTIVIDAD 5003386 : Proceso de Emisión del DNI de la Población de 65 Años a más FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 1 000 000,00
TOTAL PLIEGO 033 22 000 000,00
===========
TOTAL EGRESOS 30 000 000,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos materia de la Transferencia de Partidas a que se hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CLAUDIA MARÍA COOPER FORT
Ministra de Economía y Finanzas
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