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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 056-2018/SENAMHI Aprueban el Plan Operativo Institucional
3/26/2018
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 056-2018/SENAMHI Aprueban el Plan Operativo Institucional
Aprueban el Plan Operativo Institucional Modificado del Pliego 331: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI para el año fiscal 2018 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 056-2018/SENAMHI Lima, 22 de marzo de 2018 VISTO: El Informe Nº 010-2018/SENAMHI-OPP-IU, de fecha 15 de enero de 2018, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso iii) del numeral 7.2 del artículo 7 del Texto Único Ordenado -TUO de la Ley Nº 28411, Ley General del
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 056-2018/SENAMHI
Lima, 22 de marzo de 2018
VISTO:
El Informe Nº 010-2018/SENAMHI-OPP-IU, de fecha 15 de enero de 2018, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, el inciso iii) del numeral 7.2 del artículo 7 del Texto Único Ordenado -TUO de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que el Titular de la Entidad es responsable de concordar el Plan Operativo Institucional - POI y su Presupuesto Institucional con el Plan Estratégico Institucional - PEI;
Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del TUO de la Ley Nº 28411 establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y sus Presupuestos Institucionales deben tener en cuenta su PEI, que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDR y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales - PESEM;
Que, asimismo, el numeral 71.2 del artículo 71 del TUO de la Ley Nº 28411dispone que el Presupuesto Institucional se articula con el PEI de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades;
Que, de otro lado, el numeral 71.3 del artículo 71 del TUO de la Ley Nº 28411dispone que el POI debe refl ejar las metas presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las metas presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 174-2016-MINAM se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2021 del sector ambiente; y posteriormente, con Resolución Presidencial Ejecutiva Nº 270-2016/SENAMHI se aprobó el PEI 2017-2019 del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2017/SENAMHI se aprobó el POI del SENAMHI
para el año fiscal 2018;
Que, con Ley Nº 30693 se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018 y por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 227-2017-SENAMHI se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de gastos correspondiente al año fiscal 2018 del Pliego 331 -
Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI;
Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD se aprobó la "Guía para el Planeamiento Institucional" con el objetivo de establecer las pautas para la elaboración o modificación del PEI y del POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;
Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 062-2017-CEPLAN/PCD se modificó la "Guía para el Planeamiento Institucional" antes referida, estableciéndose en el numeral 6.3 de la misma dos momentos para la elaboración y aprobación del POI; siendo que, de acuerdo con el ítem I del referido numeral, en un primer momento la entidad elabora y aprueba su POI con la finalidad de orientar la asignación de recursos al logro de metas prioritarias, tomando en cuenta, entre otros, la asignación presupuestal y la estructura presupuestal del año vigente; y, de acuerdo al ítem II del mismo numeral, en un segundo momento la entidad realiza el proceso de ajuste del POI aprobado de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad;
Que, en virtud a las disposiciones contenidas en el numeral 6.3 de la "Guía para el Planeamiento Institucional"
corresponde realizar los ajustes al POI del SENAMHI para el año fiscal 2018;
Que, en ese sentido, mediante Informe Nº 010-2018-SENAMHI-PP-UI la Oficina de Planeamiento y Presupuesto formula el proyecto del Plan Operativo Institucional Modificado del SENAMHI para el año fiscal 2018;
Con el visado de la Secretaria General, del Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Director de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 24031 - Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú -SENAMHI, su modificatoria Ley Nº 27188; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2016-MINAM.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación Aprobar el Plan Operativo Institucional Modificado del Pliego 331: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI para el año fiscal 2018, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Ejecución Los objetivos, actividades y tareas contenidas en el Plan Operativo Institucional Modificado 2018, aprobado por el artículo precedente, se ejecutarán dentro del marco presupuestal autorizado por la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018 y la normativa presupuestal vigente.
Artículo 3.- Disposición Disponer que los responsables de los órganos del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI remitan a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, dentro de los quince (15) días calendarios de finalizado cada Trimestre, un informe de cumplimiento de las metas contenidas en el Plan Operativo Institucional Modificado del SENAMHI para el año fiscal 2018. La Oficina de Planeamiento y Presupuesto emitirá las pautas para elaborar los citados Informes.
Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y en el Portal Electrónico Institucional del SENAMHI (www.senamhi.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
KEN TAKAHASHI GUEVARA
Presidente Ejecutivo Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI
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