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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 079-2018-MIDIS Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional

Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 079-2018-MIDIS Lima, 16 de marzo de 2018 VISTOS: El Memorando Nº 202-2018-MIDIS/VMPS, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe Nº 019-2018-MIDIS/VMPS/DGCGPS, de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales; el Oficio Nº 164-2018-MIDIS-PNADP-DE, de la Dirección Ejecutiva del Programa
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 079-2018-MIDIS
Lima, 16 de marzo de 2018
VISTOS:

El Memorando Nº 202-2018-MIDIS/VMPS, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales;
el Informe Nº 019-2018-MIDIS/VMPS/DGCGPS, de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales; el Oficio Nº 164-2018-MIDIS-PNADP-DE, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS";
el Oficio Nº 086-2018-SERVIR/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil;
el Informe Técnico Nº 033-2018-SERVIR/GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; el Informe Nº 035-2018-MIDIS/PNADP-UPPM, de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"; el Informe Nº 035-2018-MIDIS/PNADP-URH, de la Unidad de Recursos Humanos del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS";
el Informe Nº 110-2018-MIDIS/SG/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Informe Nº 152-2018-MIDIS/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS, se crea el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS", como programa adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Que, con Resolución Ministerial Nº 278-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS";

Que, el artículo 79 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS, señala que los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social dependen del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; siendo uno de dichos programas, el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS";

Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, dispone que a través de Directiva emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR se regulará la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades;

Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE se aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH: "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE" (en adelante, la Directiva), modificada por Resolución de Presidencia Nº 057-2016-SERVIR-PE, en la que se incluyen, entre otros, los supuestos que habilitan a las entidades públicas a aprobar un Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional;

Que, el numeral 7.5 de la Directiva señala que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057. Asimismo, señala que el CAP Provisional sólo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo Nº 4 de la Directiva;

Que, el numeral 1.7 del Anexo Nº 4 de la Directiva señala como uno de los supuestos que habilitan a aprobar el CAP Provisional que, "Las entidades creadas bajo regímenes distintos al de la Ley Nº 30057 que cuenten con ROF o Manual de Operaciones vigente, pero que no cuenten con CAP o CAP Provisional, pueden tramitar la aprobación de un CAP Provisional siguiendo los lineamientos definidos en el presente anexo";

Que, el numeral 4.2 del Anexo Nº 4 de la Directiva dispone que la aprobación del CAP Provisional de las entidades del Gobierno Nacional, que incluye, entre otros, sus programas y proyectos adscritos, se realiza mediante Resolución Ministerial;

Que, a través del Informe Nº 035-2018-MIDIS/PNADP-URH, la Unidad de Recursos Humanos del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"
en su calidad de órgano responsable, propone y sustenta la necesidad de aprobar un CAP Provisional para el citado Programa, siendo que la referida propuesta cuenta con la opinión favorable de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del mencionado Programa, según Informe Nº 035-2018-MIDIS/PNADP-UPPM;

Que, mediante Oficio Nº 086-2018-SERVIR/PE la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil adjunta el Informe Técnico Nº 033-2018-SERVIR/ GDSRH, que constituye la opinión técnica previa favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1 del Anexo Nº 4 de la Directiva;

Que, con Oficio Nº 164-2018-MIDIS-PNADP-DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" solicita la aprobación del CAP Provisional del Programa, el mismo que cuenta con la conformidad del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, conforme se advierte del Memorando Nº 202-2018-MIDIS/VMPS;

Que, en atención a las consideraciones expuestas y de acuerdo con los documentos de Vistos, corresponde aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional-CAP Provisional propuesto, a fin de que el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" cuente con dicho documento de gestión;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley
de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y su modificatoria; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE que aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH
"Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS", el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis. gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ENRIQUE MELÉNDEZ CELIS
Ministro de Desarrollo e Inclusión Social

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