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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 108-2018-MC Modifican Tarifario de los servicios brindados por el

Modifican Tarifario de los servicios brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2018 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 108-2018-MC Lima, 23 de marzo de 2018 VISTOS, el Informe Nº 000030-2018/OOM/OGPP/ SG/MC de la Oficina de Organización y Modernización; el Memorando Nº 000196-2018/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de
Modifican Tarifario de los servicios brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 108-2018-MC
Lima, 23 de marzo de 2018
VISTOS, el Informe Nº 000030-2018/OOM/OGPP/ SG/MC de la Oficina de Organización y Modernización; el
Memorando Nº 000196-2018/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de sus objetivos y metas del Estado;

Que, el artículo 7 de la citada Ley contempla como funciones exclusivas del Ministerio de Cultura, entre otras, realizar acciones de promoción y difusión del patrimonio cultural de la nación; fomentar las artes, la creación y el desarrollo artístico a través de la organización, conducción, supervisión y evaluación de acciones públicas orientadas a tales fines, propiciando la presencia de las diferentes organizaciones culturales, facilitando el acceso de la población a las mismas; y, formular, proponer, ejecutar y establecer los planes, estrategias y acciones en materia de promoción cultural;

Que, el numeral 42.4 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, señala que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de una Resolución del Titular del Pliego establecen los requisitos y costos correspondientes a ellos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;

Que, en dicho marco, mediante Resolución Ministerial Nº 504-2017-MC, se aprobó el Tarifario de los servicios brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2018, el cual contiene los valores del boletaje y requisitos de ingreso a los Monumentos Arqueológicos Prehispánicos, Museos y Museos de Sitio a nivel nacional, así como otros servicios no exclusivos que brinda la entidad;

Que, a través de los Memorandos Nº 000018-2018/ OGA/SG/MC y Nº 000194-2018/OGA/SG/MC, la Oficina General de Administración propone incluir en el citado Tarifario algunos servicios no prestados en exclusividad en el Gran Teatro Nacional, para el ejercicio fiscal 2018 (Anexo 3 A); y, con el Memorando Nº 000040-2018/ DGIA/VMPCIC/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes solicita modificar las promociones del servicio no exclusivo de talleres de arte a su cargo (Anexo 5);

Que, mediante los documentos del Visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable para proceder a la modificación del citado Tarifario, recomendando incorporar el Anexo 3 A
denominado "Servicios no prestados en exclusividad para el ejercicio fiscal 2018 - Promoción y fomento de las actividades artísticas organizadas por los Elencos Nacionales y por la Coordinación y Programación del Gran Teatro Nacional a cargo del Ministerio de Cultura";
así como, modificar su Anexo 5 denominado "Servicios no prestados en exclusividad para el ejercicio fiscal 2018", el cual está referido tanto a servicios que brindan las direcciones de la Sede Central como las otras dependencias de la entidad;

Que, en tal sentido, se estima conveniente modificar el citado Tarifario, aprobado por Resolución Ministerial Nº 504-2017-MC;

De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Incorporar el Anexo 3 A denominado "Servicios no prestados en exclusividad para el ejercicio fiscal 2018 - Promoción y fomento de las actividades artísticas organizadas por los Elencos Nacionales y por la Coordinación y Programación del Gran Teatro Nacional a cargo del Ministerio de Cultura", que forma parte integrante de la presente resolución, en el Tarifario de los servicios brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2018, el cual contiene los valores del boletaje y requisitos de ingreso a los Monumentos Arqueológicos Prehispánicos, Museos y Museos de Sitio a nivel nacional, así como otros servicios no exclusivos, aprobado por Resolución Ministerial Nº 504-2017-MC.

Artículo 2.- Modificar el sub numeral 2 del numeral 5.4 del Anexo 5 denominado "Servicios no prestados en exclusividad para el ejercicio fiscal 2018", que forma parte del Tarifario al que se refiere el artículo precedente, estableciendo que la mensualidad en tres (3) cursos o en un (1) curso pagando tres (3) meses juntos tendrá la tarifa de S/ 100.00.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALEJANDRO NEYRA
Ministro de Cultura

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