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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 116-2018-MC Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del
3/29/2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 116-2018-MC Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del
Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del Pliego 003: Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 116-2018-MC Lima, 28 de marzo de 2018 VISTO, el Memorando Nº SS042-2018-OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, de conformidad con lo dispuesto en
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 116-2018-MC
Lima, 28 de marzo de 2018
VISTO, el Memorando Nº SS042-2018-OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las entidades para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), entre otros, según sea el caso;
Que, el numeral 71.2 del artículo 71 de la referida Ley, dispone que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades;
Que, asimismo, el numeral 71.3 del artículo 71 de la mencionada Ley dispone que los Planes Operativos Institucionales refl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar en cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho periodo, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 427-2016-MC se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017 - 2021 del Sector Cultura; y posteriormente, con Resolución Ministerial Nº 492-2016-MC se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2019 del Ministerio de Cultura;
Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", en cuyo numeral 7.3 de su artículo 7, se establece que los objetivos de los PESEM, los Planes Estratégicos Multisectoriales (PEM), los planes de desarrollo concertado (PDRC y PDLC) y los planes institucionales de cada entidad del sector público (PEI y el Plan Operativo Institucional-POI) se articulan con los objetivos estratégicos del PEDN y se orientan al logro de la visión de futuro concertada;
Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 062-2017-CEPLAN/PCD, se modificó la "Guía para el Planeamiento Institucional", aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD; la misma que establece las pautas para la elaboración, implementación, seguimiento, evaluación y mejora continua de las políticas y planes institucionales de las entidades, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;
Que, la sección 6 de la citada Guía establece que el Plan Operativo Institucional (POI) contiene la programación de las actividades operativas e inversiones necesarias para ejecutar las acciones estratégicas institucionales (AEI) definidas en el PEI, en un periodo anual, así como los recursos financieros y las metas físicas mensuales y anuales (programación física y financiera), en relación con las metas de los objetivos del PEI; asimismo, el numeral 6.3 señala que el POI es aprobado por el Titular de la entidad hasta el 31 de marzo;
Que, el artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que corresponde a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, entre otros, proponer a la Alta Dirección las políticas, planes, programas, proyectos y lineamientos, en las materias de su competencia, así como dirigir el proceso técnico de formulación, monitoreo y evaluación de los planes estratégicos y operativos, programas y proyectos de desarrollo sectorial, coordinando con los órganos y organismos involucrados;
Que, mediante el documento del Visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº SS 010-2018-OPL/OGPP/SG/MC de la Oficina de Planeamiento a su cargo, el cual contiene la propuesta del POI 2019 del Ministerio de Cultura, elaborado en coordinación con las unidades orgánicas y ejecutoras del Ministerio de Cultura, para su aprobación;
Que, atendiendo a lo expuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su condición de órgano encargado de formular y proponer a la Alta Dirección los planes y documentos de gestión organizacional, resulta pertinente aprobar el POI 2019;
De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, y modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 062-2017-CEPLANPCD;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Precisar que durante la etapa de ejecución del mencionado Plan, las actividades operativas aprobadas no constituyen por si solas, sustento suficiente para ser ejecutadas, debiéndose observar para su cumplimiento, los requisitos esenciales y las formalidades establecidas por la normatividad vigente.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALEJANDRO NEYRA
Ministro de Cultura
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