3/13/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 208-2018/MINSA Autorizan Transferencia Financiera del Pliego 011:

Autorizan Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 208-2018/MINSA Lima, 12 de marzo del 2018 Visto, el Expediente Nº 18-022594-001 que contiene los Memorándums Nºs. 128-2018-CP-CENARES/ MINSA y 228-2018-CENARES/MINSA del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud
Autorizan Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 208-2018/MINSA
Lima, 12 de marzo del 2018
Visto, el Expediente Nº 18-022594-001 que contiene los Memorándums Nºs. 128-2018-CP-CENARES/ MINSA y 228-2018-CENARES/MINSA del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES, y el Informe Nº 078-2018-OP-OGPPM/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del T exto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1157-2017/MINSA, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos para el Año Fiscal 2018 del Pliego 011: Ministerio de Salud;

Que, la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley antes acotada, autoriza durante el Año Fiscal 2018 al Ministerio de Salud para efectuar adquisiciones a través de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), de productos farmacéuticos, vacunas, dispositivos médicos, productos sanitarios y otros bienes necesarios para las intervenciones estratégicas definidas por el Ministerio de Salud, quedando autorizado a transferir financieramente, a favor del organismo internacional respectivo, con cargo a su presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecución de los convenios de cooperación técnica u otras de naturaleza análoga celebrados en el marco de lo establecido en la citada disposición;

Que, asimismo, el tercer párrafo de la citada Disposición Complementaria Final establece que las transferencias financieras autorizadas a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), se realizan mediante resolución del titular del pliego, que se publican en el diario oficial El Peruano;

Que, el artículo 121 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, indica que el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud es el órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, competente en materia de homologación, programación de necesidades, programación y desarrollo del abastecimiento, almacenamiento y distribución de los recursos estratégicos en Salud;

Que, el artículo 16 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modificatorias, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de la transferencia financiera;

Que, mediante Convenio Nº 002-2012/MINSA suscrito con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/ OMS), para la adquisición de vacunas, jeringas y otros insumos bajo solicitud y en representación del Ministerio de Salud, vigente a la fecha, conforme a lo señalado en el documento Referencia LEG/L/110/18 emitido por el organismo internacional antes citado, con fecha 28 de febrero de 2018;

Que, a través de los Memorándums de Visto, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES señala que se cuenta con el habilitante legal para realizar las adquisiciones a través de la modalidad de convenios de cooperación técnica, por lo que solicita la transferencia financiera a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), en el marco de lo dispuesto en la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693;

Que, conforme a lo señalado en el Informe de Visto, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización resulta necesario autorizar la transferencia financiera del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de TREINT A Y CINCO MILLONES CUA TROCIENTOS
CINCUENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100
SOLES (S/ 35 450 581,00), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), para financiar la adquisición de los productos para las Estrategias;
señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial;

Con el visado de la Directora General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modificatorias; y, la "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011:

Ministerio de Salud hasta por la suma de TREINTA Y
CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 35
450 581,00), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Autorización Financiada la adquisición de los productos para las estrategias del Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, se autoriza el uso de los saldos que pudieran generarse para la adquisición de otros productos similares (productos farmacéuticos, dispositivos médicos, productos sanitarios) por parte de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA)
a solicitud del Ministerio de Salud, en el marco de los respectivos convenios de colaboración o análogos, según lo autorizado por Ley, y siempre que se haya cumplido con asegurar el abastecimiento de los productos requeridos.

Artículo 3.- Financiamiento 3.1 La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el
presente Año Fiscal de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES del Pliego 011: Ministerio de Salud por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, para lo cual la citada Unidad Ejecutora deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

3.2 La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES, hará efectivo los desembolsos hasta el importe establecido en el artículo 1, en concordancia con los convenios y memorandos de entendimiento suscritos con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/ OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA).

Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud -
CENARES, coordinará con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), el envío del estado de cuentas, derivados de las adquisiciones efectuadas con los recursos señalados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial, en concordancia con los términos contemplados en los Convenios y Memorando de Entendimiento suscritos con dichos organismos internacionales.

Artículo 6.- Información La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud -
CENARES, remitirá a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del MINSA, información trimestral, bajo responsabilidad, de los desembolsos efectuados a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina Transparencia y Anticorrupción de la Secretaria General la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ABEL HERNÁN JORGE SALINAS RIVAS
Ministro de Salud

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