4/07/2018

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 014-2018-SUNASS-CD

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 014-2018-SUNASS-CD Lima, 4 de abril de 2018 VISTO: El Memorándum Nº 168-2018-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta para el quinquenio regulatorio 2018-2023 de: i) fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EPS EMSAPA CALCA S.A. 1 , y ii) costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 014-2018-SUNASS-CD
Lima, 4 de abril de 2018
VISTO:

El Memorándum Nº 168-2018-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta para el quinquenio regulatorio 2018-2023 de: i) fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EPS EMSAPA CALCA S.A.

1
, y ii) costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 016-2017-SUNASS-GRT se inició el procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de EPS EMSAPA CALCA S.A.;

Que, conforme a lo establecido en los artículos 25, 26
y 52 del Reglamento General de Tarifas 2
, corresponde en esta etapa del procedimiento: i) publicar en el diario oficial El Peruano y en la página web de la SUNASS el proyecto de resolución, así como su exposición de motivos, que establecería la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales y ii) convocar a audiencia pública para que la SUNASS exponga el referido proyecto;

Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de las gerencias de Asesoría Jurídica, Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 21 de marzo de 2018;

HA RESUELTO:

Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de resolución que establecería: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EPS EMSAPA CALCA S.A
en el quinquenio regulatorio 2018-2023 y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios.

Artículo 2º.- Disponer la publicación en el diario oficial El Peruano del proyecto de resolución a que se refiere el artículo anterior y sus anexos, así como su exposición de motivos.

Artículo 3.- Disponer la publicación en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe) del proyecto a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sus anexos, su exposición de motivos y el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serían aplicados por EPS EMSAPA CALCA S.A. en el quinquenio regulatorio 2018-2023, y la notificación de lo antes mencionado a la referida empresa.

1
Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Calca Sociedad Anónima.

2
Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y sus modificatorias.
{G}PROYECTO
77
Sábado 7 de abril de 2018
El Peruano / de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, y ii)
realizar la audiencia pública correspondiente el -- de - de --;

Que, la Gerencia de Regulación Tarifaria ha evaluado los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública, conforme se aprecia en Anexo Nº-- del estudio tarifario que sustenta la propuesta final de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por EPS EMSAPA CALCA S.A para el quinquenio regulatorio 2018-2023;

Que, sobre la base del estudio tarifario, corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de la EPS EMSAPA
CALCA S.A. y disponer la constitución del fondo para financiar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa;

Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma, considerando el efecto del cambio climático;

Que, teniendo en cuenta la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento 3
y su reglamento 4
, se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven a la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos;

Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de las gerencias de Asesoría Jurídica, Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del -- de -- de --;

HA RESUELTO:

Artículo 1º.- Aprobar las metas de gestión que deberá cumplir EPS EMSAPA CALCA S.A. en el quinquenio regulatorio 2018-2023, así como los mecanismos de evaluación de su cumplimiento, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 1 de la presente resolución.

Artículo 2º.- Aprobar la fórmula tarifaria que aplicará EPS EMSAPA CALCA S.A durante el quinquenio regulatorio 2018-2023, de acuerdo a lo especificado en el Anexo Nº 2 de la presente resolución.

Artículo 3º.- Aprobar la estructura tarifaria del quinquenio regulatorio 2018-2023 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda EPS EMSAPA
CALCA S.A., conforme al detalle contenido en el Anexo Nº 3 de la presente resolución.

Artículo 4º.- Disponer la creación de: el fondo para financiar las inversiones con recursos internamente generados por la empresa prestadora (fondo de inversiones), la reserva para la Gestión del Riesgo de Desastres y Adaptación al Cambio Climático, y la reserva para la implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos.

Para constituir el fondo de inversiones, la reserva para la Gestión del Riesgo de Desastres y Adaptación al Cambio Climático, y la reserva para la implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos, EPS EMSAPA CALCA S.A deberá abrir las respectivas cuentas en el sistema bancario, así como depositar mensualmente durante los años del quinquenio regulatorio 2018-2023, los porcentajes de ingresos por la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado y cargo fijo (sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal) que se indican en el Anexo Nº 4 de la presente resolución.

Si se comprobara un uso distinto de los recursos o que no se hayan efectuado las transferencias correspondientes, tanto al fondo de inversiones como a las reservas antes señaladas, la SUNASS comunicará este hecho al titular de las acciones representativas del capital social de EPS EMSAPA CALCA S.A y a la Contraloría General de la República.

Artículo 5º.- Aprobar los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que EPS EMSAPA CALCA S.A presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 5 de la presente resolución y resultan de aplicación a partir del día siguiente de su publicación.

Artículo 6º.- El inicio del quinquenio regulatorio y la aplicación de la estructura tarifaria aprobada se considerarán a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la publicación de la presente resolución.

Artículo 7º.- La presente resolución, sus anexos y su exposición de motivos deberán publicarse en el diario oficial El Peruano y en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). El estudio tarifario se publicará en la página web de la SUNASS.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

IVÁN LUCICH LARRAURI
Presidente del Consejo Directivo
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. SUSTENTO TÉCNICO DE LA FÓRMULA
TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA, METAS DE
GESTIÓN Y COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE
MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA
DETERMINAR LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS
COLATERALES DE EPS EMSAPA CALCA S.A.

El estudio tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico con la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EPS EMSAPA CALCA S.A. para el quinquenio regulatorio 2018-2023. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotación e inversión eficientes de la empresa, que figuran en el citado estudio tarifario, el cual comprende básicamente los aspectos contemplados en el Anexo N
o 2 del Reglamento General de Tarifas 5
.

Asimismo, se ha evaluado la propuesta final de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serán aplicados por EPS EMSAPA CALCA S.A. Dicha evaluación ha sido elaborada sobre la base de la cantidad y rendimientos de los recursos identificados por la empresa prestadora, así como los precios unitarios recabados por la SUNASS en el mercado local y los costos de personal incurridos por la empresa.

II. CONSIDERACIONES LEGALES
De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 27332
6
, y los artículos 24 y 26 del Reglamento General de la SUNASS
7
, la SUNASS es competente para establecer la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento.

Asimismo, el artículo 70 del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, señala que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad y los procedimientos aplicables a la regulación económica de los servicios de saneamiento, que comprende, entre otros, la fijación de tarifas a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento.

3
Decreto Legislativo Nº 1280, publicado el 29 de diciembre del 2016 en el Diario Oficial El Peruano.

4
Aprobado con Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, publicado el 26 de junio de 2017 en el Diario Oficial El Peruano.

5
Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y sus modificatorias.

6
Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos.

7
Aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM.
{G}PROYECTO
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Sábado 7 de abril de / El Peruano Por su parte, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, en su artículo 167, establece que la regulación económica tiene por finalidad propiciar progresivamente el incremento de la eficiencia técnica y económica, la sostenibilidad económico-financiera y ambiental en la prestación de los servicios de saneamiento, la equidad y el equilibrio económico-financiero de los prestadores de servicios regulados, el aseguramiento de la calidad integral en la prestación del servicio y, la racionalidad en el consumo.

III. IMPACTO ESPERADO
La aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, aplicables por EPS EMSAPA CALCA S.A. favorece, por un lado, a la empresa y, por el otro, a la población atendida.

A la empresa prestadora, debido a que su aplicación coadyuvará a su sostenibilidad económica y viabilidad financiera; y a la población, porque se beneficiará del compromiso de la empresa refl ejado en las metas de gestión, cuyo cumplimiento traerá consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios.

ANEXO Nº 1
METAS DE GESTIÓN DE EPS EMSAPA CALCA S.A.

PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2018-2023
Y MECANISMOS DE EVALUACIÓN
A. METAS DE GESTIÓN
Metas de Gestión a Nivel de EPS
Metas de Gestión Unidad de Medida Año 0 Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5
Instalación anual de Medidores 1/
Nº - 194 309 300 347 373
Continuidad promedio Horas/ día 15 16 16 17 18 18
Relación de trabajo 2/ % 94,5 95 88 87 81 80
Digitalización del catastro comercial de agua potable y alcantarillado % - 40 90 100 100 100
1/ Se refiere a la instalación de medidores por primera vez, financiados por el OTASS en el primer año regulatorio (194) y con recursos internamente generados por la empresa durante los siguientes años del quinquenio regulatorio.

2/ Se obtiene de dividir los costos totales de operación (deducidos la depreciación, amortización de intangibles, costos por servicios colaterales, provisión por cobranza dudosa y la Reserva para la Gestión de Riesgo de Desastres, Adaptación al Cambio Climático, e Implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos) entre los ingresos operacionales totales (referidos al importe facturado por servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo).

B. EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE METAS
DE GESTIÓN POR PARTE DE EPS EMSAPA CALCA
S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2018-2023
I.- DEFINICIONES
Año: Es el periodo que comprende un año calendario computado a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la publicación de la presente resolución.
Índice de Cumplimiento Individual a nivel de EPS (ICI a nivel de EPS): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento del Valor Meta de un determinado Indicador Meta a nivel EPS y en un año regulatorio en específico. Se expresa en porcentaje.

El ICI a nivel de EPS de las Metas de Gestión, serán determinados aplicando las siguientes ecuaciones:
• Para la Meta de Gestión "Instalación Anual de Medidores":
ܫܥܫ ௜ൌቆ σ ܸܱ
௔ ௜ ௔ୀଵ σ ܸܯ ௔ ௜ ௔ୀଵ ቇൈͳͲͲ Donde:
i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir.
a : son los años hasta llegar a "i".
• Para las Metas de Gestión "Continuidad Promedio" y "Digitalización del Catastro Comercial de Agua Potable y Alcantarillado":
ܫܥܫ ௜ ൌ ܸ݈ܽ݋ݎܱܾݐ݁݊݅݀݋
௜ ܸ݈ܽ݋ݎܯ݁ݐܽ ௜ ൈͳͲͲ
Donde:
i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir.

En el caso de la Meta de Gestión "Continuidad promedio" el valor resultante deberá redondearse a valor más cercano sin decimales.
• Para la Meta de Gestión "Relación de Trabajo":
ܫܥܫ ௜ ൌ ܸ݈ܽ݋ݎܯ݁ݐܽ
௜ ܸ݈ܽ݋ݎܱܾݐ݁݊݅݀݋ ௜ ൈͳͲͲ
Donde:
i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir.

Para efectos de la evaluación del cumplimiento de las metas de gestión señaladas, si el ICI resulta mayor al 100%, se considerará un cumplimiento individual del 100%.
Índice de Cumplimiento Global (ICG): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento promedio de las metas de gestión en un año regulatorio.

Se define como la media aritmética de los ICI a nivel EPS de cada meta de gestión. Se expresa en porcentaje, de la siguiente manera:
ܫܥܩ ௜ൌ෍
ܫܥܫ ௜ ௡ ܰ ே ௡ୀଵ
Donde:

N : es el número total de metas de gestión.
i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir.

Metas de Gestión: Son los parámetros son aprobadas por el Consejo Directivo para el seguimiento y evaluación sistémica del cumplimiento del programa de inversiones y las acciones de mejora en la gestión de la empresa prestadora, establecidos en el estudio tarifario.

Valor Año Base (VAB): Es el valor de la meta de gestión, establecido por el Consejo Directivo, que indica la "situación" en el Año 0.

Valor Meta (VM): Es el valor de la meta de gestión, establecido por el Consejo Directivo, que indica el objetivo a alcanzar por la empresa prestadora.

Valor Obtenido (VO): Es el valor de la meta de gestión alcanzado por la empresa prestadora como resultado de la gestión realizada durante el año regulatorio.
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El Peruano /
II.- SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LAS
METAS DE GESTIÓN BASE
Para efecto de las acciones de supervisión, fiscalización y sanción, la Sunass verificará que al final de cada año del quinquenio regulatorio EPS EMSAPA
CALCA S.A. haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones:
- El 85% del ICG
- El 80% del ICI a nivel de EPS
El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior.

ANEXO Nº 2
FÓRMULA TARIFARIA DE EPS EMSAPA
CALCA S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO
2018-2023 Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DE
LOS INCREMENTOS TARIFARIOS
A. INCREMENTOS TARIFARIOS
1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado
T
1
= T
o (1 + 0.136*) (1 + Φ)T
1
= T
o (1 + 0.136*) (1 + Φ)
T
2
= T
1 (1 + 0.150) (1 + Φ)T
2
= T
1 (1 + 0.150) (1 + Φ)
T
3
= T
2 (1 + 0.000) (1 + Φ)T
3
= T
2 (1 + 0.000) (1 + Φ)
T
4
= T
3 (1 + 0.136) (1 + Φ)T
4
= T
3 (1 + 0.110) (1 + Φ)
T
5
= T
4 (1 + 0.000) (1 + Φ)T
5
= T
4 (1 + 0.000) (1 + Φ)
Donde
T
o : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente
T
1
: Tarifa media que corresponde al año 1
T
2
: Tarifa media que corresponde al año 2
T
3
: Tarifa media que corresponde al año 3
T
4
: Tarifa media que corresponde al año 4
T
5
: Tarifa media que corresponde al año 5
Φ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor *Para el primer año regulatorio, se ha establecido el reordenamiento de la estructura tarifaria que deberá aplicar EPS EMSAPA CALCA S.A., el cual se traduce en un incremento de sus ingresos del orden del 13,6%.

El impacto tarifario por tipo de usuario, producto del reordenamiento mencionado, se muestra en el estudio tarifario.

Los incrementos tarifarios de 15% en el segundo año regulatorio, tanto en agua potable como en alcantarillado, así como los incrementos tarifarios del cuarto año regulatorio, de 13.6% en agua potable y 11% en alcantarillado, serán destinados a cubrir: i) los costos de operación y mantenimiento de la empresa prestadora, ii)
los costos de inversión de los proyectos a ser financiados con recursos internamente generados; iii) la Gestión de Riesgo de Desastres y Adaptación al Cambio Climático, y iv) la implementación de Mecanismos de Retribución de Servicios Ecosistémicos.

B. CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS
INCREMENTOS TARIFARIOS
La verificación por el organismo regulador del cumplimiento de las metas de gestión autoriza a EPS
EMSAPA CALCA S.A., a aplicar los incrementos tarifarios considerados en la fórmula tarifaria.

Los incrementos tarifarios del segundo y cuarto años regulatorios se aplicarán en forma proporcional al porcentaje del ICG obtenido al término del primer y tercer años regulatorios, respectivamente. La empresa prestadora podrá acceder al saldo de los referidos incrementos tarifarios en los siguientes años del quinquenio regulatorio, en forma proporcional al ICG
obtenido en cada año.

EPS EMSAPA CALCA S.A., deberá acreditar ante la Gerencia de Supervisión y Fiscalización de la SUNASS el cumplimiento del ICG obtenido para la aplicación de los referidos incrementos tarifarios.

ANEXO Nº 3
ESTRUCTURA TARIFARIA DEL QUINQUENIO
REGULATORIO 2018-2023 PARA LOS SERVICIOS
DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE
EPS EMSAPA CALCA S.A.

Cargo fijo (S//Mes): 1.44 se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas.

Estructura tarifaria:

Para la estructura tarifaria propuesta, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago.

En concordancia con los criterios de reordenamiento tarifario establecidos en el Reglamento General de Tarifas, se efectuaron las siguientes modificaciones en las estructuras tarifarias:
• Se ha establecido una única tarifa para los usuarios no residenciales (Comercial y Otros, Industrial y Estatal).
• La tarifa del primer rango de la categoría doméstica se iguala a la tarifa de la categoría social.

I. Estructura Tarifaria Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE RANGOS TARIFA (S//m 3
)
CATEGORÍA (m 3
/mes) Año 1
RESIDENCIAL
Social 0 a más 0.460
Doméstico 0 a 10 0.460
10 a más 0.720
NO RESIDENCIAL
Comercial y Otros 0 a más 0.800
Industrial 0 a más 0.800
Estatal 0 a más 0.800
Nota: Las tarifas no incluyen IGV.

Cargo por Volumen de Alcantarillado CLASE RANGOS TARIFA (S//m 3
)
CATEGORÍA (m 3
/mes) Año 1
RESIDENCIAL
Social 0 a más 0.0849
Doméstico 0 a 10 0.0849
10 a más 0.1200
NO RESIDENCIAL
Comercial y Otros 0 a más 0.1200
Industrial 0 a más 0.1200
Estatal 0 a más 0.1200
Nota: Las tarifas no incluyen IGV.

Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m 3
/mes)
Social Doméstico Comercial y Otros Industrial Estatal 15 15 30 100 50
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Sábado 7 de abril de / El Peruano Nota: (1) Con la finalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, aquellos usuarios que no acepten la micromedición, tendrán una asignación equivalente al doble de la asignación correspondiente, según su categoría.

Para determinar el importe a facturar por los servicios de agua potable, se aplicará el siguiente procedimiento:
a. A los usuarios de las categorías social, comercial y otros, industrial y estatal se les aplicará la tarifa correspondiente a todo el volumen consumido.
b. A los usuarios de la categoría doméstico, se les aplicará las tarifas establecidas para cada nivel de consumo, de acuerdo al procedimiento siguiente:
• Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del primer rango (0 a 10 m 3
), se les aplicará la tarifa correspondiente a dicho rango.
• Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del segundo rango (más de 10 m 3
), se les aplicará:
i) la tarifa correspondiente al primer rango por los primeros 10 m 3
consumidos, y ii) la tarifa correspondiente al segundo rango por el volumen en exceso de 10 m 3
. La suma de los resultados parciales determinará el importe a facturar.

La determinación del importe a facturar para el servicio de alcantarillado, se realizará utilizando el mismo procedimiento descrito para el servicio de agua potable, según la categoría tarifaria correspondiente.

La empresa prestadora dará a conocer a los usuarios la estructura tarifaria que se derive de la aplicación de los incrementos previstos en la fórmula tarifaria y los reajustes de tarifa que se efectúen por efecto de la infl ación utilizando el Índice de Precios al por Mayor (IPM).

ANEXO Nº 4
FONDO DE INVERSIONES Y RESERVAS DE EPS
EMSAPA CALCA S.A PARA EL QUINQUENIO
REGULATORIO 2018-2023
Fondo de Inversiones Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 1 4%
Año 2 10%
Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 3 10%
Año 4 14%
Año 5 14%
1/ Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal.

Reserva para la Gestión de Riesgos de Desastres y Adaptación al Cambio Climático Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 1 0.5%
Año 2 0.5%
Año 3 0.5%
Año 4 0.5%
Año 5 0.5%
1/ Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal.

Reserva para la Implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 1 0.5%
Año 2 1.5%
Año 3 1.5%
Año 4 1.5%
Año 5 1.5%
1/ La reserva deberá destinarse exclusivamente para la implementación de los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE) conforme con lo establecido en el Estudio Tarifario, cuyo aporte promedio por conexión es de S/ 0.21. La empresa prestadora deberá comunicar a través del comprobante de pago el aporte que realiza el usuario para la implementación de MRSE. Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal.

ANEXO Nº 5
COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA ESTABLECER
LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES DE EPS EMSAPA CALCA S.A. PARA EL QUINQUENIO
REGULATORIO 2018-2023
Actividad Medida Costo
S/ Instalación de conexión domiciliaria de agua potable
SERIE DE 1/2"
Instalación de un metro de tubería de 1/2" de PVC Global 7.08
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 2" con 1/2" S/ - Metro 266.35
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 3" con 1/2" S/ - Metro 271.10
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 4" con 1/2" S/ - Metro 275.73
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 6" con 1/2" S/ - Metro 343.32
SERIE DE 3/4"
Instalación de UN metro de tubería de 3/4" de PVC: Unidad m. Global 9.70
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 2" con 3/4" S/ - Metro 344.11
{G}PROYECTO
81
Sábado 7 de abril de 2018
El Peruano / Actividad Medida Costo
S/ Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 3" con 3/4" S/ - Metro 351.03
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 4" con 3/4" S/ - Metro 356.81
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 6" con 3/4" S/ - Metro 432.45
SERIE DE 1"
Instalación de UN metro de tubería de 1" de PVC Global 11.96
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 2" con 1" S/ - Metro 401.13
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 3" con 1" S/ - Metro 409.21
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 4" con 1" S/ - Metro 418.45
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 6" con 1" S/ - Metro 441.81
SERIE DE 1 1/4 "
Instalación de UN metro de tubería de 1 1/2" de PVC Global 13.26
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 2" con 1 1/4" S/ - Metro 475.57
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 3" con 1 1/4" S/ - Metro 484.81
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 4" con 1 1/4" S/ - Metro 497.49
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 6" con 1 1/4" S/ - Metro 520.86
SERIE DE 1 1/2 "
Instalación de UN metro de tubería de 1 1/2" de PVC: Unidad m. Global 16.85
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 4" con 1 1/2" S/ - Metro 569.30
Instalación de Caja de Medidor, Accesorios y Empalme a la Red de 6" con 1 1/2" S/ - Metro 592.66
Instalación de conexiones domiciliarias de alcantarillado
INSTALACIÓN DE CAJAS Y EMPALME A COLECTOR
Instalación de Conexión de Alcantarillado de 6" con Empalme a Colector de 8" S/. X Und. 169.68
Instalación de Conexión de Alcantarillado de 6" con Empalme a Colector de10" S/. X Und. 179.42
Instalación de Conexión de Alcantarillado de 8" con Empalme a Colector de10" S/. X Und. 188.10
INSTALACIÓN DE TUBERÍAS
Instalación de Tubería de Alcantarillado de 6" S/. X Metro 19.78
Instalación de Tubería de Alcantarillado de 8" S/. X Metro 28.46
Ampliación de conexión domiciliaria de agua potable Ampliación de la conexión de 1/2" a 3/4" S/. X Und. 300.49
Ampliación de la conexión de 1/2" a 1" S/. X Und. 330.79
Ampliación de la conexión de 1/2" a 1 1/4" S/. X Und. 410.27
Ampliación de la conexión de 1/2" a 1 1/2" S/. X Und. 456.89
Ampliación de la Conexión de 3/4" a 1" S/. X Und. 330.79
Ampliación de la conexión de 3/4" a 1 1/4" S/. X Und. 410.27
Ampliación de la conexión de 3/4" a 1 1/ 2" S/. X Und. 456.89
Ampliación de la Conexión de 1" a 1 1/4" S/. X Und. 410.27
Ampliación de la conexión de 1" a 1 1/2" S/. X Und. 456.89
Ampliación de la conexión de 1 1/4" a 1 1/2" S/. X Und. 456.89
Instalación de un metro de tubería de 1/2" de PVC S/. X m. 7.08
Instalación de un metro de tubería de 3/4" de PVC S/. X m. 9.70
Instalación de un metro de tubería de 1" de PVC S/. X m. 11.96
Instalación de un metro de tubería de 1 1/4" de PVC S/. X m. 13.26
{G}PROYECTO
82
Sábado 7 de abril de / El Peruano
{G}PROYECTO
Actividad Medida Costo
S/ Instalación de un metro de tubería de 1 1/2" de PVC S/. X m. 16.85
Retiro de Conexiones domiciliarias Retiro de caja y corte en corporation de conexión de agua potable de 1/2", 3/4" y 1" S/. X Und. 6.10
Retiro de caja y corte en corporation de conexión de agua potable de 11/4" y 1 1/2" S/. X Und. 15.47
Retiro de Conexión de Alcantarillado S/. X Und. 32.98
Reubicación de cajas de medidor de conexiones domiciliarias Reubicación de caja de medidor de 1/2" S/. X Und. 224.38
Reubicación de caja de medidor de 3/4" S/. X Und. 247.01
Reubicación de caja de medidor de 1" S/. X Und. 265.24
Reubicación de caja de medidor de 1 1/4" S/. X Und. 320.00
Reubicación de caja de medidor de 1 1/2" S/. X Und. 360.29
Reubicación de Conexión de 6" con Empalme a Colector de 8" y 10" S/. X Und. 170.46
Reubicación de Conexión de 8" con Empalme a Colector de 10" S/. X Und. 188.88
Factibilidad de Servicios Costo por Factibilidad de Servicios Para Nuevas Conexiones de Agua Potable S/. / Conex. 49.80
Costo por Factibilidad de Servicios Para Nuevas Conexiones de Alcantarillado S/. / Conex. 49.80
Costo de Factibilidad de Servicios Para Habilitaciones Urbanas - Agua Potable S/. / Ha 132.44
Costo de Factibilidad de Servicios Para Habilitaciones Urbanas - Alcantarillado S/. / Ha 132.44
Cierre y reapertura de servicios Cierre Simple de conexión de agua potable de 1/2" S/. X Und. 15.51
Cierre Simple de conexión de agua potable de 3/4" S/. X Und. 17.24
Cierre Simple de conexión de agua potable de 1" S/. X Und. 18.96
Cierre Simple de conexión de agua potable de 1 1/4" S/. X Und. 21.60
Cierre Simple de conexión de agua potable de 1 1/ 2" S/. X Und. 28.66
Reapertura de conexión de agua potable de 1/2" S/. X Und. 11.37
Reapertura de conexión de agua potable de 3/4" S/. X Und. 14.70
Reapertura de conexión de agua potable de 1" S/. X Und. 14.70
Reapertura de conexión de agua potable de 1 1/4" S/. X Und. 16.98
Reapertura de conexión de agua potable de 1 1/2" S/. X Und. 19.25
Cierre con retiro de 1/2 m de tubería antes de la caja en conexión de 1/2" S/. X Und. 19.12
Cierre con retiro de 1/2 m de tubería antes de la caja en conexión de 3/4" S/. X Und. 22.86
Cierre con retiro de 1/2 m de tubería antes de la caja en conexión de 1" S/. X Und. 25.85
Cierre con retiro de 1/2 m de tubería antes de la caja en conexión de 1 1/4" S/. X Und. 26.42
Cierre con retiro de 1/2 m de tubería antes de la caja en conexión de 1 1/2" S/. X Und. 29.84
Reapertura con reposición de 1/2 m de tubería antes de la caja en conexión de 1/2" S/. X Und. 23.26
Reapertura con reposición de 1/2 m de tubería antes de la caja en conexión de 3/4" S/. X Und. 26.81
Reapertura con reposición de 1/2 m de tubería antes de la caja en conexión de 1" S/. X Und. 31.79
Reapertura con reposición de 1/2 m de tubería antes de la caja en conexión de 1 1/4" S/. X Und. 33.18
Reapertura con reposición de 1/2 m de tubería antes de la caja en conexión de 1 1/2" S/. X Und. 38.78
Cierre de conexión de alcantarillado con obstrucción de caja S/. X Und. 26.17
Reapertura de conexión de alcantarillado con Cierre Simple S/. X Und. 18.37
Cierre de conexión de alcantarillado con Retiro de 1/2 m. de tubería S/. X Und. 31.20
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Sábado 7 de abril de 2018
El Peruano / Actividad Medida Costo
S/ Reapertura de conexión de alcantarillado con Cierre Drástico S/. X Und. 47.59
Revisión de proyectos Revisión de Proyectos S/. X Hora 132.14
Supervisión de obras Supervisión de Obras S/. X Hora 204.58
Pavimentos Rotura y reposición de pavimento asfáltico: S/. X m 2
63.98
Rotura y reposición de pavimento de concreto: S/. X m 2
71.10
Rotura y reposición de pavimento mixto asfalto en caliente y concreto: S/. X m 2
118.35
Rotura y reposición de veredas de concreto: S/. X m 2
64.61
Rotura y reposición de sardinel S/. X m. 55.00
Movimientos de tierras
TERRENO NORMAL - CON EXCAVACIÓN MANUAL
Excavación y refine de zanja, Manual en Terreno Normal S/. X m 3
30.01
Cama de apoyo, relleno y compactación, Manual en Terreno Normal S/. X m 3
31.21
Eliminación de desmonte y limpieza de terreno, Manual en terreno Normal S/. X m 3
25.09
TERRENO SEMI ROCOSO - CON EXCAVACIÓN MANUAL
Excavación y refine Zanja, Manual en terreno Semi Rocoso S/. X m 3
127.67
Cama de apoyo, relleno y compactación, Manual en terreno SR S/. X m 3
77.47
Eliminación de desmonte y limpieza de terreno, Manual en terreno SR S/. X m 3
8.53
TERRENO ROCOSO - CON EXCAVACIÓN MANUAL
Excavación y refine zanja, Manual en terreno Rocoso S/. X m 3
270.35
Cama de Apoyo, relleno y compactación, Manual en Terreno Rocoso S/. X m 3
48.55
Eliminación de desmonte y limpieza de terreno, Manual en terreno Rocoso S/. X m 3
27.58
TERRENO NORMAL - CON EXCAVACIÓN A MAQUINA
Excavación y refine de zanja, A Maquina en Terreno Normal S/. X m 3
44.01
Cama de apoyo, relleno y compactación, A Maquina en Terreno Normal S/. X m 3
31.21
Eliminación de desmonte y limpieza de terreno, A Maquina en Terreno Normal S/. X m 3
25.09
TERRENO SEMI ROCOSO - CON EXCAVACIÓN A MAQUINA
Excavación y refine de Zanja, A maquina en terreno Semi Rocoso S/. X m 3
146.11
Cama de apoyo, relleno y compactación, A maquina en terreno SR S/. X m 3
77.47
Eliminación de desmonte y limpieza de terreno, A maquina en terreno SR S/. X m 3
8.53
TERRENO ROCOSO - CON EXCAVACIÓN A MAQUINA
Excavación y refine de zanja, A Maquina en Terreno Rocoso S/. X m 3
102.39
Cama de Apoyo, relleno y compactación, A Maquina en Terreno Rocoso S/. X m 3
48.55
Eliminación de desmonte y limpieza de terreno, A maquina en terreno Rocoso S/. X m 3
27.58
NOTAS:

1. Para el cálculo de los precios de las actividades unitarias se han considerado los insumos con los precios de la localidad y los rendimientos de los insumos propuestos por la empresa.

2. Los costos unitarios directos incluyen mano de obra, materiales, maquinarias, equipos, herramientas, gastos generales y utilidad. No incluye el Impuesto Generala a las ventas (IGV).

3 Para determinar el precio del servicio colateral deberá agregarse al costo directo resultante el IGV.

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