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RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO GENERAL N° 013-2018-TR/SG Oficializan el III Congreso Internacional de
4/05/2018
RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO GENERAL N° 013-2018-TR/SG Oficializan el III Congreso Internacional de
Oficializan el III Congreso Internacional de Derecho Procesal del Trabajo, a realizarse en la ciudad de Cajamarca RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO GENERAL Nº 013-2018-TR/SG Lima, 2 de abril de 2018 VISTOS: La carta de fecha 16 de marzo de 2018 de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social - SPDTSS y el Informe Nº 755-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones
RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO GENERAL Nº 013-2018-TR/SG
Lima, 2 de abril de 2018
VISTOS: La carta de fecha 16 de marzo de 2018 de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social - SPDTSS y el Informe Nº 755-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece que dicho Portafolio tiene competencias exclusivas y excluyentes respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en las siguientes materias: sociolaborales, derechos fundamentales en el ámbito laboral, seguridad y salud en el trabajo, relaciones de trabajo, seguridad social, inspección del trabajo, promoción del empleo, intermediación laboral, entre otras;
Que, mediante el literal g) del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 001-2018-TR, Delegan determinadas facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio, se delega al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el Ejercicio Fiscal 2018, la facultad de oficializar eventos con entidades y/o instituciones públicas y/o privadas, siempre y cuando no irroguen gastos a la entidad;
Que, la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social - SPDTSS, asociación civil sin fines de lucro, cuya finalidad principal es la de promover en el Perú el conocimiento, la investigación y el estudio multidisciplinario del derecho del trabajo y de la seguridad social, ha programado realizar el III Congreso Internacional de Derecho Procesal del Trabajo en la ciudad de Cajamarca los días 25, 26 y 27 de abril del año en curso;
Que, en el referido evento se tratarán temas vinculados al derecho del trabajo y de la seguridad social, que serán debatidos por expertos nacionales y destacados expositores extranjeros que intervendrán con conferencias magisteriales en dichas materias;
Que, en atención a las consideraciones expuestas, corresponde emitir el acto de administración interna que oficialice el evento a que se refiere el tercer considerando de la presente resolución;
Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR y el literal g) del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 001-2018-TR, Delegan determinadas facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar carácter oficial al III Congreso Internacional de Derecho Procesal del Trabajo, organizado por la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social - SPDTSS, a realizarse en la ciudad de Cajamarca los días 25, 26 y 27 de abril de 2018.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob. pe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Jefa de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
YURI ALEJANDRO CHESSMAN OLAECHEA
Secretario General
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