4/26/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 134-2018-MIDIS Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional

Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 134-2018-MIDIS Lima, 25 de abril de 2018 VISTOS: El Memorando Nº 319-2018-MIDIS/VMPS, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Oficio Nº 324-2018-MIDIS/PNAEQW-DE, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; el Oficio Nº 175-2018-SERVIR/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 134-2018-MIDIS
Lima, 25 de abril de 2018
VISTOS:

El Memorando Nº 319-2018-MIDIS/VMPS, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Oficio Nº 324-2018-MIDIS/PNAEQW-DE, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; el Oficio Nº 175-2018-SERVIR/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; el Informe Técnico Nº 061-2018-SERVIR/ GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; el Informe Nº 093-2018-MIDIS/PNAEQW-UPPM, de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; el Informe Nº 0058-2018-MIDIS-PNAEQW/URH, de la Unidad de Recursos Humanos del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;
y el Informe Nº 153-2018-MIDIS/SG/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como programa social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los 3 (tres) años de edad y del nivel de educación primaria de la Educación Básica en instituciones educativas públicas;

Que, con Resolución Ministerial Nº 283-2017-MIDIS del 18 de diciembre de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;

Que, el artículo 79 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS, señala que los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social dependen del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; siendo uno de dichos programas, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;

Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, dispone que a través de Directiva emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades;

Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH: "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", modificada por Resolución de Presidencia Nº 057-2016-SERVIR-PE, en la que se incluyen, entre otros, los supuestos que habilitan a las entidades públicas a aprobar un Cuadro para Asignación de Personal Provisional (en adelante, CAP Provisional);

Que, el numeral 7.5 de la citada Directiva señala que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057.

Asimismo, señala que el CAP Provisional sólo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE
y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo Nº 4 de la mencionada Directiva;

Que, el numeral 1.7 del Anexo Nº 4 de la citada Directiva señala como uno de los supuestos que habilitan a aprobar el CAP Provisional que, "las entidades creadas bajo los regímenes distintos al de la Ley Nº 30057 que cuenten con ROF o Manual de Operaciones vigentes,
pero que no cuenten con CAP o CAP Provisional, pueden tramitar la aprobación de un CAP Provisional siguiendo los lineamientos definidos en el presente anexo";

Que, el numeral 4.2 del Anexo Nº 4 de la citada Directiva dispone que la aprobación del CAP Provisional de las entidades del Gobierno Nacional, que incluye Ministerios, Organismos Públicos, sus programas y proyectos adscritos, Entidades Administradoras de Fondos Intangibles de la Seguridad Social Empresarial y las Empresas del Estado pertenecientes al Gobierno Nacional, se realiza mediante Resolución Ministerial;

Que, a través del Informe Nº 0058-2018-MIDIS-PNAEQW/URH, la Unidad de Recursos Humanos del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma en su calidad de órgano responsable solicitó y sustentó la necesidad de aprobar un Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. Asimismo, la referida propuesta cuenta con opinión favorable de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, según Informe Nº 093-2018-MIDIS/PNAEQW-UPPM;

Que, mediante Oficio Nº 175-2018-SERVIR/PE la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil adjunta el Informe Técnico Nº 061-2018-SERVIR/ GDSRH, que constituye la opinión técnica previa favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, conforme a lo establecido en el numeral 4.1 del Anexo Nº 4 de la citada Directiva;

Que, con Oficio Nº 324-2018-MIDIS/PNAEQW-DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma solicita la aprobación del CAP Provisional del Programa; el mismo que cuenta con la conformidad del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, conforme se advierte del Memorando Nº 319-2018-MIDIS/VMPS;

Que, en atención a las consideraciones expuestas, y de acuerdo con los documentos de Vistos, así como la opinión favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, corresponde aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a fin de contar con un instrumento de gestión actualizado;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y su modificatoria; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE que aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRG
"Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", modificada por Resolución de Presidencia Nº 057-2016-SERVIR-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, el mismo que en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis. gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

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