4/03/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 265-2018/MINSA Modifican la Norma T écnica de Salud para la Gestión de la

Modifican la Norma T écnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 265-2018/MINSA Lima, 28 de marzo del 2018 Visto, el Expediente Nº 18-027735-002, que contiene el Informe Nº 061-2018-DIPOS-DGAIN/MINSA, de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo
Modifican la Norma T écnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 265-2018/MINSA
Lima, 28 de marzo del 2018
Visto, el Expediente Nº 18-027735-002, que contiene el Informe Nº 061-2018-DIPOS-DGAIN/MINSA, de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el apartado 5.1.2 del subnumeral 5.1 del numeral 5 de la Directiva Administrativa Nº 221 -MINSA/2016/OGTI, "Directiva Administrativa que autoriza el uso de la firma digital en los actos médicos y actos de salud", aprobada por la Resolución Ministerial Nº 978-2016/MINSA, establece como definición operativa del "Acto de Salud" a toda acción o actividad que realizan los otros profesionales de la salud para la promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, según corresponda, que se brinda al paciente, familia y comunidad;

Que, por Resolución Ministerial Nº 214-2018/MINSA, se aprueba la NTS Nº139-MINSA/2018/DGAIN: "Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica", cuya primera viñeta del subnumeral 4.1 del numeral 4
recoge la definición operativa de "Acto de Salud", como toda acción o actividad que realizan los otros profesionales de la salud para la promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, según corresponda, que se brinda al paciente, familia y comunidad;

Que, el artículo 98 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA dispone que la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Ministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud responsable de proponer normatividad en materia de organización y gestión de servicios en salud. Asimismo, propone la normatividad para implementar el intercambio prestacional con la finalidad de generar mayor cobertura de los servicios y utilizar la oferta pública de forma eficiente.

Supervisa la política en materia de aseguramiento en salud a nivel nacional;

Que, en ese sentido, mediante el documento del visto, la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional ha solicitado la modificación de la definición operativa de "Acto de Salud" contenida en la NTS Nº139-MINSA/2018/DGAIN: "Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica", aprobada por Resolución Ministerial Nº 214-2017/MINSA, así como la incorporación del subnumeral 7.4 al numeral 7 del precitado documento normativo;

Que, en mérito a la solicitud de modificación formulada por la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, corresponde asimismo efectuar la modificación de la definición operativa de "Acto de Salud"
recogida en el apartado 5.1.2 del subnumeral 5.1 del numeral 5 la Directiva Administrativa Nº 221-MINSA/2016/ OGTI "Directiva Administrativa que autoriza el uso de firma digital en los actos médicos y actos de salud", aprobada con la Resolución Ministerial Nº 978-2016/MINSA;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional;

Que, mediante el Informe Nº 160-2018-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, de la Directora General de la Oficina General de Tecnologías de la Información, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decretos Supremo Nº 011-2017-SA y 032-2017-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar la definición operativa "Acto de Salud" contenida en la primera viñeta del subnumeral 4.1 DEFINICIONES OPERATIVAS de la NTS Nº 139-MINSA/2018/DGAIN: "Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica", aprobada con Resolución Ministerial Nº 214-2018/MINSA y en el apartado 5.1.2 del subnumeral 5.1 del numeral 5 de la Directiva Administrativa Nº 221-MINSA/2016/OGTI
"Directiva Administrativa que autoriza el uso de firma digital en los actos médicos y actos de salud", aprobada con la Resolución Ministerial Nº 978-2016/MINSA, de acuerdo al siguiente detalle:
"Acto de Salud.- Es toda acción o actividad que realizan los profesionales de la salud, excepto el Médico Cirujano, para las intervenciones sanitarias de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, según corresponda; que se brindan al paciente, familia y comunidad. La recuperación incluye la evaluación clínica, diagnóstico, pronóstico, terapéutica y seguimiento, según las competencias de cada profesional de la salud".

Artículo 2.- Incorporar el subnumeral 7.4 al numeral 7 DISPOSICIONES FINde la NTS Nº 139-MINSA/2018/DGAIN: "Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica" aprobada con Resolución Ministerial Nº 214-2018/MINSA, de acuerdo al siguiente detalle:
"7. DISPOSICIONES FINALES (...)
7.4 La presente Norma Técnica de Salud no establece, ni regula competencias de los profesionales de la salud, personal técnico y auxiliar asistencial de la salud; ni modifica el marco normativo que los rige."
Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional y a la Oficina General de Tecnologías de la Información, o las que hagan sus veces, en el ámbito de sus funciones, el diseño, desarrollo, mantenimiento y actualización del aplicativo informático de control gerencial requerido para facilitar el monitoreo y evaluación de la implementación de la NTS
Nº 139-MINSA/2018/DGAIN: "Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica", aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 214-2018/MINSA.

Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional la difusión, supervisión, monitoreo y evaluación de lo dispuesto en la NTS Nº 139-MINSA/2018/DGAIN: "Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica", aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 214-2018/MINSA.

Artículo 5.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ABEL HERNÁN JORGE SALINAS RIVAS
Ministro de Salud

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