5/09/2018

LEY N° 30763

LEY Nº 30763 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL OTORGAR SEGURO DE VIDA Y DE ACCIDENTES AL PERSONAL DE LA SALUD DEL SECTOR PÚBLICO EN CASO DE SUFRIR SINIESTRO EN CUMPLIMIENTO DE SERVICIO Artículo único. Declaratoria de interés nacional Declárase de interés nacional otorgar seguro de vida y de accidentes al personal de la salud del sector público en caso de sufrir siniestro en

LEY Nº 30763
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS
NACIONAL OTORGAR SEGURO DE VIDA Y DE
ACCIDENTES AL PERSONAL DE LA SALUD
DEL SECTOR PÚBLICO EN CASO DE SUFRIR
SINIESTRO EN CUMPLIMIENTO DE SERVICIO
Artículo único. Declaratoria de interés nacional Declárase de interés nacional otorgar seguro de vida y de accidentes al personal de la salud del sector público en caso de sufrir siniestro en cumplimiento de servicio.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciséis días del mes de abril de dos mil dieciocho.

LUIS GALARRETA VELARDE
Presidente del Congreso de la República
MARIO MANTILLA MEDINA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros

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