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RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 014-2018-OEFA/CD Disponen publicación de proyecto de que
5/30/2018
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 014-2018-OEFA/CD Disponen publicación de proyecto de que
Disponen publicación de proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprobaría la modificación del Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del OEFA, en el portal institucional RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 014-2018-OEFA/CD Lima, 29 de mayo de 2018 VISTOS: El Informe Nº 032-2018-OEFA/DPEF-SMER, emitido por la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental y la Oficina de Administración; y, el Informe Nº 184-2018-OEFA/OAJ,
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 014-2018-OEFA/CD
Lima, 29 de mayo de 2018
VISTOS: El Informe Nº 032-2018-OEFA/DPEF-SMER, emitido por la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental y la Oficina de Administración; y, el Informe Nº 184-2018-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30011, Ley que modifica la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, establece que las funciones de fiscalización en materia ambiental relacionadas con actividades de energía y minería que desarrolla el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA se financian con cargo al Aporte por Regulación;
Que, mediante Decretos Supremos números 129
y 130-2013-PCM, se establecieron los porcentajes que las empresas de los sectores energía y minería deben pagar por concepto de Aporte por Regulación que corresponden al OEFA para los años 2014, 2015 y 2016, respectivamente; y, que el OEFA, en ejercicio de su potestad normativa, debía emitir las disposiciones reglamentarias pertinentes para la mejor aplicación y cobranza de los referidos aportes;
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2014-OEFA/CD, se aprueba el "Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA" (en adelante, Procedimiento del Aporte por Regulación);
Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Procedimiento del Aporte por Regulación establece que las funciones reguladas en dicha norma, así como la resolución de las reclamaciones, son ejercidas por la Oficina de Administración hasta que se modifique la estructura orgánica del OEFA; asimismo, dispone que el recurso de apelación será resuelto conforme a las reglas establecidas en el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF;
Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 019-2014-OEFA/PCD, se aprueba el Sistema del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, herramienta informática
que permite a los sujetos obligados al pago del Aporte por Regulación realizar la inscripción en el registro y la presentación de las Declaraciones Tributarias de forma virtual;
Que, mediante los Decretos Supremos números 096
y 097-2016-PCM se establecieron los porcentajes que las empresas de los sectores energía y minería deben pagar por concepto de Aporte por Regulación que corresponde al OEFA para los años 2017, 2018 y 2019; asimismo, se dispuso que el OEFA, en ejercicio de su potestad normativa, dicte las disposiciones reglamentarias pertinentes para la mejor aplicación y cobranza de los aportes de su competencia;
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 008-2017-OEFA/CD, se modificaron los Artículos 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10º, y la Única Disposición Complementaria Transitoria; asimismo se incorporaron los Artículos 4º-A y 10º-A, y la Segunda Disposición Complementaria Transitoria al Procedimiento del Aporte por Regulación;
Que, a través de los documentos de vistos se sustenta la necesidad de: (i) modificar los Artículos 5º, 7º, 10º, 10º-A, 12º y 13º, y el Anexo III; (ii) incorporar la Cuarta Disposición Complementaria Final; y , (iii) derogar la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Procedimiento del Aporte por Regulación; a fin de establecer disposiciones que permitan precisar aspectos relacionados a la declaración mensual del Aporte por Regulación y el procedimiento de fiscalización y verificación, así como adecuar las autoridades intervinientes en dicho Procedimiento en el marco de lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 013-2017-MINAM;
Que, en ese sentido, en ejercicio de su función normativa, el OEFA ha elaborado una proyecto normativo que modifica el Procedimiento del Aporte por Regulación, el cual previamente a su aprobación debe ser sometido a consulta pública con la finalidad de recibir las observaciones, comentarios o sugerencias de los interesados, en el marco de lo establecido en el Artículo 39º del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM;
Que, mediante el Acuerdo Nº 017-2018, adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 005-2018 realizada el 29 de mayo de 2018, se acordó por unanimidad disponer la publicación del proyecto normativo que modifica el Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2014-OEFA/CD, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fin de asegurar la aplicación inmediata de dicho acuerdo;
Con el visado de la Gerencia General, de la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental, de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30011, Ley que modifica la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; los Decretos Supremos números 096 y 097-2016-PCM que establecieron los porcentajes que las empresas de los sectores energía y minería deben pagar por concepto de Aporte por Regulación que corresponde al OEFA para los años 2017, 2018 y 2019; el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modificatorias; así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprobaría la modificación del Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2014-OEFA/CD, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa. gob.pe).
Artículo 2º.- Los interesados podrán remitir sus observaciones, comentarios o sugerencias al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, ubicado en la avenida Faustino Sánchez Carrión 603, 607 y 615 del distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, o mediante la dirección electrónica modificacionapr@oefa. gob.pe, en un plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ
Presidenta del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
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