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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 0076-2018-SUNEDU Delegan facultad de suscribir y/o modificar los

Delegan facultad de suscribir y/o modificar los contratos con las sociedades de auditoría designadas por la Contraloría General de la República, así como los documentos que permitan el registro de información en el Sistema Informático de Sociedades de Auditoría y Auditores Financieros - INFOSAF RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 0076-2018-SUNEDU Lima, 11 de mayo de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12 de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior
Delegan facultad de suscribir y/o modificar los contratos con las sociedades de auditoría designadas por la Contraloría General de la República, así como los documentos que permitan el registro de información en el Sistema Informático de Sociedades de Auditoría y Auditores Financieros - INFOSAF
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 0076-2018-SUNEDU
Lima, 11 de mayo de 2018
CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 12 de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu como un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal;

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley Nº 30742, establece que las sociedades de auditoría son las personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas;

Que, según lo dispuesto en la norma citada en el considerando anterior, el proceso de designación y contratación de las sociedades de auditoría, el seguimiento y evaluación de informes, las responsabilidades, así como su registro, es regulado por la Contraloría General;

Que, con Resolución de Contraloría Nº 314-2015-CG se aprueba la Directiva Nº 012-2015-CG-PROCAL
denominada "Gestión de Sociedades de Auditoría" (en adelante, la Directiva) con el objetivo de establecer el marco normativo que desarrolla los procesos de registro, designación, contratación y supervisión de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, soportados en el Sistema Informático de Sociedades de Auditoría y Auditores Financieros -
INFOSAF;

Que, el numeral 7.3.4 y el numeral 7.3.6 de la Directiva regulan los requisitos para la suscripción y modificación del contrato con las sociedades de auditoría, respectivamente;

Que, los artículos 13 y 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU, establecen que el Superintendente es la máxima autoridad ejecutiva de la Sunedu, titular del pliego presupuestal y tiene como función representar a la Sunedu, suscribir los contratos o convenios bajo su ámbito de competencia y las demás funciones que señale la Ley, entre otras;

Que, el numeral 76.1 del artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, señala que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de la misma entidad;

Que, en el marco de las citadas disposiciones legales resulta necesario delegar en la Secretaría General las funciones asignadas a la Superintendencia respecto a la suscripción, modificación y ejecución de los contratos vinculados a las sociedades de auditoría;

Con el visado de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444
- Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; la Ley Nº 27785
- Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 30742; la Resolución de Contraloría Nº 314-2015-CG que aprueba la Directiva Nº 012-2015-CG-PROCAL
denominada "Gestión de Sociedades de Auditoría" y el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegación de facultades al/a la Secretario/a General Delegar en el/la Secretario/a General de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu la facultad de suscribir y/o modificar los contratos con las sociedades de auditoría designadas por la Contraloría General de la República, así como los documentos que permitan el registro de información en el Sistema Informático de Sociedades de Auditoría y Auditores Financieros - INFOSAF.

Artículo 2.- De la observancia de los requisitos legales La presente delegación de facultades no exime la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto.

Artículo 3.- Obligaciones de dar cuenta El/la Secretario/a General debe informar trimestralmente al despacho de Superintendencia de
las acciones realizadas en el ejercicio de las facultades otorgadas.

Artículo 4.- Notificación Notifíquese la presente Resolución de Superintendencia a la Secretaría General, a la Oficina de Administración y a la Oficina de Recursos Humanos.

Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Comunicaciones su publicación en el portal institucional (www.sunedu.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO
Superintendente

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