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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 572-2018-SUCAMEC Aprueban "Directiva que regula las actividades
5/16/2018
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 572-2018-SUCAMEC Aprueban "Directiva que regula las actividades
Aprueban "Directiva que regula las actividades de formación básica y perfeccionamiento para el personal de seguridad y establece el Plan de Estudios" RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 572-2018-SUCAMEC Lima, 14 de mayo de 2018 VISTOS: El Informe Nº 038-2018-SUCAMEC-GSSP de fecha 20 de marzo de 2018; el Memorando Nº 118-2018-SUCAMEC-OGTIC de fecha 17 de abril de 2018; el Memorando Nº 748-2018-SUCAMEC-GCF de fecha 30 de abril de 2018; el Memorando Nº 01313-2018-SUCAMEC-GSSP de fecha 10 de mayo de 2018;
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 572-2018-SUCAMEC
Lima, 14 de mayo de 2018
VISTOS: El Informe Nº 038-2018-SUCAMEC-GSSP de fecha 20 de marzo de 2018; el Memorando Nº 118-2018-SUCAMEC-OGTIC de fecha 17 de abril de 2018; el Memorando Nº 748-2018-SUCAMEC-GCF de fecha 30 de abril de 2018; el Memorando Nº 01313-2018-SUCAMEC-GSSP de fecha 10 de mayo de 2018; el Informe Técnico Nº 00069-2018-SUCAMEC-OGPP de fecha 11 de mayo de 2018; el Informe Legal Nº 00333-2018-SUCAMEC-OGAJ de fecha 11 de mayo de 2018; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones;
Que, en el literal h) del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1127 se establece como una de las funciones del Superintendente Nacional "Emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia";
Que, el literal g) del artículo 35 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, refiere que la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada tiene entre sus funciones "Elaborar, proponer y aprobar, cuando corresponda, las normas, directivas y lineamientos en el marco de sus competencias";
Que, en virtud de sus facultades, la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada ha visto por conveniente elaborar un nuevo proyecto de Directiva que regule las actividades de Formación Básica y Perfeccionamiento para el personal de seguridad y establezca el Plan de Estudios, el mismo que ha sido sustentado a través del Informe Nº 038-2018-SUCAMEC-GSSP. Dicho proyecto de directiva tiene por finalidad "Establecer normas que
contribuyan a lograr una formación integral del personal de seguridad en las distintas modalidades contempladas en la normativa de seguridad privada y, consecuentemente, elevar la calidad de los servicios, así como fortalecer su rol de colaboración con la seguridad ciudadana";
Que, a través de los Memorandos Nos.
118-2018-SUCAMEC-OGTIC y 748-2018-SUCAMEC-GCF , la Oficina General de T ecnologías de la Información y Comunicaciones, y la Gerencia de Control y Fiscalización, respectivamente, han emitido opinión en el ámbito de sus competencias respecto al proyecto de directiva;
Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe Técnico Nº 00069-2018-SUCAMEC-OGPP, emitió opinión favorable al aludido proyecto de Directiva, señalando que se encuentra técnicamente viable de aprobación;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe Legal Nº 00333-2018-SUCAMEC-OGAJ, indica que el proyecto de "Directiva que regula las actividades de Formación Básica y Perfeccionamiento para el personal de seguridad y establece el Plan de Estudios" cuenta con opinión técnica viable de las áreas competentes y, dado que cumple con las disposiciones establecidas en la normatividad vigente, corresponde su aprobación por el Superintendente Nacional mediante Resolución de Superintendencia; asimismo, recomienda su aprobación y publicación en el diario oficial El Peruano por tratarse de una norma de carácter general, cuyo texto se deriva de un mandato general, objetivo y obligatorio para la SUCAMEC y los administrados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;
Que, la aprobación de la presente directiva conlleva que se deje sin efecto la Directiva Nº 001-2015-SUCAMEC
que establece el nuevo Plan de Estudios de Formación Básica y Perfeccionamiento para Agentes de Seguridad Privada, aprobada por Resolución de Superintendencia Nº 074-2015-SUCAMEC-SN de fecha 20 de marzo de 2015;
Con el visado de la Gerente de Servicios de Seguridad Privada, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, del Gerente de la Gerencia de Control y Fiscalización, del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Gerente General;
De conformidad con la Ley Nº 28879, Ley de Servicios de Seguridad Privada; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2011-IN y el Decreto Legislativo Nº 1213, Decreto Legislativo que regula los servicios de seguridad privada (artículos vigentes); de acuerdo con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127, que crea la SUCAMEC, y el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 006-2018-SUCAMEC denominada "Directiva que regula las actividades de Formación Básica y Perfeccionamiento para el personal de seguridad y establece el Plan de Estudios", la misma que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- La Directiva aprobada mediante el artículo precedente entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Artículo 3.- Dejar sin efecto la Directiva Nº 001-2015-SUCAMEC "Directiva que establece el nuevo Plan de Estudios de Formación Básica y Perfeccionamiento para Agentes de Seguridad Privada", aprobada por Resolución de Superintendencia Nº 074-2015-SUCAMEC-SN de fecha 20 de marzo de 2015.
Artículo 4.- Publicar la presente resolución, la Directiva y sus anexos en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC (www.sucamec. gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN ALBERTO DULANTO ARIAS
Superintendente Nacional
DIRECTIVA Nº 006-2018-SUCAMEC
DIRECTIVA QUE REGULA LAS ACTIVIDADES DE
FORMACIÓN BÁSICA Y PERFECCIONAMIENTO
PARA EL PERSONAL DE SEGURIDAD Y ESTABLECE
EL PLAN DE ESTUDIOS
I. OBJETO
La presente Directiva tiene por objeto regular las actividades de Formación Básica y Perfeccionamiento para el personal de seguridad y establecer el Plan de Estudios correspondiente.
II. FINALIDAD
Establecer normas que contribuyan a lograr una formación integral del personal de seguridad en las distintas modalidades contempladas en la normativa de seguridad privada y, consecuentemente, elevar la calidad de los servicios, así como fortalecer su rol de colaboración con la seguridad ciudadana.
III. ALCANCE
La presente Directiva es de obligatorio cumplimiento para las personas jurídicas que prestan o desarrollan servicios de seguridad privada y realizan actividades de formación, los instructores debidamente acreditados y el personal de seguridad o aspirante.
Asimismo, es de obligatorio cumplimiento por la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada (en adelante, "GSSP"), la Gerencia de Control y Fiscalización (en lo sucesivo, "GCF") y los Órganos Desconcentrados (Intendencias Regionales y Jefaturas Zonales) de la
SUCAMEC.
IV. BASE LEGAL
La aplicación de la presente Directiva se sujeta a las siguientes normas:
• Ley Nº 28879 - Ley de Servicios de Seguridad Privada.
• Decreto Supremo Nº 003-2011-IN - Reglamento de la Ley de Servicios de Seguridad Privada, en adelante el Reglamento.
• Decreto Legislativo Nº 1213- Decreto Legislativo que Regula Los Servicios de Seguridad Privada (artículos y disposiciones vigentes).
• Decreto Legislativo Nº 1127- Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC.
• Decreto Supremo Nº 004-2013-IN - Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN.
• Decreto Supremo Nº 06-2017-JUS - Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General.
V. DISPOSICIONES GENERALES
5.1. En la presente Directiva se utilizan las siguientes referencias, definiciones y/o abreviaturas:
• Ley: Ley de Servicios de Seguridad Privada.
• Reglamento: Reglamento de la Ley de Servicios de Seguridad Privada.
• Decreto Legislativo 1213: Decreto Legislativo que Regula los Servicios de Seguridad Privada.
• Decreto Legislativo 1127: Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil.
• TUO de la LPAG: Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
• SUCAMEC: Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil.
• Administrado: Las personas jurídicas que prestan o desarrollan servicios de seguridad privada y realizan actividades de Formación Básica o Perfeccionamiento.
• Personal de seguridad: Persona natural autorizada para realizar actividades de seguridad privada en las modalidades reguladas por la Ley de Servicios de Seguridad Privada y su Reglamento.
• Sala de trabajo: Ambiente establecido por los administrados, según lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de la Ley de Servicios de Seguridad Privada, para la realización de actividades de Formación Básica o Perfeccionamiento, y que fuere verificado por la SUCAMEC en el procedimiento para obtener su autorización.
• Plan de Estudios de Formación Básica y Perfeccionamiento: Documento que establece los módulos, cursos y materias que el personal de seguridad o aspirante debe superar.
• Acta de control y fiscalización: Documento que registra los hechos constatados objetivamente durante las acciones de fiscalización de la Formación Básica o Perfeccionamiento.
• Facilidades en las acciones de control y fiscalización: Colaboración que brindan las personas jurídicas a los inspectores de la SUCAMEC en las acciones de control y fiscalización, consistente en brindar acceso a las instalaciones donde se lleve a cabo la formación, proporcionar la información operativa y administrativa requerida por el Inspector para el desarrollo de sus funciones, colaborar en la celeridad de las firmas de los participantes del Acta de control y fiscalización, permitir la toma de fotografías, medición de la sala de trabajo o aula cuando el inspector lo requiera, entre otros.
• Plataforma SEL de la SUCAMEC: Servicio de SUCAMEC en Línea (SEL) que permite, entre otros trámites, la programación, comunicación, registro de asistencia y notas de las actividades de Formación Básica o Perfeccionamiento.
5.2. La Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, interpretada según el contexto en que fue dictada, establece que en tanto se implementen los CEFOSCP las empresas que prestan o desarrollan servicios de seguridad privada realizarán actividades de Formación Básica o Perfeccionamiento dirigidas al personal de seguridad y al aspirante.
5.3. La SUCAMEC se encuentra habilitada para establecer el Plan de Estudios de Formación Básica o Perfeccionamiento a través de Directivas, según lo dispuesto por el numeral 36.2 del artículo 36 del Decreto Legislativo 1213. Asimismo, puede realizar actividad administrativa de fiscalización para constatar el cumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y otras limitaciones exigibles a los administrados, que derivan de una norma legal, reglamentaria u otra fuente jurídica, conforme lo establecen los artículos 237 del TUO de la LPAG y el literal a) del artículo 6 del Decreto Legislativo 1127.
5.4. La SUCAMEC, a través de la GSSP, en aras de promover el cumplimiento normativo voluntario, puede otorgar reconocimientos institucionales al personal de seguridad, instructores y a las personas jurídicas que prestan o desarrollan servicios de seguridad privada cuyas conductas reflejen un cumplimiento óptimo de la presente Directiva y/o adopten buenas prácticas en materia de Formación Básica o Perfeccionamiento.
5.5. Toda información y/o documentación que se registre o presente a través de la Plataforma SEL de la SUCAMEC o por mesa de partes, según sea el caso, se presume que responde a la verdad de los hechos.
De comprobarse fraude o falsedad en la declaración o documentación presentada, se iniciarán las acciones legales que correspondan.
VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
6.1. De los sujetos involucrados en la Formación Básica y Perfeccionamiento 6.1.1. Las personas jurídicas que prestan o desarrollan servicios de seguridad privada, debidamente autorizadas por la SUCAMEC, son las encargadas de programar, así como realizar las actividades de Formación Básica y Perfeccionamiento dirigidas al personal de seguridad y al aspirante, siguiendo el Plan de Estudios, establecido por la presente Directiva. Para tal efecto, deben contar con las autorizaciones vigentes en el ámbito geográfico donde realicen las actividades de formación.
6.1.2. El instructor acreditado por la SUCAMEC es la persona natural autorizada para el dictado de los módulos, cursos y materias que conforman el Plan de Estudios de Formación Básica y Perfeccionamiento, asimismo, es el encargado de controlar la asistencia, tomar las evaluaciones y registrar la notas.
6.1.3. El personal de seguridad y el aspirante, son las personas que asimilan los conocimientos que se imparten por el instructor en el marco de la Formación Básica y Perfeccionamiento.
6.2. De la vigencia, finalidad y aspectos conexos a la Formación Básica y Perfeccionamiento 6.2.1. El desarrollo de los módulos, cursos y materias que forman parte del Plan de Estudios de Formación Básica o Perfeccionamiento se deben llevar a cabo con estricta sujeción a las disposiciones de la Ley, el Reglamento y la presente Directiva.
6.2.1 La Formación Básica está dirigida al aspirante a personal de seguridad y tiene como finalidad brindar conocimientos legales y técnicos, acordes con las exigencias actuales del mercado de servicios de seguridad privada, a fin de mejorar la calidad de estos y fortalecer su rol de colaboración con la seguridad ciudadana. Tiene una vigencia de tres (03) años.
El personal de seguridad que dejase transcurrir dos (02) años desde su pérdida de vigencia, deberá realizar nuevamente la Formación Básica.
6.2.2 El Perfeccionamiento está dirigido al personal de seguridad que viene realizando servicios de manera continua, busca actualizar y reforzar los conocimientos adquiridos en la Formación Básica. Tiene una vigencia de dos (02) años.
El personal de seguridad que dejase transcurrir dos (02) años desde su pérdida de vigencia, obligatoriamente, debe realizar la Formación Básica.
6.2.3 Las actividades de Formación Básica o Perfeccionamiento se desarrollan en los siguientes ambientes físicos:
• Por regla general, debe llevarse a cabo en la Sala de Trabajo autorizada de la sede principal o ampliación respectiva.
• De realizarse en un lugar distinto al indicado precedentemente, dicho ambiente, además de cumplir con las condiciones mínimas de la Sala de Trabajo, debe haber sido diseñado para un propósito educativo y ubicarse dentro del distrito del domicilio de la sede principal o ampliación. Esta restricción territorial no resultará aplicable para los cursos de armas: conocimiento y manipulación, y defensa personal.
• Por circunstancias debidamente justificadas (mediante documentos) se pueden realizar actividades de formación en un lugar distinto a la Sala de Trabajo autorizada de la sede principal o ampliación respectiva, previo pronunciamiento favorable de la GSSP. Esta programación debe ser comunicada a la SUCAMEC por mesa de partes de la Sede Principal o de los Órganos Desconcentrados, observando los siguientes plazos:
- Cuando se va desarrollar en el departamento de Lima, debe ser comunicado con ocho (08) días hábiles previos a su realización, como mínimo.
- De desarrollarse en provincia, debe ser comunicado con quince (15) días hábiles previos a su realización, como mínimo.
En todos los supuestos, por razones pedagógicas y de seguridad se debe respetar el siguiente aforo, el cual será constatado durante las acciones de fiscalización:
- Sala de Trabajo u otro ambiente con propósito educativo (1m²/persona como mínimo).
- En caso de auditorios, una butaca por persona.
6.2.2. La asistencia y puntualidad de los participantes a todos los módulos, cursos y materias que comprenden el Plan de Estudios de Formación Básica o Perfeccionamiento es obligatoria.
6.3. De los módulos, cursos y materias que forman parte del Plan de Estudios de Formación Básica y Perfeccionamiento Las personas jurídicas que prestan o desarrollan servicios de seguridad privada, el personal de seguridad y aspirantes, así como los instructores acreditados por la SUCAMEC están obligados a cumplir, coadyuvar al cumplimiento y hacer cumplir, respectivamente, el íntegro de los módulos, cursos y materias que comprenden el Plan de Estudios de la Formación Básica y Perfeccionamiento, así como el número total de horas correspondiente a cada curso en particular.
Son once (11) los cursos que comprenden la Formación Básica y deben ser impartidos en sesenta (60) horas académicas. Los cursos que forman parte del Perfeccionamiento son siete (07) y deben desarrollarse en treinta y cinco (35) horas académicas. Una (01) hora académica equivale a cuarenta y cinco (45) minutos.
Mediante la presente Directiva se aprueba el Plan de Estudios de Formación Básica y Perfeccionamiento, en el que se detallan los módulos, cursos y materias así como el número de horas de teoría y de práctica que corresponden a cada curso.
6.4. De las actividades de Formación Básica y Perfeccionamiento Las actividades de Formación Básica o Perfeccionamiento constituyen un conjunto de actuaciones que tienen por objeto proporcionar los conocimientos y destrezas necesarios al personal de seguridad y al aspirante. Se agrupan en tres etapas: la comunicación o transmisión de inicio de actividades, el desarrollo y la finalización.
6.4.1. De la comunicación o transmisión de inicio de actividades de formación 6.4.1.1. La comunicación o transmisión de inicio de la Formación Básica o Perfeccionamiento se ha de efectuar mediante la plataforma SEL de la SUCAMEC, observando los siguientes plazos:
• Cuando se va desarrollar en el departamento de Lima, debe ser comunicado con cuatro (04) días hábiles previos a su realización, como mínimo.
• De desarrollarse en provincia, debe ser comunicado con ocho (08) días hábiles previos a su realización, como mínimo.
6.4.1.2. Excepcionalmente y dentro del plazo de adecuación, dicha comunicación o transmisión se puede efectuar mediante el Formato aprobado por la presente Directiva (Comunicación o Transmisión de Inicio de Actividad de Formación), respetando los plazos señalados precedentemente.
6.4.1.3. En caso la persona jurídica transmita o comunique el inicio de la Formación Básica o Perfeccionamiento fuera de los plazos establecidos, se tendrá como no presentada, debiendo el administrado comunicar o transmitir nuevamente.
6.4.1.4. Excepcionalmente y por razones debidamente fundamentadas, el administrado puede realizar el cambio del lugar de desarrollo de la Formación Básica o Perfeccionamiento. Esta situación debe ser comunicada a la SUCAMEC en un plazo mínimo de dos (02) días hábiles previos al inicio. El nuevo lugar elegido, debe estar ubicado dentro del mismo distrito comunicado inicialmente.
De comunicarse dicho cambio fuera de plazo o del distrito comunicado inicialmente, se tiene como no presentada, y constituye causal de no registro de la Formación Básica o Perfeccionamiento, debiendo el administrado comunicar o transmitir un nuevo inicio de actividades de formación.
6.4.1.5. Asimismo, excepcionalmente y por razones debidamente fundamentadas, el administrado puede realizar el cambio de horario en las fechas establecidas en la programación de las actividades de formación. Esta situación deberá ser comunicada a la SUCAMEC en un plazo mínimo de dos (02) días hábiles previos al inicio.
De comunicarse dicho cambio fuera de plazo, se tiene como no presentada, y constituye causal de no registro de la Formación Básica o Perfeccionamiento, debiendo el administrado comunicar o transmitir un nuevo inicio de actividades de formación.
6.4.1.6. La comunicación o transmisión de inicio de la Formación Básica o Perfeccionamiento está sujeta a las siguientes formalidades:
• Se deben registrar todos los datos que según la plataforma SEL-SUCAMEC, resulten obligatorios.
• Cuando, excepcionalmente y dentro del plazo de adecuación, se utilice el Formulario aprobado por la presente Directiva, se consignarán todos los datos solicitados y deberá estar suscrito por el representante legal o el responsable legal de la ampliación del lugar donde va desarrollarse.
Asimismo, resulta obligatorio adjuntar croquis detallado del lugar donde se llevará a cabo y la Relación Inicial Participantes, conforme al formato aprobado (Relación Inicial de Participantes).
6.4.1.7. La Relación Inicial de Participantes, solo puede modificarse hasta las cero (00:00) horas del día inicial de la Formación Básica o Perfeccionamiento, transcurrido dicho plazo deberá iniciarse solamente con los participantes que fueron comunicados.
6.4.1.8. De formularse observaciones a la información o documentación presentada, la SUCAMEC por única vez emplazará al administrado a fin de que se realice la subsanación correspondiente en un plazo máximo de dos (02) días hábiles desde su notificación. Transcurrido dicho plazo sin que ocurra la subsanación, la comunicación o transmisión de inicio se considera como no presentada, debiendo comunicar o transmitir un nuevo inicio de actividades de formación.
Las observaciones y subsanaciones solo se realizan a través de la plataforma SEL.
6.4.1.9. Procede la cancelación de la Formación Básica o Perfeccionamiento únicamente a petición del administrado y un plazo mínimo de dos (02) días hábiles previos al día de su inicio.
6.4.2. Del desarrollo de la actividad de formación y la evaluación 6.4.2.1. La modificación del orden de dictado de los cursos, siempre y cuando no altere el horario ni las fechas de las actividades de formación, o el reemplazo de instructores, deben ser comunicados como incidencias a la SUCAMEC, el mismo día de ocurridos (antes del inicio de las actividades de formación de ese día).
6.4.2.2. Las actividades de Formación Básica o Perfeccionamiento deben desarrollarse de lunes a sábado (excluyendo los días feriados calendario) en el horario de 7:00 AM a 08:00 PM, no pudiendo excederse de diez (10) horas académicas por día; asimismo se debe incluir dentro de estas diez (10) horas, una (01) hora mínima de refrigerio que puede ser distribuida proporcionalmente. Las personas jurídicas tienen un plazo máximo de treinta (30)
días calendarios para el desarrollo íntegro de los módulos.
6.4.2.3. Los instructores son responsables de registrar la asistencia de los participantes al curso que tengan a su cargo, indicando sí asistió o no, en la plataforma SEL
de la SUCAMEC. Excepcionalmente y dentro del plazo de adecuación, pueden emplear una Lista de Asistencia para el curso que tengan a su cargo, según el formato aprobado (Lista de Asistencia).
6.4.2.4. Con la finalidad de garantizar la imparcialidad en la evaluación y reducir márgenes de discrecionalidad durante su proceso, la evaluación de cada uno de los cursos será de manera objetiva. Asimismo, considerando que todos los cursos ostentan el mismo valor el participante debe aprobar cada una de ellos con la nota mínima, no pudiéndose promediar entre estas.
6.4.2.5. La nota aprobatoria mínima es de trece (13) puntos en cada curso. En caso la nota contenga decimales, se considerará el valor entero superior inmediato si su decimal es igual o mayor a 0.5, y el valor entero inferior inmediato si su decimal es menor a 0.5. El participante que cuente con una inasistencia u obtenga una nota inferior a trece (13) en cualquiera de los cursos, será considerado como "DESAPROBADO".
6.4.2.6. De manera semestral y mediante el sistema de muestreo, la SUCAMEC puede evaluar a un porcentaje de las personas que hayan sido capacitadas, a efectos de verificar su grado de preparación, así como el desempeño de los instructores y, en base a ello, diseñar propuestas de mejora en la regulación.
6.4.3. De la comunicación del término de la actividad 6.4.3.1. Concluido cada curso o todos los módulos que comprenden la Formación Básica o Perfeccionamiento, los instructores deben registrar las notas que correspondan en la Plataforma SEL de la SUCAMEC. Luego de registrarse todas las notas, automáticamente, la actividad de formación se tendrá por terminada y comunicada.
6.4.3.2. Excepcionalmente y dentro del plazo de adecuación, se puede utilizar para tal efecto el formato aprobado por la presente Directiva (Comunicación de Término de Actividad de Formación/Relación Final de Participantes), el cual debe encontrarse debidamente llenado y suscrito por el representante legal de la sede principal o el responsable legal de la ampliación correspondiente, así como por el instructor que impartió el último curso.
En este supuesto a dicho Formulario debe adjuntarse las Listas de Asistencia originales de todos los cursos impartidos, según el formato aprobado.
El registro de la notas y asistencia por los instructores en la plataforma SEL de la SUCAMEC o, excepcionalmente, la comunicación del término de la Formación Básica o Perfeccionamiento no garantiza su validación y registro automático por la SUCAMEC, toda vez que esta tiene la facultad de evaluar el cumplimiento de las formalidades exigidas en la presente Directiva, así como los resultados de la actividad de fiscalización sobre el cumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y otras limitaciones.
6.4.3.3. El representante legal, responsable legal y el instructor deben verificar el correcto registro de la información en la plataforma SEL de la SUCAMEC o, excepcionalmente, en los Formularios, en especial, las notas y asistencias, toda vez que luego de registradas y comunicadas a la SUCAMEC, son inmodificables.
6.5. De las obligaciones, prohibiciones y limitaciones exigibles a los sujetos involucrados en la Formación Básica o Perfeccionamiento 6.5.1. Las personas jurídicas que prestan o desarrollan servicios de seguridad privada y realizan actividades de formación, deben cumplir las siguientes exigencias:
• Contar con un usuario y contraseña de la plataforma SEL, para el desarrollo de las actividades de Formación Básica o Perfeccionamiento.
• Contratar instructores con acreditación vigente de la SUCAMEC, para ello deben revisar la relación de instructores publicada en la página web institucional.
• Respetar el aforo para la Sala de Trabajo y/o ambiente con propósito educativo, así como las condiciones mínimas establecidas en el Reglamento y la presente Directiva.
• Respetar los horarios y el orden de los cursos a impartirse, conforme a lo comunicado previamente a la
SUCAMEC.
• Controlar la asistencia y permanencia del personal de seguridad o aspirante durante el desarrollo de todos los cursos.
• No incrementar la cantidad de participantes comunicados previamente al inicio de la formación.
• Facultativamente, podrán designar un representante que se encuentre presente durante el desarrollo de las actividades de formación, quien suscribirá conjuntamente con el instructor las Actas de Control y Fiscalización o documentos que hagan sus veces.
• Mantener vigente, ante la SUCAMEC, el registro de la Formación Básica o Perfeccionamiento de su personal de seguridad, durante la vigencia de su carné de identidad, bajo apercibimiento de evaluar el inicio de las acciones de revocación del referido carné.
6.5.2. Los instructores acreditados deben cumplir con las siguientes exigencias:
• Contar con un usuario y contraseña de la plataforma SEL, para el desarrollo de las actividades de Formación Básica o Perfeccionamiento.
• Registrar la asistencia y las notas de manera objetiva e imparcial.
• Suscribir las actas de control y fiscalización conjuntamente con el representante que facultativamente haya designado la persona jurídica.
• Poner en conocimiento de la SUCAMEC cualquier hecho que consideren irregular, en ese supuesto, se otorgarán medidas de protección adecuadas.
6.5.3. El personal de seguridad y el aspirante, deben cumplir con las siguientes exigencias:
• Portar su documento nacional de identidad (DNI), para el caso de las personas de nacionalidad peruana, durante el desarrollo de la Formación Básica o Perfeccionamiento y entregárselo a los inspectores cuando lo soliciten. En el caso de los extranjeros, deben portar su carné de extranjería con calidad migratoria que habilite realizar actividades lucrativas de forma subordinada o independiente de conformidad con las normas y dispositivos legales vigentes establecidos por
MIGRACIONES.
• Asistir con puntualidad a todos los cursos que forman parte del Plan de Estudios.
• Poner en conocimiento de la SUCAMEC cualquier hecho que consideren irregular, en ese supuesto, se otorgarán medidas de protección adecuadas.
• El personal de seguridad autorizado bajo la modalidad de Servicio Individual de Seguridad Personal (SISPE)
y Servicio Individual de Seguridad Patrimonial (SISPA)
debe mantener vigente, ante la SUCAMEC, el registro de su Formación Básica o Perfeccionamiento, durante la vigencia de su carné de identidad, bajo apercibimiento de evaluar el inicio de las acciones de revocación del referido carné. Asimismo, es responsable de mantener vigente su autorización para prestar servicio individual durante la vigencia de su carné de identidad, o viceversa, o en su defecto solicitar la cancelación de su autorización para prestar servicio individual o de su carné de identidad, según corresponda.
6.6. De la actividad administrativa de fiscalización en el ámbito de la Formación Básica o Perfeccionamiento 6.6.1. La SUCAMEC, a través de la GCF y los Órganos Desconcentrados (Intendencias Regionales y Jefaturas Zonales) debe fiscalizar a las personas jurídicas, de manera inopinada y cuantas veces sea necesario, con la finalidad de constatar que las actividades de Formación Básica o Perfeccionamiento-previamente comunicadas-se desarrollen conforme a las estipulaciones de la Ley, el Reglamento y la presente Directiva.
6.6.2. Asimismo, puede formular requerimientos específicos a la Policía Nacional del Perú para realizar dicha función. En este supuesto, al finalizar su labor el
personal policial emite un informe donde deja constancia de los hechos advertidos.
6.6.3. De otro lado, por razones de eficiencia y eficacia administrativa la ejecución de la actividad de fiscalización en esta materia puede ser encargada a personas naturales o jurídicas privadas.
6.6.4. Los representantes facultativamente designados por las personas jurídicas, los instructores, el personal de seguridad privada y los aspirantes, tienen el deber de brindar las facilidades a la SUCAMEC, la Policía Nacional del Perú y personas naturales o jurídicas privadas, en el marco de las acciones de fiscalización.
6.7. De la finalización o registro de la Formación Básica y Perfeccionamiento 6.7.1. La finalización o registro de la Formación Básica o Perfeccionamiento es un acto que consiste en validar los datos de todos los participantes a los cursos, aprobados y desaprobados.
6.7.2. Para tal efecto luego de recibida la comunicación de término a través de la Plataforma SEL de la SUCAMEC
o, excepcionalmente, mediante el formato aprobado, la GSSP procede a evaluar que la actividad de formación se haya desarrollado conforme a las estipulaciones de la Ley, el Reglamento y la presente Directiva.
Si la evaluación resultase satisfactoria, procede a su validación y registro en un plazo máximo de tres (03)
días hábiles, contados a partir del día siguiente de haber tomado conocimiento del término de la actividad o la subsanación, de ser el caso.
Solo tendrá la calidad de participante capacitado en las actividades de Formación Básica o Perfeccionamiento, aquel que cuente con la totalidad de la asistencia a los cursos y haya obtenido la nota aprobatoria a cada uno de ellos.
6.7.3. Las causales de no registro de la Formación Básica o Perfeccionamiento son las siguientes:
• No desarrollarse, aun cuando haya sido comunicado.
• Realizar con instructores no acreditados o con acreditación vencida.
• No respetar el aforo o las condiciones mínimas exigibles para la Sala de trabajo.
• No respetar el aforo o las condiciones exigibles para aquellos ambientes distintos a Sala de Trabajo.
• No respetar el horario comunicado.
• Incluir en la Relación Final de Participantes a personas no consignadas en la Relación Inicial de Participantes.
6.7.4. La inscripción en el Registro de Formación Básica o Perfeccionamiento sustituye al "Certificado de Capacitación" exigido por la Ley y el Reglamento. No obstante ello, las personas jurídicas pueden expedir Certificados de Capacitación a los participantes que así lo soliciten, el cual por ningún motivo debe llevar impreso el logotipo de la SUCAMEC.
6.7.5. El personal de seguridad que cuente con registro de Formación Básica o Perfeccionamiento vigente puede trabajar para cualquier persona jurídica que presta o desarrolla servicios de seguridad privada, por ende, no le es exigible realizar una nueva actividad de formación, salvo que le faltase tres (03) meses como máximo para su vencimiento.
VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
Primera.- Aprobar el Plan de Estudios para las actividades de Formación Básica y Perfeccionamiento, que como anexo forma parte de la presente Directiva.
Segunda.- La presente Directiva entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano. No obstante ello, se otorga un plazo máximo de treinta (30) días naturales a las personas jurídicas que prestan o desarrollan servicios de seguridad privada y a los instructores para adecuarse al uso de la plataforma SEL de la SUCAMEC para la programación, comunicación, registro de asistencia y notas de las actividades de Formación Básica o Perfeccionamiento.
Tercera.- Aprobar los formatos de "Comunicación o Transmisión de Inicio de Actividad de Formación", "Relación Inicial de Participantes", "Cronograma de la Actividad de Formación", "Lista de Asistencia" y "Comunicación de Término de Actividad de Formación/ Relación Final de Participantes". Estos formatos podrán utilizarse, excepcionalmente, en tanto dure el plazo de adecuación establecido precedentemente.
ANEXO
PLAN DE ESTUDIOS DE FORMACIÓN BÁSICA Y PERFECCIONAMIENTO
PARA PERSONAL DE SEGURIDAD
A. PLAN DE ESTUDIOS DE FORMACIÓN BÁSICA PARA EL
PERSONAL DE SEGURIDAD (60 HORAS ACADÉMICAS)
MÓDULO LEGAL
CURSOS
Y HORAS
ACADÉMICAS
Objetivo: Brindar conocimientos sobre los derechos humanos, la Constitución Política del Perú y los tratados internacionales, de los cuales el Perú es parte, así como el rol de la seguridad privada en la preservación del orden interno y en el respeto de los derechos fundamentales de la persona.
Constitución y Derechos Humanos (06 horas)
Materias:
- La Constitución Peruana. Estructura y características básicas. Nociones sobre la organización del Estado.
- Conocimientos básicos sobre convenciones internacionales en materia de Derechos Humanos.
- Conocimientos sobre crímenes de lesa humanidad:
derecho a la igualdad y no discriminación, prohibición de la tortura y desaparición forzada, entre otros.
- Nociones básicas en el uso de la fuerza en el ejercicio de las funciones del personal de seguridad o en confl ictos sociales.
- Derechos y deberes fundamentales, especial referencia a los derechos relacionados a la vida, la integridad, la libertad y la seguridad de las personas.
- Garantías Constitucionales. Habeas Corpus. Acción de Amparo. Habeas Data. Acción de inconstitucionalidad.
- Derecho de acceso a la justicia.
- Poderes públicos y derechos humanos.
Legislación y Seguridad Privada (06 horas)
Objetivo: Transmitir conocimientos del marco legal que regula los servicios de seguridad privada, así como dotar de conocimientos al personal de seguridad a fin de que desempeñe sus labores conforme la legislación vigente.
Además, brindar conocimientos al personal de seguridad sobre los mecanismos de actuación frente a posibles eventos delictivos.
Materias:
- La infracción penal: definición y breve descripción de sus factores constitutivos. Dolo o imprudencia. Delitos y Faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad penal.
- La legítima defensa, estado de necesidad, miedo insuperable y cumplimiento de un deber.
- Delitos contra la vida, el cuerpo y la salud.
- Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
- Delitos de falsedad de documentos.
- Delitos contra la intimidad, protección de datos y la información personal.
- Delitos de resistencia y desobediencia a la autoridad.
Facultades de la Policía Nacional del Perú.
- Nociones generales del derecho procesal penal. La jurisdicción, formas de iniciar la investigación de un delito, responsable de la investigación, rol del Ministerio Público y Poder Judicial.
- La detención y la denuncia.
- Los derechos del detenido según nuestro ordenamiento jurídico.
- El personal de seguridad privada como auxiliar de las fuerzas de seguridad pública en la persecución de las infracciones penales. Funciones de los serenazgos municipales y diferencias con el personal de seguridad privada.
- Ley Nº 28879. Decreto Supremo Nº 003-2011-IN.
Directivas.
- La seguridad privada: concepto, modalidades y ámbito de acción. La seguridad privada y su relación con la seguridad pública.
- Derechos del personal de seguridad, de conformidad con la normativa laboral aplicable.
- Régimen sancionatorio de la SUCAMEC por incumplimiento de las normas de seguridad privada.
Infracciones administrativas.
Ética en la Seguridad Privada (04 horas)
Objetivo: Resaltar la importancia de los temas éticos y morales que el personal de seguridad privada debe tener en consideración en el desarrollo de sus funciones, así como demostrar el correcto trato a las personas y la actitud solidaria y de respeto que deberá primar en el desenvolvimiento de sus labores.
Materias:
- La moral y la ética: concepto. Dimensiones humanas.
- Valores y ética: la legalidad, integridad, dignidad, discreción. Concepto de obediencia.
- La ética y la responsabilidad social. Deberes y derechos.
- Servicio al cliente. Compromiso social. Valoración y servicio del entorno.
- Identificación con su rol y con su empresa.
- Las obligaciones de su cargo: la responsabilidad en su cumplimiento.
- Sentido de pertenencia.
- Honradez profesional.
- Tino y criterio.
- Motivación adecuada.
- Reforzamiento de la conducta positiva.
- Mostrar conocimiento de relaciones públicas en el tratamiento con el público.
- Honradez profesional. Identificación del rol del personal de seguridad con la empresa a la cual representa y los valores de la sociedad.
MÓDULO TÉCNICO
CURSOS
Y HORAS
ACADÉMICAS
Objetivo: Dotar de conocimientos al personal de seguridad, respecto al procedimiento, técnicas y prácticas que deben ejecutar, en aras de proteger la vida e integridad física de las personas, así como de su patrimonio; considerando la versatilidad de las situaciones donde se puedan encontrar en el ejercicio de sus funciones.
Normas y procedimientos de seguridad (06 horas)
Materias:
- La seguridad. Nociones generales. Seguridad individual y seguridad colectiva. La inseguridad. Inadaptación, marginalidad y delincuencia.
- Causas y consecuencias de los accidentes. Técnicas preventivas, inspecciones planeadas, observaciones planeadas, investigación de accidentes.
- Normas para el servicio de vigilancia y protección. Medios técnicos de protección.
- Normas y procedimientos para el control de personas.
Normas y procedimientos para el control de vehículos.
- Técnicas de aprehensión y cacheo.
- Procedimientos de seguridad: el comportamiento del personal de seguridad.
- Reglas de auto-protección. Técnicas y procedimientos de autoprotección personal: en el trabajo, domicilio y en los desplazamientos.
- Medios de seguridad contra actos delictivos. ¿Cómo afrontarlosfi.
- Seguridad privada en las entidades del sistema financiero.
- Medios de seguridad contra siniestros.
- Autocontrol, pánico y efectos. El miedo. El estrés.
Técnicas de autocontrol.
- Prevención de riesgos. Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Control de la emergencia y seguridad de instalaciones (06 horas)
Objetivo: Brindar los conocimientos necesarios al personal de seguridad privada para la evaluación e interpretación de las circunstancias y condiciones causantes de siniestros, actuando con diligencia, haciendo uso de los medios, equipos y mecanismos que posibiliten el cumplimiento de sus funciones.
Materias:
- La protección contra incendios. Sistemas de detección:
detectores y avisadores. Detectores de armas y metales.
Mecanismo de extinción de incendios.
- Control de emergencias. Factores que facilitan el descontrol emocional y la ocurrencia de accidentes.
- El miedo. Reacción ante una situación de emergencia.
Reacciones del público ante una situación de emergencia:
ejemplos y experiencias.
- Estudio y seguridad de las instalaciones. Tipos de instalaciones y riegos inherentes a cada actividad económica.
- Elaboración de un plan de seguridad.
- El jefe de seguridad y su importancia en la organización.
- Funciones y características de las barreras en seguridad de instalaciones. Tipos de barreras.
- Importancia y funciones del personal de seguridad en la protección y seguridad de instalaciones.
- Las rondas y patrullajes, riesgos eléctricos, explosivos y evacuaciones.
- Seguridad en eventos públicos, deportivos y no deportivos.
- Manejo de masas y multitudes.
Atención al usuario e identificación de personas (05 horas)
Objetivo: Conocer las técnicas que permitan la identificación de las personas; así como proceder a identificar a los presuntos delincuentes que intenten resquebrajar la seguridad del lugar donde se brindan funciones.
Materias:
- Identificación de personas mediante documentos oficiales (documento nacional de identidad, carné de extranjería, etcétera).
- Técnicas de descripción de personas y cosas. Desarrollo de la atención, percepción y memoria.
- Identificación de personas en controles de acceso, en caso de delito, en caso de comisión de una falta o delito "in fraganti".
- Conceptos elementales de conducta y comportamiento humanos. Frustración. Agresividad y Tolerancia.
- Perfil psicológico criminal del delincuente.
- Psicología delictual y psicopatología criminal.
- Enfoque general de las causas de la agresión humana.
Teorías explicativas.
- Adolescente infractor.
- Tipología de delincuente.
- Resolución de confl ictos. Técnicas de comunicación efectiva. Características y atención al usuario.
Armas:
conocimiento y manipulación (04 horas teoría y 02 horas práctica)
Objetivo: Brindar los conocimientos y las técnicas adecuadas al personal de seguridad, para el correcto manejo y utilización de las armas de fuego en sus labores.
Materias:
- Armas de fuego: concepto. Partes. Tipología. Diferencia con armas no letales y de imitación.
- Manipulación y uso de las armas de fuego: (i) Técnicas para abastecer y desenfundar el arma. (ii) Técnicas preventivas de porte, uso, carga y descarga, traslado y entrega, de almacenamiento y de práctica de tiro.
- Armas reglamentarias: (i) Nomenclatura, montaje, desmontaje y mantenimiento. (ii) Cartuchería y munición. Conservación y limpieza.
Posiciones del. Posición inicial.
- Gestión y medidas de seguridad del almacén de armas de fuego.
- Marco normativo para el porte y uso del arma de fuego.
- Agresivos químicos y armas electrónicas defensivas.
Concepto y utilización.
Redacción y elaboración de documentos (04 horas teoría y 01 práctica)
Objetivo: Capacitar al personal de seguridad en la redacción de documentos oficiales e institucionales, garantizando que éstos cumplan con su función comunicativa e informativa.
Materias:
- Estructura de un documento: encabezamiento, el cuerpo y término. Características y función de cada una de las partes de un documento.
- Clases de documentos: oficio, parte, informe, memorándum, acta, carta.
- El oficio. Partes del oficio.
- Análisis de destinatario y propósito del documento.
Capacidad de identificar hechos relevantes sobre los accesorios.
- Vicios de redacción.
- Ortografía básica. Regla de Sintaxis. Signos de puntuación.
- Redacción de denuncias: orden y estructura.
Primeros Auxilios (04 horas teoría y 02 práctica)
Objetivo: Capacitar al personal de seguridad privada para la intervención y cuidado inmediato, adecuado y provisional a las diversas personas que se encuentren accidentadas o potencialmente afectadas, antes de ser atendidas en un centro asistencial.
Materias:
- Primeros Auxilios: concepto y finalidad.
- Principios Generales. Concepto de emergencia, urgencia, siniestro y catástrofes.
- Nociones elementales de anatomía.
- El control de hemorragia: definición, interrupción, torniquetes.
- Ahogamiento, asfixias y paro cardiaco, técnicas de atención.
- Técnica de respiración artificial y reanimación cardiovascular.
- Traslado de heridos: a pie, camilla, vehículos.
- Quemaduras. Agentes físicos, agentes químicos, agentes eléctricos.
- Asfixia: definición, clasificación y tratamiento.
- Politraumatismos. Lesiones de huesos y articulaciones.
Fractura, fractura cerrada, fractura abierta. Luxación.
- Planes de emergencia y evacuación. Botiquín básico.
Conocimiento de sistemas de alarmas y comunicaciones (06 horas)
Objetivo: Proporcionar conocimientos al personal de seguridad privada respecto al uso de mecanismos y tecnologías que refuercen las capacidades en cuanto a visión (video sistemas, audición (diversidad de detectores), olfato (diversidad de detectores), así como información sobre las características de diferentes dispositivos aplicables a la seguridad a fin de cumplir las funciones que la Ley y el Reglamento establecen.
Materias:
- Tipos de controles de acceso en tecnología electrónica.
- Detección de intrusión.
- Detección de incendios.
- Vigilancia electrónica.
- Centrales de control y dispositivos de señalización.
- Centrales de alarmas, campanas electromagnéticas, sirenas electrónicas, balizas, display, pulsadores alámbricos e inalámbricos.
- Elección de la tecnología para el diseño óptimo de sistemas de seguridad.
- El circuito cerrado de televisión. Sistemas de posicionamiento satelital.
- El Control de Alarmas. Los sistemas de control de alarmas. Procedimientos de reacción ante alarmas.
- Sistema de Comunicación y enlace. Equipos de comunicación.
- Radiocomunicaciones.
MÓDULO DE DEFENSA PERSONAL
CURSOSY
HORAS
ACADÉMICAS
Objetivo: Capacitar al personal de seguridad privada con el conjunto de técnicas de instrucción sistematizada, uniforme y prácticas corporales de autodefensa y de toma de iniciativa, no excesiva y proporcional, cuando se hayan agotado las etapas previas al uso de la fuerza para la confrontación física, en estricto respeto de los derechos fundamentales de la persona.
Defensa personal (01 hora teoría y 03 práctica)
Materias:
- Técnicas de defensa personal.
- Preparación física para la defensa personal. Elongación, fl exibilidad y resistencia.
- Técnicas de caídas defensivas para protección del cuerpo, sin armas y con armamento.
- Técnicas de bloqueo. Técnicas de luxación: muñeca, codo, hombro.
- Defensa contra ataques de frente, espalda y brazos.
- Defensa contra arma blanca y armas de fuego.
- Trote a distancias en forma progresiva.
B. PLAN DE ESTUDIOS DE PERFECCIONAMIENTO
PARA EL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA (35 HORAS ACADÉMICAS)
MÓDULO LEGAL
CURSO Objetivo: Analizar las normas de rango constitucional sobre derechos humanos, y comprender la normativa vigente en el ámbito de la seguridad privada, así como de las infracciones penales.
Legislación y Seguridad Privada (05 horas)
Materias:
- Concepto de Estado de Derecho y la Constitución Política - Derechos Fundamentales: A la vida, a la integridad, a la libertad personal.
- El Delito: definición y breve descripción de sus factores constitutivos. Diferencia entre delito y falta. Circunstancias modificativas de la responsabilidad penal.
- Delitos contra la vida, el cuerpo y la salud, contra el patrimonio y el orden socioeconómico, falsedad de documentos y de resistencia y desobediencia a la autoridad. Casos prácticos.
- La detención y la denuncia.
- Los derechos del detenido conforme a nuestro ordenamiento jurídico vigente.
- La seguridad privada: concepto y ámbito de acción.
- La seguridad pública: concepto, ámbito de acción y facultades de la Policía Nacional del Perú.
- Ley de Seguridad Privada, su reglamento y normas conexas.
MÓDULO TÉCNICO
CURSOS
Y HORAS
ACADÉMICAS
Objetivo: Conocer los procedimientos y técnicas de seguridad, así como el manejo y uso adecuado de equipos de seguridad para el cumplimiento de las funciones del personal de seguridad.
Materias:
- Los sistemas de seguridad de las instalaciones. Tipos de instalaciones y riesgos.
- Las barreras de seguridad. Tipología.
- Normas para el servicio de vigilancia y protección. Medios técnicos de protección - Normas y procedimientos para el control de personas y tipos de control de accesos.
- Técnicas de aprehensión y cacheo.
- La emergencia y sus manifestaciones.
- La protección contra incendios. Sistemas de detección:
detectores y avisadores. Detectores de arma de metales.
Mecanismos de extinción de incendios.
- Sistemas de comunicación. Las telecomunicaciones.
Equipos de comunicación. Introducción a las redes informáticas y tipos. El correo electrónico y equipos de alerta temprana.
- Las radiocomunicaciones: frecuencia, equipos, accesorios, manipulación y operación de equipos.
- Seguridad privada en las entidades del sistema financiero.
Control de la emergencia y seguridad de instalaciones (06 horas)
Atención al usuario e identificación de personas (06 horas)
Objetivo: Analizar y aplicar las técnicas de identificación de personas y comprender la psicología criminal que permitan identificar posibles actos delictivos. Comprender la importancia de la comunicación interpersonal y de la resolución de confl ictos.
Materias:
- Técnicas de descripción de personas y cosas. Desarrollo de la atención, percepción y memoria.
- Identificación de personas en controles de acceso, en caso de delito, en caso de comisión de una falta "in fraganti".
- Tipología de delincuente y perfil psicológico criminal del delincuente.
- Psicología delictual y psicopatología criminal.
- Teorías explicativas de la agresión humana.
- El fenómeno del descontrol: Pánico y efectos. El miedo. El estrés.
- Conceptos elementales de conducta y comportamiento humanos. Frustración. Agresividad y Tolerancia.
- El Autocontrol, Técnicas de autocontrol.
- Resolución de confl ictos. Técnicas de comunicación efectiva. Características y atención al usuario.
Armas:
conocimiento y manipulación (03 horas teoría y 02 práctica)
Objetivo: Comprender e internalizar las medidas de seguridad en el manejo adecuado de las armas de fuego y conocer las técnicas preventivas sobre el uso, porte y almacenamiento.
Materias:
- Armas de fuego: concepto. Partes. Tipología. Diferencia con armas no letales y de imitación.
- Manipulación y uso de las armas de fuego: (i) Técnicas para abastecer y desenfundar el arma. (ii) Técnicas preventivas de porte, uso, carga y descarga, traslado y entrega, de almacenamiento y de práctica de tiro.
- Posiciones del tirador. Posición inicial.
- Medidas de seguridad en el uso de armas de fuego. El principio de proporcionalidad.
- Marco normativo para el porte y uso del arma de fuego.
Primeros Auxilios (02 horas teoría y 02 práctica)
Objetivo: Determinar la atención básica del personal de seguridad privada para la actuación inmediata, adecuada y provisional a las diversas personas que se encuentren accidentadas o potencialmente afectadas.
Materias:
- Primeros Auxilios: concepto y finalidad.
- Principios Generales. Concepto de emergencia, urgencia, siniestro y catástrofes.
- Nociones elementales de anatomía.
- El control de hemorragia: definición, interrupción, torniquetes.
- Técnica de respiración artificial y reanimación cardiovascular.
- Traslado de heridos: a pie, camilla, vehículos.
- Quemaduras. Agentes físicos, agentes químicos, agentes eléctricos.
- Asfixia: definición, clasificación y tratamiento.
- Politraumatismos. Lesiones de huesos y articulaciones.
Fractura, fractura cerrada, fractura abierta. Luxación.
- Planes de emergencia y evacuación. Botiquín básico.
Conocimiento de sistemas de alarmas y comunicaciones (05 horas)
Objetivo: Proporcionar al personal de seguridad privada los conocimientos necesarios para el uso de mecanismos y tecnologías de seguridad.
Materias:
- Introducción al diseño de sistemas tecnológicos. Aspectos tecnológicos en la seguridad privada.
- Elección de la tecnología para el diseño óptimo de sistemas de seguridad - Los Medios Técnicos de Protección. La seguridad electrónica. El circuito cerrado de televisión. Sistemas de posicionamiento satelital.
- Sistema de Alarma piezoeléctrico.
- Los sensores ópticos. Detectores de proximidad.
Transmisión de posiciones - El Control de Alarmas. Los sistemas de control de alarmas. Procedimientos de reacción ante alarmas.
MÓDULO DE DEFENSA PERSONAL
CURSOS
Y HORAS
ACADÉMICAS
Objetivo: Comprender la importancia de la correcta utilización de las técnicas de defensa personal.
Defensa personal (01 hora teoría y 03 práctica)
Materias:
- Preparación física para la defensa personal. Elongación, fl exibilidad y resistencia.
- Técnicas de caídas defensivas para protección del cuerpo, sin armas y con armamento.
- Técnicas de reducción e inmovilización.
- Defensa contra ataques de frente, espalda y brazos.
- Defensa contra arma blanca y armas de fuego.
- Trote a distancias en forma progresiva.
CURSO DE FORMACIÓN BÁSICA
CURSO DE PERFECCIONAMIENTO
FECHAS DE DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD DE FORMACIÓN
Día 02 Día 01
___/___/___ ___/___/___
Día 03
___/___/___
I. TIPO DE ACTIVIDAD DE FORMACIÓN
AFORO DIRECCIÓN 1 DEL LOCAL (Avenida / Calle / Jirón / Pasaje / Nº / Dpto. / CASERÍO / ANEXO / Mz. / Lote / Urb./AAHH)
II. SOBRE EL (LOS) LUGAR (ES) DONDE SE LLEVARÁ A CABO LA ACTIVIDAD DE FORMACIÓN Y AFORO
DIRECCIÓN 2 DEL LOCAL (Avenida / Calle / Jirón / Pasaje / Nº / Dpto. / CASERÍO / ANEXO / Mz. / Lote / Urb./AAHH) AFORO
DIRECCIÓN 3 DEL LOCAL (Avenida / Calle / Jirón / Pasaje / Nº / Dpto. / CASERÍO / ANEXO / Mz. / Lote / Urb./AAHH) AFORO 3
Día 04 Día 05 Día 06
FORMATO Nº 01: COMUNICACIÓN O TRANSMISIÓN DE INICIO DE ACTIVIDAD DE FORMACIÓN
___/___/___ ___/___/___ ___/___/___
DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO
DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO
2
1
DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO
III. DATOS DEL(LOS) INSTRUCTOR(ES) ENCARGADO(S) DEL DICTADO DE LA ACTIVIDAD DE FORMACIÓN
ESPECIFICAR
DIRECCIÓN DONDE SE
DESARROLLARÁ LOS
CURSOS (1,2,3)
MÓDULOS CURSOS INSTRUCTOR DNI
TOTAL HORAS
TEÓRICO PRACTICO
ARMAS: CONOCIMIENTO Y MANIPULACIÒN
CONSTITUCIÓN Y DERECHOS HUMANOS
LEGISLACIÓN Y SEGURIDAD PRIVADA
ÉTICA EN LA SEGURIDAD PRIVADA
MÓDULO
LEGAL
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O RESPONSABLE LEGAL DE LA AMPLIACIÓN
DEFENSA PERSONAL
IV. MEDIOS DE COMUNICACIÓN
TELÉFONO FIJO
MÓDULO
TÉCNICO
MÓDULO
DE
{E}DEFENSA
PERSONAL
TEÓRICO PRACTICO
REDACCIÓN Y ELABORACIÓN DE DOCUMENTOS
PRIMEROS AUXILIOS
CELULAR CORREO ELECTRÓNICO PARA CONTACTO
CONOCIMIENTO DE SISTEMAS DE ALARMAS Y COMUNICACIONES
CONTROL DE LA EMERGENCIA Y SEGURIDAD DE INSTALACIONES
ATENCIÓN AL USUARIO E IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O RESPONSABLE LEGAL DE LA AMPLIACIÓN
NOMBRES APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO
Nº DE DNI O CARNÉ DE
EXTRANJERÍA
Nº
FORMATO Nº 02: RELACIÓN INICIAL DE PARTICIPANTES
NOMBRE DEL CURSO NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
DD/MM/AAAA
NOMBRE DEL CURSO
HORA DD/MM/AAAA
NOMBRE DEL CURSO
FORMATO Nº 03: CRONOGRAMA DE LA ACTIVIDAD DE FORMACIÓN
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
DD/MM/AAAA
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
DD/MM/AAAA
NOMBRE DEL CURSO
DD/MM/AAAA
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
DD/MM/AAAA
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
REFRIGERIO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
NOMBRE DEL CURSO
CURSO DE FORMACIÓN BÁSICA
CURSO DE PERFECCIONAMIENTO
Nº DE DNI O CARNÉ DE
EXTRANJERÍA
FORMATO Nº 04: LISTA DE ASISTENCIA DE PARTICIPANTES
TIPO DE ACTIVIDAD DE FORMACIÓN DATOS DEL INSTRUCTOR
HUELLA DACTILAR
FECHA DE LA ACTIVIDAD
DE FORMACIÓN
___/___/___
APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO
APELLIDOS Y NOMBRES
CURSO
NOMBRES Nº
FIRMA DEL INSTRUCTOR
HUELLA DACTILAR
CDH LSP ESP NPS CES AUP ACM RED PA CSA DP
CDH
LSP
ESP
NPS
CES
AUP FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O FIRMA DEL INSTRUCTOR A CARGO DEL ÚLTIMO CURSO
ACM RESPONSABLE DE LA AMPLIACIÓN
RED
PA
CSA
DP
Redacción y elaboración de documentos Primeros Auxilios Conocimiento de sistemas de alarmas y comunicaciones Defensa Personal Constitución y Derechos Humanos Lesgislación y Seguridad Privada Ética en la Seguridad Privada Normas y Procedimiento de Seguridad Control de la emergencia y seguridad de instalaciones Atención al usuario e identificación de personas Armas: conocimientio y manipulación
CURSO DE PERFECCIONAMIENTO
II. RELACIÓN DE PARTICIPANTES QUE CULMINARON LA ACTIVIDAD DE FORMACIÓN
Nº DE DNI O CARNÉ DE
EXTRANJERÍA
NOTAS
FORMATO Nº 05: COMUNICACIÓN DE TÉRMINO DE ACTIVIDAD DE FORMACIÓN
I. DATOS DE LA ACTIVIDAD DE FORMACIÓN
APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO Nº NOMBRES
Nº DE EXPEDIENTE DE INICIO DE ACTIVIDAD DE FORMACIÓN
CURSO DE FORMACIÓN BÁSICA
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El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
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- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
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- enero 2018 (444)
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- julio 2017 (471)
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- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
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