5/06/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 162-2018-MEM/DM Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición

Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a favor de MINERA FORRESTER S.A.C. durante la fase de exploración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 162-2018-MEM/DM Lima, 4 de mayo de 2018 VISTOS: El Informe Nº 484-2018-MEM-DGM-DNM de la Dirección Normativa de Minería de la Dirección General de Minería; y, el Informe Nº 379-2018-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que,
Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a favor de MINERA FORRESTER S.A.C. durante la fase de exploración
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 162-2018-MEM/DM
Lima, 4 de mayo de 2018
VISTOS: El Informe Nº 484-2018-MEM-DGM-DNM de la Dirección Normativa de Minería de la Dirección General de Minería; y, el Informe Nº 379-2018-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27623, Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración, establece que los titulares de concesiones mineras a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, tendrán derecho a la devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal que les sean trasladados o que paguen para la ejecución de sus actividades durante la fase de exploración; y, para efectos de acogerse a lo dispuesto en dicha Ley, los titulares de concesiones mineras deberán cumplir con celebrar un Contrato de inversión en Exploración con el Estado, el cual será suscrito por la Dirección General de Minería;

Que, el artículo 2 de la referida Ley establece que la devolución dispuesta en su artículo 1, comprende el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal correspondiente a todas las importaciones o adquisiciones de bienes, prestación o utilización de servicios y contratos de construcción que se utilicen directamente en la ejecución de actividades de exploración de recursos minerales en el país;

Que, el inciso c) del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 27623, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2002-EF, dispone que los bienes y servicios que otorgarán el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal deben estar comprendidos en la lista que se apruebe por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas;
y, el detalle de la lista de bienes y servicios que apruebe dicha Resolución Ministerial será incluido en el contrato respectivo;

Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprueba la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración;

Que, mediante escrito con registro Nº 2764656, del 27 de noviembre de 2017, subsanado con escrito con registro Nº 2775376, del 8 de enero de 2018, MINERA
FORRESTER S.A.C. solicita al Ministerio de Energía y Minas la suscripción de un Contrato de Inversión en Exploración, al amparo de la Ley Nº 27623, adjuntando la lista de bienes y servicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal durante la fase de exploración;

Que, mediante el Oficio Nº 032-2018-EF/15.01, del 21 de marzo de 2018, el Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe Nº 067-2018-EF/61.01 de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, del 28 de febrero de 2018, a través del cual emite opinión favorable a la lista de bienes y servicios remitida por el Viceministerio de Minas del Ministerio de Energía y Minas, mediante Oficio Nº 027-2018-MEM/VMM, del 19 de febrero de 2018, señalando que la lista presentada coincide con los bienes y servicios que figuran en la lista general aprobada por el Decreto Supremo Nº 150-2002-EF, adecuada al Arancel de Aduanas 2017, aprobado por Decreto Supremo Nº 342-2016-EF;

Con la opinión favorable de la Dirección General de Minería y el visto bueno del Viceministerio de Minas;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27623, Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; en el Reglamento de la Ley Nº 27623, Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2002-EF; en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a favor de MINERA FORRESTER S.A.C.
durante la fase de exploración, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas
ANEXO
LISTA DE BIENES Y SERVICIOS CUYA ADQUISICIÓN
OTORGARÁ DERECHO A LA DEVOLUCIÓN DEL IGV E IPM
MINERA FORRESTER S.A.C. - PROYECTO BONGARÁ
I. BIENES
SUBPARTIDA
NACIONAL
DESCRIPCIÓN
9027.30.00.00
Espectrómetros, espectofotómetros y espectrógrafos que utilicen radiaciones ópticas (UV, visibles, IR).

II. SERVICIOS
a) Servicios de Operaciones de Exploración Minera:

Topográficos y geodésicos Geológicos y geotécnicos (Incluye petrográficos, mineragráficos, hidrológicos, restitución fotogramétrica, fotografías aéreas, mecánica de rocas), Servicios geofísicos y geoquímicos (Incluye ensayes).

Servicios de Perforación Diamantina y de Circulación Reversa (Roto Percusiva).

Ensayes de Laboratorio (Análisis de minerales, suelos, agua, etc.)
b) Otros Servicios Vinculados a la Actividad de Exploración Minera:

Servicios de alojamiento y alimentación del personal operativo del Titular del Proyecto.

Servicio de asesoría, consultoría, estudios técnicos especiales y auditorias destinados a las actividades de exploración minera.

Servicios de diseño, construcción, montaje industrial, eléctrico y mecánico, armado y desarmado de maquinarias y equipo necesario para las actividades de la exploración minera.

Servicios de inspección, mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo utilizado en las actividades de exploración minera.

Alquiler o arrendamiento financiero de maquinaria, vehículos y equipos necesarios para las actividades de exploración.

Transporte de personal, maquinaria, equipo, materiales y suministros necesarios para las actividades de exploración y la construcción de campamentos.

Servicios médicos y hospitalarios.

Servicios relacionados con la protección ambiental.

Servicios de sistemas e informática Servicios de comunicaciones, incluyen comunicación radial, telefonía satelital.

Servicio de seguridad industrial y contraincendios.

Servicio de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativo.

Servicios de seguros.

Servicios de rescate, auxilio.

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