5/05/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 164-2018-EF/10

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 164-2018-EF/10 Lima, 3 de mayo de 2018 CONSIDERANDO: Que, del 28 de mayo al 01 de junio de 2018, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN sostendrá reuniones bilaterales con empresas que operan en el sector infraestructura en las ciudades de Bogotá D.C. y Medellín, República de Colombia y en la ciudad de Santiago, República de Chile; asimismo participará en dos eventos denominados: "Oportunidades de Inversión en Infraestructura y Servicios Públicos en el Perú:

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 164-2018-EF/10
Lima, 3 de mayo de 2018
CONSIDERANDO:

Que, del 28 de mayo al 01 de junio de 2018, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN
sostendrá reuniones bilaterales con empresas que operan en el sector infraestructura en las ciudades de Bogotá D.C. y Medellín, República de Colombia y en la ciudad de Santiago, República de Chile; asimismo participará en dos eventos denominados: "Oportunidades de Inversión en Infraestructura y Servicios Públicos en el Perú: Portafolio de Proyectos 2018-2019" organizado por PROINVERSIÓN, la Oficina Comercial del Perú en el Exterior - OCEX Bogotá y la Embajada del Perú en Colombia, y "Proyectos de Infraestructura en el Perú 2018-2019" organizado por la Cámara Chileno Peruana de Comercio, la Cámara Chilena de la Construcción, entre otros;

Que, los objetivos de la participación en los referidos eventos y reuniones son: (i) difundir la imagen del país como destino atractivo para la inversión; (ii) informar acerca del marco normativo para el desarrollo de proyectos en la modalidad de Asociaciones Público Privadas (APP); (iii) promover la cartera de proyectos en infraestructura y servicios públicos a cargo de PROINVERSIÓN; y, (iv)
posicionar y fortalecer la presencia del Perú;

Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la participación del señor César Martín Peñaranda Luna, Director de la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN en los citados eventos y reuniones, toda vez que contribuirán al cumplimiento de los objetivos y metas de dicha entidad;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme con lo establecido en
la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto de PROINVERSIÓN; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor César Martín Peñaranda Luna, Director de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, a las ciudades de Bogotá D.C. y Medellín, República de Colombia, y a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 27 de mayo al 02 de junio de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente norma.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, de acuerdo con el siguiente detalle:

Pasajes aéreos : US$ 1537.22
Viáticos (5+1) : US$ 2220.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado los viajes, el citado comisionado debe presentar ante el Titular de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DAVID ALFREDO TUESTA CÁRDENAS
Ministro de Economía y Finanzas

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