5/04/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 190-2018-PRODUCE Autorizan transferencias financieras del Programa

Autorizan transferencias financieras del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad a favor de entidades públicas vinculadas a los Sectores Educación y Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 190-2018-PRODUCE 3 de mayo de 2018 VISTOS; el Oficio Nº 185-2018-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.CE del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando Nº 615-2018-PRODUCE/ OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización
Autorizan transferencias financieras del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad a favor de entidades públicas vinculadas a los Sectores Educación y Producción
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 190-2018-PRODUCE
3 de mayo de 2018
VISTOS; el Oficio Nº 185-2018-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.CE del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando Nº 615-2018-PRODUCE/ OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 182-2018-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial Nº 617-2017-PRODUCE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 038:

Ministerio de la Producción;

Que, el Decreto Supremo Nº 157-2012-EF aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO
MILLONES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 35 000 000,00), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Innovación para la Competitividad";
suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE;

Que, el Decreto Supremo Nº 003-2014-PRODUCE, crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, en el ámbito del Ministerio de la Producción, con el objetivo general de impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; asimismo, establece la fusión por absorción a la Unidad Ejecutora 012: de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente establece, entre otros, que el Proyecto Innovación para la Competitividad se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP
Nº 159771 y Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE, y que el Consejo Directivo a cargo de su ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción;

Que, la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza para el presente año fiscal 2018, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; señalando que dichas transferencias financieras y las subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción y se publican en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, requiriéndose el Informe favorable previo de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces;

Que, la citada Disposición Complementaria Final a que se refiere el considerando precedente, dispone que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos, señalando que los mismos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia u otorgamiento, según corresponda, conforme a la dispuesto en la citada Disposición Complementaria Final; asimismo, señala que el Ministerio de la Producción, mediante resolución de su titular, debe establecer los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y personas jurídicas privadas, así como para la evaluación por parte del Ministerio de la Producción de los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas;

Que, mediante Oficio Nº 185-2018-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.CE, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, remite al Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 043-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERU / UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, sustentando la necesidad de autorizar las trasferencias financieras a favor de ocho (08) entidades públicas, vinculadas a los Sectores Educación y Producción, señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, hasta por la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO
MIL SEISCIENTOS CUATRO Y 88/100 SOLES (S/ 1
695 604,88), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinados a cofinanciar los instrumentos:
i) 02 "Proyectos de Investigación Aplicada" - IA; ii) 02
"Proyectos de Extensionismo Tecnológico" - ET; iii)
02 Proyectos vinculados a las "Becas de Repatriación de Investigadores - BRI"; iv) 01 "Proyecto Innovación Social 2, Reto 1. Mejorar el acceso y la Gestión de agua saludable y segura en la Amazonia" - ISASS; y, v) 07
"Proyectos I+D+I - Reto BIO"- IDIBIO, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y lo dispuesto por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, señalando que se cuenta con los recursos necesarios para otorgar las mencionadas transferencias y que los beneficiarios de los recursos vienen cumpliendo con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios y contratos respectivos, debidamente suscritos;

Que, con Memorando Nº 615-2018-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe Nº 182-2018-PRODUCE/OGPPM-OP, de su Oficina de Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias financieras a favor de entidades públicas vinculadas a los Sectores Educación y Producción, hasta por la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO
MIL SEISCIENTOS CUATRO Y 88/100 SOLES (S/ 1
695 604,88), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, destinadas a cofinanciar los desembolsos indicados anteriormente;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias financieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de las entidades públicas vinculadas a los Sectores Educación y Producción señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de UN MILLÓN
SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS
CUATRO Y 88/100 SOLES (S/ 1 695 604,88), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinadas a cofinanciar los proyectos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial , en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE
y de lo dispuesto por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo 2.- Financiamiento Las transferencias financieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realizan las transferencias financieras, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo 5.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 7.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Ministro de la Producción Anexo Único
TRANSFERENCIAS FINANCIERAS A FAVOR DE ENTIDADES PÚBLICAS EN EL MARCO
DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO Nº 2693/OC-PE "INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD"
Fuente de Financiamiento: 1. Recursos Ordinarios
Nº Entidad Pública Concurso
Nº Convenio
Nº Desemb.

Total Sector Pliego Unidad Ejecutora 1
38. PRODUCCIÓN
241. INSTITUTO TECNOLÓGICO
DE LA PRODUCCIÓN
001-194. INSTITUTO TECNOLOGICO
DE LA PRODUCCION
IA 302-15 5 9,874.50
2 ET 551-17 2 390,048.42
3
514.UNIVERSIDAD NACIONAL
DE INGENIERIA-UNI
002-1258.UNIDAD EJECUTORA 002
INICTEL-UNI
IDIBIO 119-18 1 94,309.60
4
001-92.UNIVERSIDAD DE INGENIERIA
ISASS 113-18 1 248,125.65
5 IDIBIO 109-18 1 148,889.49
6
512. UNIVERSIDAD NACIONAL
DE TRUJILLO
00.-90. UNIVERSIDAD NACIONAL DE
TRUJILLO
IA 142-15 5 11,907.05
7 BRI 354-15 5 6,976.23
8 10. EDUCACIÓN
513. UNIVERSIDAD NACIONAL
SAN AGUSTIN
001-91. UNIVERSIDAD NACIONAL DE
SAN AGUSTIN
IDIBIO 118-18 1 119,876.00
9
518. UNIVERSIDAD NACIONAL
AGRARIA LA MOLINA
001-96. UNIVERSIDAD NACIONAL
AGRARIA LA MOLINA
ET 442-15 4 88,816.20
10 BRI 191-15 6 13,106.78
11 IDIBIO 110-18 1 144,100.00
12
533. UNIDAD NACIONAL DE
SAN MARTÍN
001-111. UNIVERSIDAD NACIONAL DE
SAN MARTIN - TARAPOTO
IDIBIO 101-18 1 150,000.00
13
510. UNIVERSIDAD NACIONAL
MAYOR DE SAN MARCOS
001-88. UNIVERSIDAD NACIONAL
MAYOR DE SAN MARCOS
IDIBIO 092-18 1 119,574.96
14 IDIBIO 094-18 1 150,000.00
Total 1,695,604.88
Donde:

IA: Proyectos de Investigación Aplicada.

ET: Proyectos de Extensionismo Tecnologico.

BRI: Becas de Repatriacion de Investigadores.

ISASS: Proyectos de Innovacion Social 2 Reto1 Mejorar el Acceso y la Gestion de Agua Saludable y Segura en la Amazonia.

IDIBIO: Proyectos de I+D+I -Reto BIO.

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