5/30/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 200-2018-EF/43 Aprueban el Contrato de Servicio de Información Financiera

Aprueban el Contrato de Servicio de Información Financiera "Bloomberg Professional" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 200-2018-EF/43 Lima, 25 de mayo de 2018 CONSIDERANDO: Que, el numeral 46.1 del artículo 46 de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado para contratar los servicios de asesoría legal y financiera, y de otros servicios especializados, vinculados directa o indirectamente al objeto de la citada Ley, de acuerdo
Aprueban el Contrato de Servicio de Información Financiera "Bloomberg Professional"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 200-2018-EF/43
Lima, 25 de mayo de 2018
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 46.1 del artículo 46 de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado para contratar los servicios de asesoría legal y financiera, y de otros servicios especializados, vinculados directa o indirectamente al objeto de la citada Ley, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante Decreto Supremo;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2006-EF, se aprobó el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el marco de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, disponiendo que las contrataciones
de los referidos servicios serán efectuadas por la Oficina General de Administración a requerimiento de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público (en la actualidad Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público), cuando éstos estén indirectamente vinculados a una operación de endeudamiento público o de administración de deuda;

Que, el numeral 8.2 del artículo 8 del citado Procedimiento establece que se consideran como servicios vinculados indirectamente a las operaciones de endeudamiento público o de administración de deuda, para efectos de lo dispuesto en el numeral 46.1 del artículo 46 de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, entre otros, a los servicios de Bloomberg;

Que, asimismo el numeral 9.1 del artículo 9 del referido Procedimiento dispone que cuando los servicios vinculados indirectamente a las operaciones de endeudamiento público o de administración de deuda, son prestados por proveedores únicos, la Oficina General de Administración procederá a su contratación directa, previo cumplimiento de las acciones que señala dicho numeral, agregando la Segunda Disposición Final del citado Procedimiento que la interpretación de las disposiciones contenidas en dicho documento es competencia de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público;

Que, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, órgano rector del Sistema Nacional de Endeudamiento, sustenta las razones que justifican la contratación como proveedor único de Bloomberg Finance L.P. para que brinde el servicio de información financiera "Bloomberg Professional";

Que, la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración elabora el proyecto de contrato de prestación de servicios;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina favorablemente sobre el proyecto de contrato de prestación de servicios a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y Bloomberg Finance L.P.; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento;
en el Decreto Supremo Nº 033-2006-EF, que aprueba el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el marco de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 117-2014-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Contrato de Servicio de Información Financiera "Bloomberg Professional", a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y Bloomberg Finance L.P.

Artículo 2.- Autorizar a la Directora General de la Oficina General de Administración para que en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el contrato referido en el artículo precedente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DAVID ALFREDO TUESTA CÁRDENAS
Ministro de Economía y Finanzas

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