5/12/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 217-2018-MINEDU Aprueban Norma Técnica denominada "Disposiciones para la

Aprueban Norma Técnica denominada "Disposiciones para la implementación del Programa de Inducción Docente a desarrollarse en el año 2018" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 217-2018-MINEDU Lima, 11 de mayo de 2018 VISTOS, el Expediente Nº 0013822-2018, el Informe Nº 036-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS de la Dirección de Formación Docente en Servicio dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, y el Informe Nº 255-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que,
Aprueban Norma Técnica denominada "Disposiciones para la implementación del Programa de Inducción Docente a desarrollarse en el año 2018"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 217-2018-MINEDU
Lima, 11 de mayo de 2018
VISTOS, el Expediente Nº 0013822-2018, el Informe Nº 036-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS de la Dirección de Formación Docente en Servicio dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, y el Informe Nº 255-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, de conformidad con el artículo 22 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, la inducción docente es la acción de formación en servicio dirigida al profesor recién nombrado, con el propósito de desarrollar su autonomía profesional y otras capacidades y competencias necesarias para que cumpla plenamente sus funciones, siendo el Ministerio de Educación el que regula este programa;

Que, el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, señala que la formación docente es un proceso continuo que comprende la formación inicial y la formación en servicio, que tiene por finalidad promover el desarrollo de las competencias profesionales establecidas en el Marco de Buen Desempeño Docente, con un enfoque integral que lo prepare para atender los requerimientos complejos, diversos y cambiantes del sistema educativo peruano; y que prepara a los profesores para mejorar la enseñanza y los logros de aprendizaje de los estudiantes a través de las cuatro áreas de desempeño laboral que la referida Ley establece para la carrera pública magisterial;

Que, el numeral 41.1 del artículo 41 del precitado Reglamento, modificado por el , establece que el Programa de Inducción del profesor que ingresa a la primera escala de la carrera magisterial sin experiencia previa o menor de dos (02) años en la docencia pública, tiene una duración no mayor de seis (06) meses y tiene la finalidad de fortalecer las competencias profesionales y personales del profesor, facilitar su inserción laboral en la institución educativa, así como promover su compromiso y responsabilidad institucional; correspondiéndole al Ministerio de Educación dictar las disposiciones complementarias para su implementación, incluyendo las vinculadas con la oportunidad del inicio del Programa;

Que, asimismo, el numeral 41.5 del referido artículo 41 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, modificado por el , dispone que el Programa de Inducción debe concluir con un plan de desarrollo profesional que incentive el desarrollo y buen desempeño
laboral del profesor beneficiario y que éste se encuentra obligado a cumplir, conforme a las disposiciones que para tal efecto establezca el Ministerio de Educación;

Que, la Décima Quinta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial suspende la aplicación de los numerales 41.2
y 41.4 del artículo 41 del referido Reglamento hasta la plena implementación del área de desempeño laboral de formación docente; y establece que en tanto se culmine la implementación de la referida área de desempeño, el Ministerio de Educación aprobará las disposiciones complementarias, a fin de asegurar la ejecución del Programa de Inducción, a través de los procesos de contratación respectivos que se implementarán para tal fin;

Que, a través del Oficio Nº 360-2018-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 036-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, el cual fue complementado con el Oficio Nº 083-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, elaborados por la Dirección de Formación Docente en Servicio, con los cuales se sustenta la necesidad que en el marco de lo dispuesto en la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento, se apruebe la norma que establezca las disposiciones para la implementación del Programa de Inducción Docente a desarrollarse en el presente año, dirigido a profesores ingresantes a la Carrera Pública Magisterial en el Concurso de Nombramiento y Contratación Docente convocado mediante Resolución Ministerial Nº 072-2017-MINEDU, sin experiencia previa o menor de dos (02) años en la docencia pública;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el ; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la implementación del Programa de Inducción Docente a desarrollarse en el año 2018", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación

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