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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 221-2018-PRODUCE Oficializan el evento denominado "Pescador Artesanal del
5/26/2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 221-2018-PRODUCE Oficializan el evento denominado "Pescador Artesanal del
Oficializan el evento denominado "Pescador Artesanal del Año 2018" y aprueban su Reglamento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 221-2018-PRODUCE Lima, 25 de mayo de 2018 VISTOS: El Memorando Nº 758-2018-PRODUCE/ DGPA de la Dirección General de Pesca Artesanal, el Informe Nº 287-2018-PRODUCE/DGPA-Dipforpa de la Dirección de Promoción y Formalización Pesquera Artesanal, el Memorando Nº 685-2018-PRODUCE/ OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 129-2018-PRODUCE/OGPPM-OPM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 221-2018-PRODUCE
Lima, 25 de mayo de 2018
VISTOS: El Memorando Nº 758-2018-PRODUCE/ DGPA de la Dirección General de Pesca Artesanal, el Informe Nº 287-2018-PRODUCE/DGPA-Dipforpa de la Dirección de Promoción y Formalización Pesquera Artesanal, el Memorando Nº 685-2018-PRODUCE/ OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 129-2018-PRODUCE/OGPPM-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que la referida Ley tiene por objeto normar la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo sostenible como fuente de alimentación, empleo e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad;
Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1195, establece que el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados; es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de pesquería artesanal, Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMyPE) y Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), promoción de la Industria y comercio interno en el ámbito de su jurisdicción;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción (ROF), aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, señala en su artículo 74 que la Dirección General de Pesca Artesanal es el órgano de línea, técnico responsable de promover e implementar, en el marco de la política nacional y sectorial, medidas de ordenamiento, formalización e innovación productiva para el desarrollo de la actividad pesquera artesanal y pesca deportiva, así como en materia de gestión empresarial de la infraestructura pesquera artesanal, velando por el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos;
Que, con Memorando Nº 758-2018-PRODUCE/DGPA la Dirección General de Pesca Artesanal remite el Informe Nº 287-2018-PRODUCE/DGPA-Dipforpa de su Dirección de Promoción y Formalización Pesquera Artesanal, en el cual señala que con el propósito de destacar y resaltar el esfuerzo de los agentes de la actividad pesquera artesanal a nivel nacional se recomienda oficializar el evento "Pescador Artesanal del Año 2018", estableciéndose como día central de dicha actividad el 29 de junio del presente año, para lo cual adjunta el proyecto de Resolución Ministerial que oficializa el mencionado evento y aprueba el Reglamento del mismo;
Que, mediante Memorando Nº 685-2018-PRODUCE/ OGPPM el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe Nº 129-2018-PRODUCE/OGPPM-OPM del Director de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la referida Oficina General, mediante el cual señala que el evento "Pescador Artesanal del Año 2018" se
encuentra previsto en el Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio de la Producción, además de que para la ejecución de dicho evento se ha considerado un presupuesto de cincuenta y cuatro mil cien soles (S/ 54,100.00), destinados a las adquisiciones de bienes y servicios para la premiación de los ganadores, y que estima pertinente la aprobación del proyecto del evento denominado "Pescador Artesanal del Año 2018;
Que, en tal sentido, corresponde oficializar el evento denominado: "Pescador Artesanal del Año 2018", así como aprobar su respectivo Reglamento;
Con las visaciones del Viceministro de Pesca y Acuicultura y de los Directores Generales de la Dirección General de Pesca Artesanal, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar el evento denominado "Pescador Artesanal del Año 2018", que se llevará a cabo el 29 de junio de 2018, organizado por la Dirección de Promoción y Formalización Pesquera Artesanal de la Dirección General de Pesca Artesanal del Ministerio de la Producción.
Artículo 2.- Aprobar el Reglamento del evento denominado "Pescador Artesanal del Año 2018" que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL PéREZ-REyES ESPEJO
Ministro de la Producción
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