5/30/2018

RESOLUCIÓN SECRETARIAL N° 000060-2018/SGEN/RENIEC Autorizan la labor de autenticación de firmas de

Autorizan la labor de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil en certificaciones de actas registrales y constancias para el uso en el exterior a servidores de la Jefatura Regional 1 - Piura RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 000060-2018/SGEN/RENIEC Lima, 29 de mayo de 2018 VISTOS: Las Hojas de Elevación Nº 000092-2018/ OC/SGSE/RENIEC (27FEB2018) y Nº 000037-2018/ GOR/SGSE/RENIEC (28FEB2018) de la Sub Gerencia de Servicios Especiales de la Gerencia de Operaciones Registrales; la Hoja de Elevación Nº
Autorizan la labor de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil en certificaciones de actas registrales y constancias para el uso en el exterior a servidores de la Jefatura Regional 1 - Piura
RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 000060-2018/SGEN/RENIEC
Lima, 29 de mayo de 2018
VISTOS: Las Hojas de Elevación Nº 000092-2018/ OC/SGSE/RENIEC (27FEB2018) y Nº 000037-2018/ GOR/SGSE/RENIEC (28FEB2018) de la Sub Gerencia de Servicios Especiales de la Gerencia de Operaciones Registrales; la Hoja de Elevación Nº 000089-2018/GOR/ RENIEC (07MAR2018) de la Gerencia de Operaciones Registrales; el Memorando Nº 000156-2018/SGEN/ RENIEC (15MAR2018) de la Secretaría General; el Informe Nº 000091-2018/GTH/SGAL/RENIEC (23ABR2018) de la Sub Gerencia de Asuntos Laborales de la Gerencia de Talento Humano; la Hoja de Elevación Nº 000069-2018/ GTH/RENIEC (24ABR2018) de la Gerencia de Talento Humano; el Informe Nº 000118-2018/GAJ/SGAJR/ RENIEC (27ABR2018) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
y la Hoja de Elevación Nº 000239-2018/GAJ/RENIEC (27ABR2018) de la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con
arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como un organismo constitucionalmente autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera, encargada de organizar y mantener el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que conforme a lo dispuesto por Resolución Jefatural Nº 001-99-JEF/RENIEC (04ENE1999), las certificaciones de actas de nacimiento, matrimonio o defunciones que expide el RENIEC, a través de las Oficinas del Registro de Estado Civil, requieren para su uso en el exterior, de la constancia de verificación de la firma del registrador que las expidió;

Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante documento de vistos, hace de conocimiento el pedido formulado por la Sub Gerencia de Servicios Especiales, a través del cual propone se autorice la labor de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas de actas y constancias para usos en el exterior a los servidores Carlos Mark Sánchez Moscol y Angel Giancarlo Castillo Curay, de la Jefatura Regional 1 - Piura; asimismo, dejar sin efecto la designación de la señora Julissa Huerto Carrillo, dispuesta por Resolución Secretarial Nº 000003-2017/ SGEN/RENIEC (01FEB2017), debido a que ya no presta servicios en dicha Jefatura Regional.

Que la Guía de Procedimientos GP-391-GOR/ SGSE/001 Autenticación de Firmas en Certificaciones de Actas Registrales y Constancias de No Inscripción de Hechos Vitales y Actos Modificatorios del Estado Civil Certificadas por las Oficinas de Registro del Estado Civil (OREC), Primera Versión, aprobada por Resolución Secretarial Nº 18-2016/SGEN/RENIEC (12ABR2016), dispone en su numeral 4.5 que el autenticador de firmas en certificaciones de actas registrales - OREC, es el servidor facultado por el RENIEC a dar calidad de auténtica la certificación de un acta registral;

Que la Gerencia de Talento Humano mediante documentos de vistos, opina que los servidores propuestos por la Gerencia de Operaciones Registrales se encuentran aptos para la labor de Autenticadores de Firmas;

Que conforme lo dispone el artículo 25º del Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 73-2016/ JNAC/RENIEC (31MAY2016), la Secretaría General es el órgano de la Alta Dirección que se constituye en la máxima autoridad administrativa de la institución; por lo que al ser el pedido formulado por la Sub Gerencia de Servicios Especiales de la Gerencia de Operaciones Registrales uno de carácter administrativo, corresponde a la Secretaría General emitir el correspondiente acto administrativo que así lo disponga;

Que la presente Resolución debe ser puesta en conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el artículo 25º y el inciso s) del artículo 26º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009) y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la labor de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil en certificaciones de actas registrales y constancias para el uso en el exterior a los siguientes servidores: Carlos Mark Sánchez Moscol y Angel Giancarlo Castillo Curay, de la Jefatura Regional 1 - Piura de la Gerencia de Operaciones Registrales.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la labor de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil en certificaciones de actas registrales y constancias para el uso en el exterior a la señora Julissa Huerto Carrillo, dispuesta por Resolución Secretarial Nº 000003-2017/ SGEN/RENIEC (01FEB2017), en virtud a lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución Secretarial.

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales el cumplimiento de la presente Resolución Secretarial y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

TATIANA IRENE MENDIETA BARRERA
Secretaria General

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