6/25/2018

DECRETO REGIONAL N° 004-2018-AREQUIPA Aprueban Lineamientos para la Calificación y aprobación de

Aprueban Lineamientos para la Calificación y aprobación de Proyectos Industriales de Interés Regional DECRETO REGIONAL Nº 004-2018-AREQUIPA LA GOBERNADORA DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA VISTO: El Informe Nº 660-2018-GRA/ORAJ y el Informe de Sesión de Directorio de Gerentes Nº 22-2018-GRA/SG emitido por la Secretaria General de la Sede del Gobierno Regional de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, el Inc. b) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto
Aprueban Lineamientos para la Calificación y aprobación de Proyectos Industriales de Interés Regional
DECRETO REGIONAL Nº 004-2018-AREQUIPA
LA GOBERNADORA DEL GOBIERNO REGIONAL
DE AREQUIPA
VISTO:

El Informe Nº 660-2018-GRA/ORAJ y el Informe de Sesión de Directorio de Gerentes Nº 22-2018-GRA/SG
emitido por la Secretaria General de la Sede del Gobierno Regional de Arequipa; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Inc. b) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, prescribe:

Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA:
"Artículo 77.- De las causales para la venta directa Por excepción, podrá procederse a la compraventa directa de bienes de dominio privado a favor de particulares, en cualquiera de los siguientes casos: (...)
b) Con la finalidad de ejecutar un proyecto de interés nacional o regional, cuya viabilidad haya sido calificada y aprobada por el sector o la entidad competente, acorde con la normatividad y políticas de Estado. (...)"
Que, en mérito a lo establecido en el referido inciso el Ministerio de la Producción, con Resolución Ministerial Nº 369-2013-PRODUCE, ha aprobado la Directiva Nº 014-2013-PRODUCE, en el cual se establece que el órgano competente para declarar de interés nacional el proyecto, es el Ministro de la Producción y que la declaración de Interés Regional del proyecto será declarada por el Presidente Regional, hoy Gobernador Regional.

Que, ante la falta de reglamentación para proceder a la calificación de proyectos industriales, presentados en mérito a lo dispuesto en el Inc. b) del artículo 77º del Reglamento de la Ley 29151, se ha tomado en consideración lo establecido por el Ministerio de la Producción, en la Directiva Nº 014-2013-PRODUCE.

Que, teniendo en cuenta que el artículo 40º de la Ley Nº 27867, "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales", prescribe que los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano, es conveniente que los referidos lineamientos sean aprobados por Decreto Regional.

Estando a lo aprobado en el Directorio de Gerentes de fecha 25 de abril de 2018, y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso d) del artículo 21 º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

SE DECRETA:

Articulo 1º.- Aprueban lineamientos Apruébese los Lineamientos para la Calificación y aprobación de Proyectos Industriales de Interés Regional, presentado en el Marco del Inc. b) del artículo 77º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Reglamento de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de
Bienes Estatales" y la Directiva Nº 014-2013-PRODUCE, cuyo texto se encuentra contenido en 06 folios, los mismos que forman parte del presente decreto.

Articulo 2º.- Vigencia de la norma El presente Decreto, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

Articulo 3º.- Publicación Disponer la publicación del presente Decreto Regional en el Diario oficial "El Peruano, como en el diario de Avisos Judiciales. Encargándose a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional que, una vez publicado en el diario oficial inmediatamente se publique en la página web institucional las modificaciones a los lineamientos, aprobadas en el artículo 1º del presente Decreto.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los dieciocho (18) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

YAMILA OSORIO DELGADO
Gobernadora Regional

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