Inicio
Educacion
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 114-2018-SINEACE/CDAH-P Modifican
6/09/2018
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 114-2018-SINEACE/CDAH-P Modifican
Modifican artículo de la Res. Nº 443-2017-SINEACE/CDAH-P, sobre reconocimiento de acreditación otorgada por el IAC - CINDA a la Carrera de Medicina de la Universidad Peruana Cayetano Heredia RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 114-2018-SINEACE/CDAH-P San Isidro, 5 de junio de 2018 VISTOS: El Informe Nº 106-2018-SINEACE/P-ST-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y Carta de fecha 10 de mayo 2018 contenida en el Expediente Nº UACTDA20180001602; y, CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 114-2018-SINEACE/CDAH-P
San Isidro, 5 de junio de 2018
VISTOS:
El Informe Nº 106-2018-SINEACE/P-ST-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y Carta de fecha 10 de mayo 2018 contenida en el Expediente Nº UACTDA20180001602; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Ad Hoc Nº 443-2017-SINEACE/ CDAH-P de fecha 18 de diciembre 2017, se oficializó el Acuerdo Nº343-2017-CDAH, de sesión del Consejo Directivo Ad Hoc de fecha 11 de diciembre 2017, mediante el cual se aprobó el reconocimiento de la acreditación otorgada por el Instituto Internacional para el Aseguramiento de la Calidad IAC-CINDA, a la carrera de Medicina Humana de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, con vigencia al 08 de mayo 2020;
Que, mediante Carta de fecha 10 de mayo 2018, el Rector de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, solicita se atienda lo requerido por el Decano de las Facultades de Medicina, Estomatología y Enfermería, procediendo a corregir el nombre de la carrera profesional de "Medicina Humana" debiendo consignarse "Medicina", adjuntando para ello el certificado expedido por el IAC-CINDA, en el que figura el cambio de nombre de la carrera;
Que, mediante el informe del vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica considera viable lo solicitado por la mencionada universidad, manifestando que no existe afectación al fondo del acto administrativo que aprobó el mencionado reconocimiento; siendo así, corresponde expedir el acto resolutivo, atendiendo lo solicitado;
Contando con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, Oficina de Asesoría Jurídica; y, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28740
- Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace; la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria; y, con las facultades otorgadas mediante la Resolución Ministerial Nº396-2014-MINEDU y modificatorias; y, Resolución Ministerial
Nº 331-2017-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Ad Hoc Nº 443-2017-SINEACE/CDAH-P de 18 de diciembre 2017, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º Oficializar el Acuerdo Nº 343-2017-CDAH, de sesión de fecha 11 de diciembre 2017 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se aprobó el reconocimiento de la acreditación otorgada por el Instituto Internacional para el Aseguramiento de la Calidad IAC-CINDA, a la carrera de Medicina, de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, con vigencia al 08 de mayo de 2020.
Artículo 2º.- Ratificar los demás extremos de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Ad Hoc Nº 443-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 18 de diciembre 2017.
Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web Institucional (www.sineace.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CAROLINA BARRIOS VALDIVIA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc Sineace
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)