6/01/2018

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 103-2018-SINEACE/CDAH-P Oficializan

Oficializan Acuerdo que amplía autorización a World Vision Perú como Entidad Certificadora de competencias en la ocupación de "Promotor en gestión del riesgo de desastres" RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 103-2018-SINEACE/CDAH-P Lima, 29 de mayo de 2018 VISTO: El Informe Nº000016-2018-SINEACE/P-DEC-EBTP, emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el
Oficializan Acuerdo que amplía autorización a World Vision Perú como Entidad Certificadora de competencias en la ocupación de "Promotor en gestión del riesgo de desastres"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 103-2018-SINEACE/CDAH-P
Lima, 29 de mayo de 2018
VISTO:

El Informe Nº000016-2018-SINEACE/P-DEC-EBTP, emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace; y,
CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, la finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, es garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;

Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial Nº396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo;

Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Ad Hoc Nº 357-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 11 de setiembre 2017, se autorizó a la Entidad Certificadora World Vision Perú, para certificar en la ocupación de Agente Comunitario de Salud, con vigencia de cinco (05) años;

Que, mediante documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace, recomienda la ampliación de autorización como entidad certificadora de competencias a la entidad World Vision Perú, para certificar competencias en la ocupación de "Promotor en gestión del riesgo de desastres", con una vigencia de cinco (05) años, al haber cumplido con los requisitos establecidos en la "Guía de Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales a nivel Técnico Productivo", aprobado con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº081-2015-COSUSINEACE/CDAH-P; acompañando a tal efecto, el Informe Nº009-2018-SINEACE/P/DEC-EBTP-YBT, con la documentación respectiva;

Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo Nº027-2018-CDAH, de sesión de fecha 16 de mayo 2018, se otorgó la ampliación de autorización a la entidad World Vision Perú, como Entidad Certificadora de competencias en la ocupación de "Promotor en gestión del riesgo de desastres" con una vigencia de cinco (05) años;

De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y la Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Oficializar el Acuerdo Nº027-2018-CDAH, de sesión de fecha 16 de mayo 2018, del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se amplía la autorización a la entidad World Vision Perú, como Entidad Certificadora de competencias en la ocupación de "Promotor en gestión del riesgo de desastres", con una vigencia de cinco (05) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web Institucional (www.sineace.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAROLINA BARRIOS VALDIVIA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc Sineace

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