6/05/2018

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 108-2018/SENAMHI Aprueban Presupuesto Analítico de Personal

Aprueban Presupuesto Analítico de Personal - PAP del SENAMHI correspondiente al Año Fiscal 2018 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 108-2018/SENAMHI Lima, 31 de mayo de 2018 VISTOS: El Informe Técnico Nº 009-2018/SENAMHI-ORH y el Memorándum Nº 444-2018/SENAMHI-ORH de la Oficina de Recursos Humanos; el Informe Nº 063-2018/ SENAMHI-OPP-UP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología
Aprueban Presupuesto Analítico de Personal - PAP del SENAMHI correspondiente al Año Fiscal 2018
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 108-2018/SENAMHI
Lima, 31 de mayo de 2018
VISTOS:

El Informe Técnico Nº 009-2018/SENAMHI-ORH
y el Memorándum Nº 444-2018/SENAMHI-ORH de la Oficina de Recursos Humanos; el Informe Nº 063-2018/ SENAMHI-OPP-UP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú, modificada por la Ley Nº 27188, establece que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI es un organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, dentro de los límites del ordenamiento legal del Sector Público;

Que, mediante la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, se adscribe la referida entidad, como organismo público ejecutor, al Ministerio del Ambiente;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2016-MINAM, establece que dicha entidad cuenta con una estructura orgánica compuesta por órganos de administración interna, órganos de línea y órganos desconcentrados;

Que, según el numeral 5.1 de la Directiva Nº 001-82- INAP-DNP "Directiva para la formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las Entidades del Sector Público" (aprobada por la Resolución Jefatural Nº 019-82-INAP-DIGESNAP), "Los PAP son documentos en los cuales se consideran el presupuesto para los servicios específicos de personal permanente y del eventual en función de la disponibilidad presupuestal y el cumplimiento de las metas de los Sub-Programas, actividades y/o Proyectos de cada Programa Presupuestario, previamente definidos en la estructura programática, teniendo en cuenta los CAP y lo dispuesto por las normas de austeridad en vigencia";

Que, el numeral 6.8 de la Directiva en mención señala que el PAP es aprobado por el titular del pliego presupuestal o por el funcionario a quien se delegue en forma expresa dicha competencia;

Que, el numeral 2 de la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto (aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF), establece que "la cobertura de plazas, bajo cualquier forma o modalidad contractual laboral, prevista en el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, se autoriza previa opinión favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces y, en su caso, de la unidad ejecutora respectiva, que garantice la existencia de los fondos públicos en el Grupo Genérico de Gasto vinculado al concepto de personal y obligaciones sociales, para el período que dure el contrato y la relación laboral";

Que, mediante la Ley Nº 30693, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;

Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 227-2017/SENAMHI, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 331: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología;

Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 091-2018/SENAMHI se aprobó el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP
Provisional del SENAMHI;

Que, mediante el Informe Técnico Nº 009-2018/ SENAMHI-ORH, la Oficina de Recursos Humanos recomienda aprobar el proyecto de Presupuesto Analítico de Personal - PAP del SENAMHI correspondiente al Año Fiscal 2018;

Que, con Memorándum Nº 444-2018/SENAMHI-ORH, la Oficina de Recursos Humanos efectúa precisiones al Informe Técnico Nº 009-2018/SENAMHI-ORH;

Que, a través del Informe Nº 063-2018/SENAMHI-OPP-UP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable para la aprobación del proyecto de Presupuesto Analítico de Personal - PAP correspondiente al Año Fiscal 2018;

Que, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2016-MINAM, indica que "El (la)
Presidente (a) Ejecutivo (a) es la máxima autoridad ejecutiva del SENAMHI, es titular del pliego y ejerce la representación de la entidad ante las entidades públicas y privadas a nivel nacional e internacional";

Que, en el marco de las normas citadas precedentemente y contando con la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, procede aprobar el Presupuesto Analítico de Personal - PAP del SENAMHI correspondiente al Año Fiscal 2018;

Con el visado de la Gerente General, del Director de la Oficina de Recursos Humanos; del Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y del Director de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, modificada por la Ley Nº 27188; su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-85-AE; la Ley Nº 30693, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 003-2016-MINAM;
y la Directiva Nº 001-82-INAP-DNP "Directiva para la formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP)
en las Entidades del Sector Público", aprobada por la Resolución Jefatural Nº 019-82-INAP-DIGESNAP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal - PAP del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI correspondiente al Año Fiscal 2018, el mismo que en Anexos 1, 2 y 3 forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Remitir una copia de la presente Resolución y sus Anexos a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como de sus Anexos en el Portal Institucional del SENAMHI (http:// www.senamhi.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese
KEN TAKAHASHI GUEVARA
Presidente Ejecutivo Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI

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