6/14/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 556-2018/MINSA Conforman Comité de Expertos ad honorem de la Dirección de

Conforman Comité de Expertos ad honorem de la Dirección de Intervenciones por Curso de Vida y Cuidado Integral, respecto al tema de Curso de Vida Adulto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 556-2018/MINSA Lima, 12 de junio del 2018 Visto, el Expediente Nº 18-040913-001 que contiene el Informe Nº 019-2018-EVA-DVICI-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº
Conforman Comité de Expertos ad honorem de la Dirección de Intervenciones por Curso de Vida y Cuidado Integral, respecto al tema de Curso de Vida Adulto
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 556-2018/MINSA
Lima, 12 de junio del 2018
Visto, el Expediente Nº 18-040913-001 que contiene el Informe Nº 019-2018-EVA-DVICI-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas;

Que, el artículo 4 de la Ley precitada, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidad-es adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;

Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la acotada Ley, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;

Que, el artículo 63, del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificada por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública en materia de Salud Mental, Prevención y Control de Discapacidad, Salud Sexual y Reproductiva, Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas, Prevención y Control del Cáncer, Inmunizaciones, Salud Bucal, Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Prevención y Control de VIH-SIDA, Enfermedades de Transmisión Sexual y Hepatitis, Prevención y Control de la Tuberculosis, Intervenciones por curso de vida y cuidado integral, Promoción de la Salud; y Pueblos Indígenas u Originarios;

Que, el último párrafo del artículo 63 del precitado Reglamento dispone que para el mejor desarrollo de sus funciones puede contar con un Comité de Expertos, ad honorem conformado por profesionales, especialistas, representantes de entidades públicas e instituciones privadas, sociedad civil, así como organismos internacionales, los cuales brindan recomendaciones y asesoramiento especializado para sustentar la toma de decisiones basadas en evidencias;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;

Que, mediante el Informe Nº 299-2018-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública (e), del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA modificado por el Decreto Supremo Nº 011-2017-SA y el Decreto Supremo Nº 032-2017-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Conformar el Comité de Expertos ad honorem de la Dirección de Intervenciones por Curso de Vida y Cuidado Integral de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, respecto al tema de Curso de Vida Adulto, integrado por los siguientes miembros:
- Médico Cirujano, Armando Augusto Calvo Quiroz - Médico Cirujano, Juan Daniel Guillén Cabrejos - Médico Cirujano, Karina Mobalsa Montano Fernández - Médico Psiquiatra, Vanessa Evelyn Herrera López - Licenciada en Nutrición, Elizabeth María Racacha Valladares Artículo 2.- Facultar al Comité de Expertos conformado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, a elegir entre sus miembros a su Presidente y a su Secretario, así como elaborar y aprobar su Reglamento Interno.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese
SILVIA ESTER PESSAH ELJAY
Ministra de Salud

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