7/18/2018

Comité Gobierno Digital Ministerio RM 290-2018-PRODUCE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Constituyen Comité de Gobierno Digital del Ministerio RM 290-2018-PRODUCE Lima, 16 de julio de 2018 VISTOS: Los Memorándums Nos. 527 y 556-2018-PRODUCE/OGTI y los Informes Nos. 0036 y 0038-2018-PRODUCE/OGTI-jcrodríguez de la Oficina General de Tecnologías de la Información, el Memorando Nº 00870-2018-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 164-2018-PRODUCE/OGPPM-OPM de la Oficina
Poder Ejecutivo, Produce
Constituyen Comité de Gobierno Digital del Ministerio
RM 290-2018-PRODUCE
Lima, 16 de julio de 2018
VISTOS: Los Memorándums Nos. 527 y 556-2018-PRODUCE/OGTI y los Informes Nos. 0036 y 0038-2018-PRODUCE/OGTI-jcrodríguez de la Oficina General de Tecnologías de la Información, el Memorando Nº 00870-2018-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 164-2018-PRODUCE/OGPPM-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Gobierno Electrónico 2013-2017, siendo el principal instrumento para propiciar el desarrollo y despliegue del Gobierno Electrónico en el Perú, siendo de alcance y cumplimiento obligatorio por parte de todos los entes y niveles de las entidades de la Administración Pública, la cual prevé determinados lineamientos estratégicos para la adopción del Gobierno Electrónico en el país;


Que, por Decreto Supremo Nº 033-2018-PCM, se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano y se establecen disposiciones adicionales para el desarrollo del Gobierno Digital, entre ellas la creación del rol del Líder de Gobierno Digital en cada una de las entidades de la administración pública para la coordinación de acciones y medidas para la transformación digital y despliegue del Gobierno Digital;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 119-2018-PCM, se dispone la creación de un Comité de Gobierno Digital en cada entidad de la Administración Pública, el cual constituirá un mecanismo de gobierno para la dirección, evaluación y supervisión del proceso de transformación digital y Gobierno Digital en las entidades de la Administración Pública, contribuyendo al cumplimiento de sus objetivos y planes institucionales, así como a una mejor prestación de servicios públicos digitales de cara a la ciudadanía;


Que, con Memorándums Nos. 527 y 556-2018-PRODUCE/OGTI la Oficina General de Tecnologías de la Información remite los Informes Nos.
0036 y 0038-2018-PRODUCE/OGTI-jcrodríguez, en los cuales señalan que resulta necesario la creación del Comité de Gobierno Digital del Ministerio de la Producción, así como su conformación y la determinación de sus funciones, para lo cual alcanza el proyecto de Resolución Ministerial que dispone la creación del citado Comité;

Que, mediante Memorando Nº 00870-2018-PRODUCE/ OGPPM el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe Nº 164-2018-PRODUCE/OGPPM-OPM del Director de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la referida Oficina General, mediante el cual emite opinión favorable sobre la creación del Comité de Gobierno Digital del Ministerio de la Producción;

Que, en tal sentido, corresponde constituir y conformar el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de la Producción, así como establecer sus funciones;

Con las visaciones de la Oficina General de Tecnologías de la Información, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Constituir el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de la Producción, el mismo que está conformado por:
- El/la Ministro/a de la Producción o su representante, quien lo presidirá.
- El/la líder de Gobierno Digital.
- El/la Director/a General de la Oficina General de Tecnologías de la Información.
- El/la Director/a General de la Oficina General de Recursos Humanos.
- El/la Director/a General de la Oficina General de Atención al Ciudadano.
- El/la Oficial de Seguridad de la Información.

El/la representante del/la Ministro/a de la Producción y el/la líder de Gobierno Digital serán designados mediante comunicación escrita.

Artículo 2.- El Comité de Gobierno Digital del Ministerio de la Producción, tiene las siguientes funciones:
a) Formular el Plan de Gobierno Digital del Ministerio de la Producción.
b) Liderar y dirigir el proceso de transformación digital del Ministerio de la Producción.
c) Evaluar que el uso actual y futuro de las tecnologías digitales sea acorde con los cambios tecnológicos, regulatorios, necesidades del Ministerio de la Producción, objetivos institucionales, entre otros con miras a implementar el Gobierno Digital.
d) Gestionar la asignación de personal y recursos necesarios para la implementación del Plan de Gobierno Digital en los Planes Operativos Institucionales, Plan Anual de Contrataciones y otros.
e) Promover y gestionar la implementación de estándares y buenas prácticas en gestión y gobierno de tecnologías digitales en el Ministerio de la Producción.
f) Elaborar informes anuales que midan el progreso de la implementación del Plan de Gobierno Digital.
g) Vigilar el cumplimiento de la normatividad relacionada con la implementación del gobierno digital en el Ministerio de la Producción.
h) Promover el intercambio de datos de información, así como la colaboración en el desarrollo de proyectos de digitalización entre entidades.
i) Otras funciones que se le asigne en el ámbito de su competencia y aquellas concordantes con la materia.

Artículo 3.- El Comité de Gobierno Digital del Ministerio de la Producción deberá determinar la oportunidad de sus sesiones, lugares de reunión, quórum, registro de actas, funciones y actividades de cada miembro, así como otros aspectos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 4.- Disponer que los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de la Producción presten apoyo al Comité de Gobierno Digital para el cumplimiento de sus funciones, pudiendo ser convocados a participar en las sesiones del mismo.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Ministro de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 290-2018-PRODUCE Constituyen Comité de Gobierno Digital del Ministerio
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 290-2018-PRODUCE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-07-18
  • Fecha de aplicacion : 2018-07-19

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