7/10/2018

DECRETO SUPREMO N° 158-2018-EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales con cargo a los recursos del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales - FED en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 DECRETO SUPREMO Nº 158-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal b) del artículo 19 de la Ley Nº 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que se han asignado recursos en el presupuesto institucional del pliego Ministerio
Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales con cargo a los recursos del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales - FED en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018
DECRETO SUPREMO Nº 158-2018-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, el literal b) del artículo 19 de la Ley Nº 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que se han asignado recursos en el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, hasta la suma de S/ 170 000 000,00 (CIENTO
SETENTA MILLONES Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, destinados, exclusivamente, al financiamiento de los fines del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED); estableciéndose, adicionalmente, en el último párrafo del mismo artículo que los recursos a los que se refieren, entre otros, el citado literal b) se ejecutan bajo las mismas formalidades, mecanismos y procedimientos aprobados en la normatividad vigente para, entre otros, el Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), en lo que les fuera aplicable;

Que, asimismo, de conformidad con el cuarto párrafo de la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, creó el Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), cuyos recursos son incorporados a los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales que ejecutan intervenciones de los programas presupuestales vinculados al Desarrollo Infantil Temprano, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de esta última, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, previa suscripción del respectivo convenio; señalándose, adicionalmente, que dichos recursos serán destinados a financiar bienes y servicios, así como bienes de capital, asociados a los resultados previstos en el convenio;

Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 6 del Reglamento del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 010-2017-MIDIS, el Comité Directivo de dicho Fondo tiene entre sus funciones, aprobar el modelo y promover la suscripción del Convenio de Asignación por Desempeño (CAD); aprobar los informes de verificación de cumplimiento de los compromisos de gestión, las metas de cobertura, así como las condiciones previstas en los Convenios y aprobar la propuesta de distribución de los recursos;

Que, la incorporación o transferencia de recursos para el Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED) o asignados en el presupuesto institucional de los pliegos presupuestarios, pueden efectuarse excepcionalmente hasta el 30 de noviembre del 2018, y debe contar con la opinión previa favorable de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, adicionalmente, mediante Informe Nº 233-2018-MIDIS/SG/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, emite opinión favorable e informa que se cuenta con disponibilidad presupuestal en el presupuesto institucional del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para atender la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, los cuales se encuentran sustentados en el Acta Nº 006-2018-COMITÉ
DIRECTIVO FED y el Acta Nº 009-2018-COMITÉ
DIRECTIVO FED, correspondiente al cumplimiento de compromisos de gestión y al cumplimiento de metas de cobertura y condiciones, respectivamente, que firmaron los Convenios de Asignación por Desempeño (CAD)
en el marco del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), a fin de financiar intervenciones de los programas presupuestales vinculados al Desarrollo Infantil Temprano; en virtud de lo cual, mediante Oficio Nº 547-2018-MIDIS-SG, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por el monto de
S/ 59 756 318,00 (CINCUENTA Y NUEVE MILLONES
SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS
DIECIOCHO Y 00/100 SOLES), a favor de veinticinco (25)
Gobiernos Regionales, conforme a la propuesta del Comité Directivo del Fondo, para financiar las intervenciones en salud, educación y acceso a agua clorada, asociadas a los resultados previstos en los Convenios de Asignación por Desempeño (CAD) suscritos por los referidos 25
Gobiernos Regionales;

De conformidad con lo dispuesto en la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el literal b) del artículo 19 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, el artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, y el Reglamento del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2017-MIDIS;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 59 756 318,00 (CINCUENTA Y
NUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS
MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 SOLES), del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a favor de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para financiar intervenciones en salud, educación y acceso a agua clorada, de acuerdo con el siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Central - MIDIS
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5005484 : Transferencia Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultado FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias : 59 756 318,00
-------------------- TOTAL EGRESOS 59 756 318,00
===========
A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios : 59 756 318,00
------------------- TOTAL EGRESOS 59 756 318,00
===========
1.2 Los pliegos habilitados en la Sección Segunda del párrafo 1.1, y los montos de transferencia por pliego, unidad ejecutora, programa presupuestal, productos y actividades, así como las respectivas codificaciones, se detallan en el Anexo 01 "Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales por el cumplimiento del tramo de los compromisos de gestión y el tramo metas de cobertura y condiciones en el marco del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales - FED", que forma parte integrante de este Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe) y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este Decreto Supremo. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo 02 que forma parte de la norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica; y, se presentan junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dicho Anexo se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis. gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la norma en el Diario Oficial El Peruano.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a los que hace referencia el artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Del refrendo El Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas

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