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Documento Denominado plan Nacional Cultivos RM 0313-2018-MINAGRI Agricultura y Riego
7/27/2018
Documento Denominado plan Nacional Cultivos RM 0313-2018-MINAGRI Agricultura y Riego
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Aprueban el documento denominado "Plan Nacional de Cultivos - Campaña Agrícola 2018 - 2019" RM 0313-2018-MINAGRI Lima, 26 de julio de 2018 VISTOS: El Oficio Nº 0133-2018-MINAGRI-DVPA/DGPA de la Dirección General de Políticas Agrarias; el Memorando Nº 1065-2018-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 268-2018-MINAGRI-DVPA/DGPA-DEEIA de la Dirección General de Políticas
Aprueban el documento denominado "Plan Nacional de Cultivos - Campaña Agrícola 2018 - 2019"
RM 0313-2018-MINAGRI
Lima, 26 de julio de 2018
VISTOS:
El Oficio Nº 0133-2018-MINAGRI-DVPA/DGPA de la Dirección General de Políticas Agrarias; el Memorando Nº 1065-2018-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 268-2018-MINAGRI-DVPA/DGPA-DEEIA de la Dirección General de Políticas Agrarias y el Informe Legal Nº 676-2018-MINAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 88 de la Constitución Política del Perú el Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario;
Que, en el marco de la Vigésima Tercera Política del Estado del Acuerdo Nacional: "Política de Desarrollo Agrario y Rural" el Estado Peruano se compromete a impulsar el desarrollo agrario y rural del país, que incluya a la agricultura, ganadería, acuicultura, agroindustria y a la explotación forestal sostenible, para fomentar el desarrollo económico y social del sector;
asimismo, dentro del rol subsidiario y regulador del Estado señalado en la Constitución, se compromete a promover la rentabilidad y la expansión del mercado de las actividades agrarias, impulsando su competitividad con vocación exportadora y buscando la mejora social de la población rural;
TAMBIEN PUEDES VER: Resolución Declaró Improcedente Solicitud RE 0549-2018-JNE JNE
Que, de conformidad con el artículo 4 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno;
Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley Nº 30048, establece que este Ministerio diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria;
ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; asimismo, el Sector Agricultura y Riego comprende a todas las entidades de los tres niveles de gobierno vinculadas al ámbito de competencia señalado en la referida Ley;
MAS NORMAS LEGALES: Resolución 126 2018 jee moyo/jne Emitida Jurado RE 0596-2018-JNE JNE
Que, de conformidad con el artículo 4 del mencionado Decreto Legislativo, el Ministerio de Agricultura y Riego tiene como ámbito de competencia las tierras de uso
agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; recursos forestales y su aprovechamiento; fl ora y fauna; recursos hídricos;
infraestructura agraria; riego y utilización de agua para uso agrario; cultivos y crianzas; y, sanidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; asimismo, de acuerdo con los subnumerales 6.2.1 y 6.2.8 del numeral 6.2 del artículo 6 del referido Decreto el Ministerio de Agricultura y Riego, para el cumplimiento de sus Competencias Compartidas, tiene por funciones, entre otras, promover la producción agraria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos agrarios nacionales a nuevos mercados, en coordinación con el Sector Comercio Exterior y Turismo y los demás sectores e instituciones que corresponda; así como promover el desarrollo productivo y sostenible de los agentes agrarios de las zonas rurales, fomentando la inserción de los pequeños y medianos productores agrarios en la economía del país, en coordinación con los sectores y entidades que corresponda;
Que, bajo dicho contexto, la Política Nacional Agraria, aprobada por Decreto Supremo Nº 002-2016-MINAGRI de cumplimiento obligatorio por el Gobierno Nacional, por los Gobiernos Regionales y por los Gobiernos Locales, tiene como objetivo general lograr el incremento sostenido de los ingresos y medios de vida de los productores y productoras agrarios, priorizando la agricultura familiar; sobre la base de mayores capacidades y activos más productivos y con un uso sostenible de los recursos agrarios en el marco de procesos de creciente inclusión social y económica de la población rural, contribuyendo a la seguridad alimentaria y nutricional;
Que, de conformidad con los literales d), g), j) y m) del artículo 51 de Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, son funciones en materia agraria que ejercen los Gobiernos Regionales: d)
Promover la transformación, comercialización, exportación y consumo de productos naturales y agroindustriales
ADMINISTRATIVA
REBECA NEMESIA
PEREZ ALLPOC
11
DIRECCION DE
REDES INTEGRADAS
DE SALUD LIMA SUR
DIRECCION
ADMINISTRATIVA
EMMA ROSALINA
SILVA YOVERA
12
DIRECCION DE
REDES INTEGRADAS
DE SALUD LIMA ESTE
DIRECCIÓN
ADMINISTRATIVA
MARTA PILAR
TARAZONA REYES
13
DIRECCION DE
REDES INTEGRADAS
DE SALUD LIMA
CENTRO
DIRECCIÓN
ADMINISTRATIVA - DIRIS
LIMA CENTRO
PABLO GERARDO
MOR
URDANEGUI
14
SEGURO SOCIAL DEL
PERU (ESSALUD)
GERENCIA CENTRAL DE
PROYECTOS DE INVERSIÓN
FLAVIA FIORELLA
DENEGRI IGLESIAS
15
OFICINA GENERAL
DE ADMINISTRACIÓN
OFICINA GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN
JOSÉ ERNESTO
MONTALVA DE FALLA
16
HOSPITAL MARÍA
AUXILIADORA
OFICINA EJECUTIVA DE
ADMINISTRACIÓN
EDITH ORFELINA
MUÑOZ LANDA
Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Salud, proceda con el registro de la presente Resolución Ministerial en el aplicativo informático del Banco de Inversiones.
Artículo 5.- Disponer la difusión de la presente Resolución Ministerial y de sus Anexos en el portal de Transparencia del Ministerio de Salud a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SILVIA ESTER PESSAH ELJAY
Ministra de Salud
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0313-2018-MINAGRI Aprueban el documento denominado "Plan Nacional de Cultivos - Campaña Agrícola 2018 - 2019"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0313-2018-MINAGRI
- Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-07-27
- Fecha de aplicacion : 2018-07-28
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Organismos Ejecutores
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