7/10/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 211-2018-MIDIS Aprueban el "Portal Web Evidencia MIDIS", que tiene como

Aprueban el "Portal Web Evidencia MIDIS", que tiene como objetivo difundir el conocimiento generado por la Dirección General de Seguimiento y Evaluación del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 211-2018-MIDIS Lima, 6 de julio de 2018 VISTOS: El Informe Nº 79-2018-MIDIS/VMPES/DGSE, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación; el Informe Nº 63-2018-MIDIS/VMPES/DGSE/DE, de la Dirección de Evaluación; y, el Memorando Nº 171-2018-MIDIS/ VMPES, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación
Aprueban el "Portal Web Evidencia MIDIS", que tiene como objetivo difundir el conocimiento generado por la Dirección General de Seguimiento y Evaluación del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 211-2018-MIDIS
Lima, 6 de julio de 2018
VISTOS:

El Informe Nº 79-2018-MIDIS/VMPES/DGSE, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación; el Informe Nº 63-2018-MIDIS/VMPES/DGSE/DE, de la Dirección de Evaluación; y, el Memorando Nº 171-2018-MIDIS/ VMPES, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;

Que, de conformidad con lo indicado en los artículos 54 y 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, la Dirección General de Seguimiento y Evaluación es el órgano de línea dependiente del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, que tiene entre sus funciones establecer los lineamientos, metodologías, estándares y criterios técnicos para el seguimiento y la evaluación del diseño, implementación y resultados de las políticas, sus instrumentos y los programas sociales en materia de desarrollo e inclusión social, así como para la gestión de la evidencia y del conocimiento a nivel sectorial e institucional;
y de dirigir y supervisar la implementación de las estrategias y mecanismos de generación, uso, socialización y difusión de la evidencia, recomendaciones y conocimiento producto de las evaluaciones y otros estudios;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 192-2012- MIDIS, se aprueba la Directiva Nº 007-2012-MIDIS
"Lineamientos para la evaluación, seguimiento y gestión de la evidencia de las políticas, planes, programas y proyectos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social", estableciéndose en el numeral 10.2.1 que la Dirección General de Seguimiento y Evaluación provee información válida y confiable que apoye el análisis de las políticas en materia de desarrollo e inclusión social y la mejora continua de los programas, en coordinación con otros órganos y unidades orgánicas del MIDIS;

Que, en el marco de las indicadas funciones, conforme a los documentos de Vistos, la Dirección General de Seguimiento y Evaluación propone la aprobación del Portal Web Evidencia MIDIS, con el objeto de difundir la información, resultados y actividades que implementa el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para la generación de evidencia sobre su accionar y logros alcanzados, a fin de documentar la transparencia y rendición de cuentas;

Que, en atención a lo expuesto y conforme a la propuesta de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación, resulta pertinente aprobar el Portal Web Evidencia MIDIS;

Con el visto bueno del Viceministro de Políticas y Evaluación Social, el Director General de Seguimiento y Evaluación, y el Director de Evaluación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación Aprobar el "Portal Web Evidencia MIDIS", sitio web que tiene como objetivo difundir el conocimiento generado por la Dirección General de Seguimiento y Evaluación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a través de las evaluaciones, el seguimiento y el diseño de innovaciones sociales.

Artículo 2.- Administración El Portal Web Evidencia MIDIS es administrado por la Dirección General de Seguimiento y Evaluación, siendo responsable de recolectar, almacenar, gestionar, preservar y difundir la información contenida en el indicado repositorio, en coordinación con la Oficina General de Comunicación Estratégica y la Oficina de Tecnologías de la Información del Ministerio.

Artículo 3.- Ámbito de aplicación La presente Resolución Ministerial es de aplicación en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, que incluye los órganos y unidades orgánicas de la Sede Central así como sus programas nacionales, los cuales remiten a la Dirección General de Seguimiento y Evaluación la información requerida para el correcto funcionamiento del Portal Web Evidencia MIDIS.

Asimismo, es de aplicación para las entidades del Sector Público que voluntariamente deseen remitir su información al Portal Web Evidencia MIDIS, las cuales deban enviar la información bajo los estándares definidos y acordados con el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

Artículo 4.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución se financia con cargo al presupuesto institucional respectivo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 5.- Confidencialidad La información contenida en el Portal Web Evidencia MIDIS se gestiona conforme a las disposiciones contenidas en la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2013-JUS.

Artículo 6.- Notificación Notificar la presente resolución a los Despachos Viceministeriales de Políticas y Evaluación Social y de Prestaciones Sociales, a la Secretaría General, al Gabinete de Asesores, a las Direcciones Ejecutivas de los Programas Sociales, y a los órganos y unidades orgánicas de la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

Artículo 7.- Difusión Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

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