8/22/2018

Definen Como Entidad Pública Tipo B Ministerio RM 1077-2018 DE/SG Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Definen como Entidad Pública Tipo B del Ministerio de Defensa, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI RM 1077-2018 DE/SG Lima, 20 de agosto de 2018 VISTOS: El Oficio Nº 1723-2018- INDECI/1.0, emitido por el Instituto Nacional de Defensa Civil; el Informe Nº 125-2018-DGRRHH/DIPEC, de la Dirección de Personal Civil de la Dirección General de Recursos
Poder Ejecutivo, Defensa
Definen como Entidad Pública Tipo B del Ministerio de Defensa, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI
RM 1077-2018 DE/SG
Lima, 20 de agosto de 2018
VISTOS:

El Oficio Nº 1723-2018- INDECI/1.0, emitido por el Instituto Nacional de Defensa Civil; el Informe Nº 125-2018-DGRRHH/DIPEC, de la Dirección de Personal Civil de la Dirección General de Recursos Humanos; el Oficio Nº 930-2018-MINDEF/VRD/DGPP/D/03, emitido por la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas;

Que, el literal a) del Artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que solo para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se considera como Entidad Pública Tipo B a aquellos órganos desconcentrados, proyectos, programas o unidades ejecutoras conforme a la Ley Nº 28411 de una Entidad Pública Tipo A que, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente, cumplan con los siguientes criterios: i) tenga competencia para contratar, sancionar y despedir; ii) cuente con una oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, un titular, entendiéndose como la máxima autoridad administrativa y/o una alta dirección o la que haga sus veces; y, iii) cuente con resolución del titular de la entidad pública a la que pertenece definiéndola como Entidad Pública Tipo B;


Que, adicionalmente, el último párrafo de dicha disposición señala expresamente que la definición antes detallada se aplica exclusivamente para el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y no tiene implicancias para aspectos de estructura y organización del Estado ni para otros sistemas administrativos o funcionales;


Que, la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres- SINAGERD, crea el Instituto Nacional de Defensa Civil- INDECI, como un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito en la actualidad al Ministerio de Defensa;

Que mediante Oficio Nº 1723-2018-INDECI/1.0, la Jefatura del Instituto Nacional de Defensa Civil- INDECI, solicita que se gestione la viabilidad de la emisión de una Resolución que la defina de manera expresa como Entidad Pública Tipo B del Ministerio de Defensa, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

Que, con Oficio Nº 9930-2018-MINDEF/VRD/ DGPP/D/03, emitido por la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, se remite el Informe Nº 070-2018-MINDEF/VRD/DGPP/D/03, formulado por la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización, en el cual se considera viable definir como Entidad Pública Tipo B al INDECI, al cumplir con los criterios establecidos en las disposiciones de la Ley del Servicio Civil y su Reglamento General;

Que, asimismo, mediante el Informe Nº 125-2018-DGRRHH/DIPEC, la Dirección de Personal Civil de la Dirección General de Recursos Humanos emite opinión favorable respecto a la definición del INDECI
como Entidad Pública Tipo B, en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto Supremo Nº 006-9 NORMAS LEGALES
Miércoles 22 de agosto de 2018
El Peruano / 2016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, que aprueba su Reglamento General;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Definir como Entidad Pública Tipo B del Ministerio de Defensa, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, al Instituto Nacional de Defensa Civil- INDECI, por las consideraciones señaladas en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa la remisión de una copia fedateada de la presente Resolución Ministerial a la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR y al Instituto Nacional de Defensa Civil- INDECI, para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ HUERTA TORRES
Ministro de Defensa

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 1077-2018 DE/SG Definen como Entidad Pública Tipo B del Ministerio de Defensa, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 1077-2018 DE/SG
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-08-22
  • Fecha de aplicacion : 2018-08-23

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