8/01/2018
Disposiciones Reglamentarias Transferencia DS 079-2018-PCM PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Decreto Supremo que aprueba disposiciones reglamentarias sobre la transferencia del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC) del Gobierno Regional de Ica a la Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica DS 079-2018-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley Nº 29768, Ley de Mancomunidad Regional, modificada por la Ley Nº 30804, señala que la mancomunidad regional es
Decreto Supremo que aprueba disposiciones reglamentarias sobre la transferencia del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC) del Gobierno Regional de Ica a la Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica
DS 079-2018-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2 de la Ley Nº 29768, Ley de Mancomunidad Regional, modificada por la Ley Nº 30804, señala que la mancomunidad regional es el acuerdo voluntario de dos o más gobiernos regionales que se unen para la articulación de políticas públicas nacionales, sectoriales, regionales y locales, formulación y ejecución de planes, programas y proyectos de inversión interdepartamental, para garantizar la prestación conjunta de servicios y bienes públicos con enfoque de gestión descentralizada, que promuevan la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización; y, en su artículo 3, establece que la mancomunidad regional es una persona jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal;
Que, el numeral 1 del artículo 6 de la citada Ley establece que la voluntad de constituir una mancomunidad regional es expresada en la ordenanza regional de cada gobierno regional interviniente y debe ser aprobada en sesión ordinaria por el consejo regional respectivo.
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Asimismo, el numeral 2 del referido artículo 6 precisa que la publicación del acta de creación de la mancomunidad regional suscrita por los gobernadores de los gobiernos regionales integrantes es el acto constitutivo que otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad regional. El acta de la mancomunidad regional es publicada en el diario oficial El Peruano y difundida en los medios de comunicación masiva de las jurisdicciones que la conforman. La Presidencia del Consejo de Ministros lleva un registro de las mancomunidades creadas;
Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 005-2017-PCM/SD se dispuso la inscripción de la "Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica" - "MANRHI" en el Registro de Mancomunidades Regionales, integrada por los gobiernos regionales de Huancavelica e Ica;
MAS NORMAS LEGALES: Convocan Juez Superior Designado Corte RE 0999-2018-JNE JNE
Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, se aprobó el "Cronograma de Transferencia para el año 2003, a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, y Proyectos de Inversión en Infraestructura Productiva de alcance Regional", el que incluye la transferencia del Proyecto Especial Tambo - Ccaracocha, a cargo del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 021- 2003-VIVIENDA establece que se considera efectuada la transferencia del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha, del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE al Gobierno Regional Ica, dispuesta por el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, en el marco del procedimiento establecido por el Consejo Nacional de Descentralización;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 0012- 2017-GORE-ICA, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Ica, estableciendo en sus artículos 147 y 148 que el Proyecto
Especial Tambo Ccaracocha (PETACC) está constituido en el ámbito de competencia del Gobierno Regional de Ica y se encuentra adscrito a la Gerencia General Regional con la finalidad de contribuir al desarrollo integral en el ámbito de su jurisdicción, a través de diferentes actividades orientadas al aprovechamiento integral del recurso hídrico, con fines de generación de energía y de riego, garantizando estándares de eficiencia, eficacia y rentabilidad, dentro de un marco permanente de adaptación tecnológica;
Que, la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, aprobó la transferencia del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC), del Gobierno Regional de Ica a la Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica "MANRHI", que comprende la transferencia del acervo documentario, activos, personal y recursos;
Que, asimismo, se establece que mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros se emitirán disposiciones reglamentarias para la implementación de lo establecido en la referida disposición;
Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar las disposiciones reglamentarias que permitan contribuyan al adecuado proceso de transferencia del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC) a la Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica;
De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29768, Ley de Mancomunidad Regional, modificada por la Ley Nº 30804; y, la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación de disposiciones reglamentarias para la transferencia del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC) del Gobierno Regional de Ica a la Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica Apruébense las disposiciones reglamentarias para la transferencia del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC) del Gobierno Regional de Ica a la Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica, que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación del presente Decreto Supremo y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe).
Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de julio del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
ANEXO
DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS
PARA LA TRANSFERENCIA DEL PROYECTO
ESPECIAL TAMBO CCARACOCHA (PETACC)
DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA
A LA MANCOMUNIDAD REGIONAL
HUANCAVELICA - ICA
Artículo 1.- Funcionamiento del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC)
1.1 El Comité Ejecutivo de la Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica es el órgano máximo, encargado de establecer las políticas, planes, actividades, metas y estrategias del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC).
1.2 La Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica, en un plazo máximo de 30 días calendario de culminado el proceso de transferencia al que se hace referencia en el artículo 3, modificará su Estatuto para incorporar el Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC) dentro de su ámbito.
1.3 El Gobierno Regional de Ica modificará su Reglamento de Organización y Funciones y demás instrumentos de gestión que correspondan, en un plazo máximo de 30 días calendario de culminado el proceso de transferencia al que se hace referencia en el artículo 3, como efecto de la transferencia del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC).
1.4. El Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC), en un plazo máximo de 30 días calendario de culminado el proceso de transferencia al que se hace referencia en el artículo 3, adecuará sus instrumentos de gestión, en el marco de la gestión de la Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica.
Artículo 2.- Régimen de personal El Régimen del personal del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC) se mantendrá vigente en la Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica.
Artículo 3.- Conformación de Comisión de transferencia 3.1 Dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la vigencia de la presente norma, se constituye la Comisión encargada del proceso de transferencia del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC).
3.2 La Comisión está integrada por dos (2)
representantes del Gobierno Regional de Ica, dos (2) representantes de la Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica y dos (02) representantes del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC). La Presidencia de la Comisión la ejerce uno de los representantes de la Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica. Los representantes son designados por el titular de cada entidad.
3.3 Los representantes de la comisión son los responsables de programar, implementar y dar seguimiento al proceso de transferencia del PETACC que comprende el acervo documentario, activos, personal y recursos. Las conclusiones y acuerdos de la comisión son recogidos en actas.
3.4 El proceso de transferencia culmina en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles contabilizados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto supremo.
El Gobierno Regional de Ica y la Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica, deben adoptar las acciones que correspondan para la formalización del acto de entrega y recepción del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC) que comprende el acervo documentario, activos, personal y recursos.
3.5 Al término del plazo de su vigencia, la Comisión de transferencia debe entregar su informe final, detallando las acciones desarrolladas durante el proceso de transferencia, al titular de la Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica, con copia a la Secretaría de Descentralización y a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Artículo 4.- Orientación Para la implementación del proceso de transferencia, la Secretaría de Descentralización y la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros brindarán la orientación que corresponda, sin perjuicio de la participación de otras entidades en el marco de su respectiva competencia.
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 079-2018-PCM que aprueba disposiciones reglamentarias sobre la transferencia del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC) del Gobierno Regional de Ica a la Mancomunidad Regional Huancavelica - Ica
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 079-2018-PCM
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-08-01
- Fecha de aplicacion : 2018-08-02
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