8/22/2018

Guía Metodológica Elaboración Plan Estratégico RM 288-2018-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban Guía Metodológica para la elaboración del Plan Estratégico Regional de Turismo - PERTUR RM 288-2018-MINCETUR Lima, 16 de agosto de 2018 Visto, el Memorándum Nº 517-2018-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo, el Informe Nº 018-2018-MINCETUR/VMT/DGET/DPDT-VAY-JGS de la Dirección de Productos y Destinos Turísticos; el Informe Nº 002-2017-COMISIONPENTUR/ST de la Comisión Multisectorial Permanente PENTUR;
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Aprueban Guía Metodológica para la elaboración del Plan Estratégico Regional de Turismo - PERTUR
RM 288-2018-MINCETUR
Lima, 16 de agosto de 2018
Visto, el Memorándum Nº 517-2018-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo, el Informe Nº 018-2018-MINCETUR/VMT/DGET/DPDT-VAY-JGS de la Dirección de Productos y Destinos Turísticos; el Informe Nº 002-2017-COMISIONPENTUR/ST de la Comisión Multisectorial Permanente PENTUR; y, el Informe Nº 622-2017-MINCETUR/SG/OGPPD/OR de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR;

CONSIDERANDO:



Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que es función general de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;

Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (en adelante, MINCETUR), establece que el MINCETUR define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la política de comercio exterior y de turismo, y en materia de turismo promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía.


Que, la Ley Nº 29408 - Ley General de Turismo, tiene como objeto promover, incentivar y regular el desarrollo sostenible de la actividad turística, siendo de aplicación obligatoria a los tres (3) niveles de gobierno: Nacional, Regional y Local, en coordinación y articulación con los actores vinculados al sector;

Que, el artículo 11 de la citada Ley, establece que el MINCETUR como ente rector aprueba y actualiza el Plan Estratégico Nacional de Turismo (en adelante, PENTUR), dentro de las políticas de Estado, como instrumento de planeamiento y gestión del sector turismo de largo plazo en el ámbito nacional.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2013-MINCETUR, se crea y establece la conformación de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente, adscrita al MINCETUR; con el objeto de elaborar, actualizar y modificar el Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR, así como realizar su seguimiento y evaluación;


Que, mediante Resolución Ministerial Nº 231-2016-MINCETUR se aprobó la actualización del PENTUR 2025, el cual reconoce los lineamientos y estrategias a seguir para el desarrollo de la actividad turística nacional;

Que, el PENTUR 2025 se estructura en la base de cuatro (4) pilares, i) Diversificación y consolidación de mercados, ii) Diversificación y consolidación de la oferta, iii) Facilitación turística y iv) Institucionalidad del sector;
dichos pilares se encuentran organizados en diecinueve (19) componentes, setenta y cinco (75) líneas de acciones a ser implementadas en los próximos años; Asimismo, la implementación del PENTUR 2025, será posible a partir de que todos los actores vinculados al turismo se comprometan a formular los Planes Regionales de Turismo - PENTUR, permitiendo desarrollar acciones específicas de acuerdo a la naturaleza y características del destino y su entorno;

Que, en ese contexto, la Viceministra de Turismo, a través de la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial Permanente PENTUR, ha propuesto la Guía Metodológica para la elaboración del Plan Estratégico Regional de Turismo - PERTUR;

Que, en ese sentido, conforme a los documentos del Visto, se considera necesario aprobar la Guía Metodológica para la elaboración del Plan Estratégico Regional de Turismo - PERTUR, documento que desarrolla las pautas y lineamientos que los Gobiernos Regionales deben cumplir para formular los PERTUR
respectivos, los cuales se desarrollarán en el marco de lo establecido en el PENTUR;

De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley Nº 29408 - Ley General de Turismo y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR, Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR y modificatorias;
y, el Decreto Supremo Nº 011-2013-MINCETUR que crea la Comisión Multisectorial Permanente encargada de elaborar, actualizar, modificar, realizar el seguimiento y evaluación del PENTUR;

SE RESUELVE:



Artículo Primero.- Aprobar la Guía Metodológica para la elaboración del Plan Estratégico Regional de Turismo - PERTUR, la cual como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Articulo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente norma.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROGERS VALENCIA ESPINOZA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 288-2018-MINCETUR Aprueban Guía Metodológica para la elaboración del Plan Estratégico Regional de Turismo - PERTUR
  • Tipo de norma : RESOLUCION MINISTERIAL
  • Numero : 288-2018-MINCETUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-08-22
  • Fecha de aplicacion : 2018-08-23

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