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Modificación Concesión Definitiva Desarrollar RM 280-2018-MEM/DM Energia y Minas
8/03/2018
Modificación Concesión Definitiva Desarrollar RM 280-2018-MEM/DM Energia y Minas
Poder Ejecutivo, Energia y Minas Aprueban la modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Tulumayo V y la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 471-2015, solicitada por EGEJUNIN TULUMAYO S.A.C. RM 280-2018-MEM/DM Lima, 23 de julio de 2018 VISTOS: El Expediente Nº 1 1360015 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica
Aprueban la modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Tulumayo V y la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 471-2015, solicitada por EGEJUNIN TULUMAYO S.A.C.
RM 280-2018-MEM/DM
Lima, 23 de julio de 2018
VISTOS: El Expediente Nº 1 1360015 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Tulumayo V, cuyo titular es EGEJUNÍN TULUMAYO-V S.A.C.; la solicitud de primera modificación de dicha concesión y aprobación de la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 471-2015 (en adelante, el CONTRATO); la Resolución Ministerial Nº 279-2018-MEM/DM, los Informes Nº 081-2018-MEM/DGE-DCE y Nº 131-2018-MEM/DGE-DCE elaborados por la Dirección General de Electricidad; y, el Informe Nº 575-2018-MEM/OGJ
elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 037-2015-EM, publicada el 19 de julio de 2015, se otorga a favor de EGEJUNÍN TULUMAYO-V S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Tulumayo V con una potencia instalada de 83,2 MW, aprobándose el CONTRATO, en el cual se adjunta el Calendario de Ejecución de Obras, el mismo que señala que la ejecución de obras se iniciaría el 1 de julio de 2016 y la Puesta en Operación Comercial (POC) será a más tardar el 15 de setiembre de 2021;
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Que, mediante Carta TU5 008-2017 con Registro Nº 2694487, de fecha 4 de abril de 2017, complementado con los documentos con Registros Nº 2759321, Nº 2779050, Nº 2787573 y Nº 2790064, de fecha 10 de noviembre de 2017, 18 de enero, 14 y 26 de febrero de 2018, respectivamente, EGEJUNÍN TULUMAYO-V
S.A.C., invocando razones de fuerza mayor, solicita la primera modificación de la concesión definitiva de generación de energía eléctrica del proyecto Central Hidroeléctrica Tulumayo V, a fin de modificar las fechas de las actividades del Calendario de Ejecución de Obras y de esta manera prorrogar la POC hasta el 29 de octubre de 2022;
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Que, la modificación de concesión definitiva es un procedimiento administrativo de evaluación previa indicado en el Código CE03A del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Energía y Minas;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 279-2018-MEM/DM, se calificó como fuerza mayor el evento invocado por EGEJUNÍN TULUMAYO-V S.A.C. mediante Carta TU5 008-2017 con Registro Nº 2694487, referido a la demora por parte del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR para otorgar la autorización de desbosque para la ejecución de obras del proyecto Central Hidroeléctrica Tulumayo V;
Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, según los Informes de Vistos, considera que existió una demora equivalente a doscientos setenta y nueve (279) días hábiles a cargo del SERFOR para emitir un pronunciamiento sobre la solicitud de autorización de desbosque presentada por EGEJUNÍN TULUMAYO-V S.A.C., por lo que se considera que corresponde prorrogar los hitos del Calendario de Ejecución de Obras de la Central Hidroeléctrica Tulumayo
V por un período equivalente a dicha demora, y de esta manera establecer que la POC se efectuará a más tardar el 29 de octubre del 2022;
Que, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, según los Informes de Vistos, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan aprobar la Primera Modificación al CONTRATO en los términos y condiciones que se describen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del citado Reglamento;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, y la Resolución Ministerial Nº 184-2018-MEM/DM, que establece la dependencia funcional de los órganos del Ministerio de Energía y Minas, así como el nivel de coordinación con los órganos dependientes, en tanto se apruebe el nuevo Reglamento de Organización y Funciones y su estructura organizacional;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Tulumayo V y la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 471-2015, solicitada por EGEJUNÍN TULUMAYO-V S.A.C., en lo referido a la modificación de la Cláusula Séptima y el Anexo Nº 4, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad o quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, la Minuta de la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 471-2015, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente.
Artículo 3.- Incorporar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 471-2015 en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de EGEJUNÍN TULUMAYO-V
S.A.C., de conformidad con el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 280-2018-MEM/DM Aprueban la modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Tulumayo V y la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 471-2015, solicitada por EGEJUNIN TULUMAYO S.A.C.
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 280-2018-MEM/DM
- Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-08-03
- Fecha de aplicacion : 2018-08-04
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